Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/8/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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2º, por un importe de $ 65.400,00, en virtud de lo expresado.Encuadrando la presente gestión en el Decreto Nº 4255/10 MS, artículos 8º, 11º y 12º y Resolución Nº 4349/10 MS, inciso 2º.Aprobando a tramitar el gasto por la cuenta de Arancelamiento Nº 90282/3 del Nuevo Banco de Entre Ríos.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a confeccionar las órdenes de pago con el Fondo Compensatorio Arancelamiento Nivel Central y en caso de no contar con los mismos, solicitar ante la Tesorería General de la Provincia, según Decreto Nº 4255/10 MS, artículo 8º, correspondiendo Nivel Central de este Ministerio de Salud, atento a lo dispuesto por la presente resolución.
RESOLUCIÓN Nº 529 MS
Paraná, 29 de diciembre de 2015
Autorizando el pago de la Coparticipación por Arancelamiento correspondiente al mes de diciembre de 2015, al personal que revista en el Escalafón General y Enfermería de los Hospitales de Menor Nivel de la Provincia, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Nº 4255/10 MS, artículo 12º y Resolución Nº 4349/10 MS, inciso 2º, por un importe de $
293.700,00, en virtud de lo expresado.Encuadrando la presente gestión en el Decreto Nº 4255/10 MS, artículos 8º, 11º y 12º y Resolución Nº 4349/10 MS, inciso 2º.Aprobando a tramitar el gasto por la cuenta de Arancelamiento Nº 90282/3 del Nuevo Banco de Entre Ríos.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a confeccionar las órdenes de pago con el Fondo Compensatorio Arancelamiento Nivel Central y en caso de no contar con los mismos, solicitar ante la Tesorería General de la Provincia, según Decreto Nº 4255/10 MS, artículo 8º, correspondiendo a los Hospitales de Menor Nivel de la Provincia, atento a lo dispuesto por la presente resolución.ANEXO
Efector Monto Departamento Colón Hospital San Benjamín, Colón, $ 9.300,00
Hospital San José, San José, $ 3.600,00
Hospital San Roque María Aguer de Francou, $ 3.100,00
Hospital Chacabuco, Arroyo Barú, $
1.900,00
Departamento Concordia Hospital Materno Infantil Dr. Ramón Carrillo, $ 8.000,00
Departamento Diamante Hospital San José, Diamante 1, $
9.300,00
Hospital Nuestra Señora del Luján, Ramírez, $ 3.900,00
Hospital Fidanza, Colonia Ensayo, $
14.700,00
Departamento Federación Hospital Santa Rosa, Chajarí, $ 16.400,00
Hospital San José, Federación, $ 6.800,00
Hospital San Vicente, San Jaime de la Frontera, $ 2.200,00
Departamento Feliciano Hospital Francisco Ramírez, Feliciano, $
14.400,00
Departamento Gualeguay Hospital Perú, Galarza, $ 4.100,00
Departamento Gualeguaychú Hospital Manuel Belgrano, Urdinarrain, $
5.000,00
Hospital Santa María, Gilbert, $ 1.400,00
Hospital San Isidro Labrador, Larroque, $
3.400,00
Hospital Gemes, Parera, $ 1.100,00
Departamento La Paz Hospital Gregoria Pérez, San Gustavo, $
4.300,00
Hospital 9 de Julio, La Paz 1, $ 11.200,00
Hospital San Miguel, Bovril, $ 4.400,00
H o spit al San ta Elen a, San ta Elena, $
6.300,00
Centro de Atención Pediátrica, Santa Elena, $ 3.400,00
Hospital Ecuador, Alcaraz, $ 2.700,00

BOLETIN OFICIAL
Departamento Nogoyá Hospital Santa Rosa, Lucas González, $
3.700,00
Hospital San Blas, Nogoyá, $ 9.300,00
Departamento Paraná Hospital Pascual Palma, Paraná, $
6.900,00
Hospital Francisco Castaldo, María Grande, $ 4.400,00
Hospital San Francisco de Asís, Crespo, $
5.000,00
Hospital Vecinal San Martín, Hernandarias, $ 3.700,00
Hospital Dr. Castilla Mira, Viale, $ 3.300,00
Hospital Dr. José María Miranda, Cerrito, $
4.200,00
Hospital Libertador General San Mastín, Brugo, $ 2.200,00
Hospital Lister, Seguí, $ 2.500,00
H os pit al Bragu e Villar, H ase nka mp, $
4.100,00
Hospital Dr. Gerardo Domagk, Paraná 2, $ 6.600,00
Departamento Tala Hospital San Roque, Tala, $ 7.300,00
Hospital Falucho, Maciá, $ 2.000,00
Hospital Nuestra Señora del Carmen, Mansilla, $ 1.900,00
Departamento Uruguay Hospital Sagrado Corazón de Jesús, Basso, $ 8.200,00
Hospital Coronel Pringles, Las Moscas, $
1.200,00
Hospital Reverendo Padre Becher, Santa Anita, $ 1.500,00
Hospital Presbítero Zaninetti, Villa Mantero, $ 1.000,00
Departamento Victoria Hospital Domingo Cuneo, Victoria, $
8.400,00
Hospital Dr. Fermín Salaberry, Victoria CS
Fleming, Carlos Vivanco, Manassero JM, Laguna del Pescado, Stiney Rees, $ 15.200,00
Departamento Villaguay Hogar de Ancianos, Villaguay, $ 3.400,00
Hospital Noé Yarcho, Villa Domínguez, $
1.900,00
Hospital Gerardo San Martín, Villa Clara, $
2.000,00
Departamento Federal Hospital Justo José de Urquiza, Federal, $
18.500,00
Hospital Crispín Velázquez de Sauce de Luna, $ 3.500,00
Departamento Islas del Ibicuy Hospital Paranacito, Villa Paranacito, $
4.000,00
Hospital Behring, Ibicuy incluye CS Mazaruca y Rosa Mística, $ 6.300,00
Hospital Eva Duarte, Ceibas incluye CS
Román Hornos, $ 3.000,00
Departamento San Salvador H os pit al San M iguel, San Salvador, $
5.700,00
Hospital General Campos, Gral. Campos, $
1.900,00
Total, 293.700,00
RESOLUCIÓN Nº 530 MS
RECTIFICANDO ARTÍCULOS DE
RESOLUCIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2015
VISTO:
La Resolución Nº 2470 MS, de fecha 31.07.15; y CONSIDERANDO:
Que en el artículo 1º del mencionado texto legal, se habilitó en forma definitiva el ESCIT
Servicio de Traslados Terrestres Programados, denominado Vittal, ubicado en calle Gualeguaychú Nº 850 de la Ciudad de Paraná, propiedad de TACSA, CUIT Nº 30-65568879-6, que funciona bajo la dirección médica del Dr.
Luís Angel Beber MP Nº 6033, DNI Nº 11.838.477, con especialidad reconocida en Medicina Legal y siendo su apoderada legal, la Sra. Daniela Carla Tomé, 21.529.053; cuando debió habilitárselo como Servicio de Emergencia y Urgencias Médicas;
Que en la citada norma legal, se habilitó el
Paraná, viernes 4 de agosto de 2017
móvil para el Subsistema de Servicio de Emergencias y Urgencias Médicas como de baja complejidad adultos, marca Peugeot, modelo Boxer 350 MH 2.3 HDI Confort, año 2013, dominio NKX
645, chasis Nº 936ZCXMNBE2116200, motor Nº 7178239, perteneciente al ESCIT; sin embargo con posterioridad se adjuntó documental requerida para ser habilitado como de alta complejidad, debiendo en consecuencia rectificarse también por este ítem el texto normativo;
Que con posterioridad se agregó documentación y como consecuencia de ello, han tomado intervención las distintas áreas, quienes prestan conformidad a la aprobación del servicio de emergencia solicitado y de la forma interesada;
Que en este orden de ideas a fs. 480 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos que aconseja el dictado de la presente;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º.- Rectificar el artículo primero el que quedará redactado de la siguiente manera:
Habilitar en forma definitiva el ESCIT, Servicio de Emergencias y Urgencias Médicas, denominado Vittal, ubicado en calle Gualeguaychú Nº 850 de la Ciudad de Paraná, propiedad de TACSA, CUIT Nº 30-65568879-6, bajo la dirección médica del Dr. Luís Angel Beber, MP Nº 6033, DNI Nº 1.838.477, con especialidad reconocida en Medicina Legal y siendo su apoderada legal, la Sra. Daniela Carla Tomé, 21.529.053.Art. 2º.- Rectificar el artículo segundo, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Habilitar hasta el 31.12.18, el móvil para el subsistema de Servicio de Emergencias y Urgencias Médicas de alta complejidad adultos, marca Peugeot, modelo Boxer 350 MH 2.3 HDI
Confort, año 2013, dominio NKX 645, chasis Nº 936ZCXMNBE2116200, motor Nº 7178239, perteneciente al ESCIT, Servicio de Emergencias y Urgencias Médicas, denominado Vittal, ubicado en calle Gualeguaychú Nº 850
de la Ciudad de Paraná, propiedad de TACSA, CUIT Nº 30-65568879-6, que funciona bajo la dirección médica del Dr. Luís Angel Beber, MP
Nº 6033, DNI Nº 1.838.477, con especialidad reconocida en Medicina Legal debiendo el director médico del establecimiento, con treinta 30 días de anticipación al vencimiento del período de habilitación otorgado, solicitar prórroga de habilitación ante este Ministerio de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 917/07 MSAS y conforme a lo informado por la Dirección de Atención Médica y a lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, ambos de este Ministerio de Salud.Art. 3º.- Comunicar, publicar y archivar.Ariel L. de la Rosa
RESOLUCIÓN Nº 531 MS
RECTIFICANDO ARTÍCULOS DE
RESOLUCIÓN
Paraná, 29 de diciembre de 2015
VISTO:
La Resolución Nº 230 MS, de fecha 28.12.15; y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º del mencionado texto legal se otorgó un subsidio por la suma de Pesos veinte mil doscientos ochenta y uno $
20.281,00, a favor del Sr. Daniel Alberto Castelo, DNI Nº 11.400.706, destinado a solventar gastos por la compra de insumos para cirugía;
Que asimismo por el artículo 3º se imputó la suma de Pesos veinte mil doscientos ochenta y uno $ 20.281,00, a la partida correspondiente, y por el artículo 4º se autorizó a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital San José de Federación por el mismo importe;
Que corresponde rectificar los artículos 1º, 3º y 4º de la Resolución Nº 230 MS de fecha 28.12.15, en lo que respecta al importe del subsidio siendo lo correcto, pesos veinte mil

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/8/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date04/08/2017

Page count24

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

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