Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/7/2017

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 19 de julio de 2017
nuantes: a la encartado carece de antecedentes disciplinarios previos; b el buen concepto laboral del que goza la señora González por parte de su superior directo, y c la sumariada no ha incurrido en inasistencias injustificadas con posterioridad a las aquí denunciadas;
Que, por lo expuesto y teniendo en cuenta el cuadro fáctico descripto, conforme el principio de razonabilidad que rige la graduación de las sanciones, a tenor de la falta cometida y los atenuantes descriptos, la Comisión Asesora de Disciplina aconseja la aplicación de una medida disciplinaria correctivo equivalente a treinta 30 días de suspensión sin goce de haberes, a los fines de encauzar la conducta incumplidora de la inculpada, reproche que puede significar no solo un castigo acorde al caso, sino también un camino de aprendizaje y reflexión que le evite perder su fuente de trabajo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase y dase por finalizado el sumario administrativo dispuesto instruir mediante Decreto Nº 431/15 MDS, a la agente Alicia Gabriela González, M.l. Nº 23.210.476, Legajo Nº 161.084, de la planta de personal permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, con prestación de servicios en el Comedor Escolar de la Escuela Nº 34 Martín M. de Gemes del Departamento Federación, conforme lo expresado en los considerandos del presente texto.
Art. 2º Aplícase la sanción de treinta 30
días de suspensión sin goce de haberes a la ag ent e Alic ia Ga brie la González, M.I. Nº 23.210.476, Legajo Nº 161.084, quien presta servicios en el Comedor Escolar de la Escuela Nº 34 Martín M. de Gemes del Departamento Federación, dependiente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, en virtud haber incurrido en treinta y cinco 35
inasistencias injustificadas sin aviso a su lugar de trabajo durante el año 2014, conforme el siguiente desglose: 31 de marzo; 1, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29
y 30 de abril; 5, 6, 7, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22 y 23 de mayo, según lo dictaminado por la Comisión Asesora de Disciplina, quedando así su conducta tipificada en el inciso a del artículo 71º de la Ley Nº 9.755, modificada por Ley Nº 9.811, de acuerdo con lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia del presente notifíquese a la agente por el Área Personal de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social.
GUSTAVO E. BORDET
M. Laura Stratta
DECRETO Nº 4325 MDS
APROBANDO ADENDAS
Paraná, 29 de diciembre de 2016
VISTO:
La presente gestión iniciada por el Ministerio de Desarrollo Social, y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas se interesa la aprobación de la adendas a los contratos de locación de obra, celebradas oportunamente entre la señora Ministro de Desarrollo Social y las personas detalladas en el anexo que forma parte integrante del presente;
Que por lo antes expuesto en las actuaciones obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, habiendo emitido informe presupuestario la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción, adjunta volante de reserva a fojas 206, con la debida intervención de la señora contadora de la Contaduría General de la Provincia;
Que la gestión encuadra en las disposiciones de la Directiva Nº 7/SGG, de fecha 26.8.16, como así en el Decreto Nº 2.115/16 GOB;
Que en virtud de ello el titular de este poder Ejecutivo, estima procedente acceder a lo tramitado;

BOLETIN OFICIAL
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébanse las adendas, que adjuntas forman parte integrante del presente, suscriptas oportunamente entre la señora Ministro Secretaria de Estado de Desarrollo Social, Lic. María Laura Stratta y las personas detalladas en el Anexo I, de conformidad con lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuádrase la gestión en las disposiciones de la Directiva Nº 7/SGG, de fecha 26.8.16, como así en el Decreto Nº 2.115/16
GOB.
Art. 3º Impútese el egreso con cargó a los siguientes créditos del presupuesto vigente:
DA 959- Carácter 1- Jurisdicción 40- Subjurisdicción 00 Entidad 0000- Programa 01- Subprograma 00- Proyecto 00- Actividad 01 Obra 00- Finalidad 1- Función 31- Fuente de Financiamiento 11- Subfuente de Financiamiento 0001- Inciso 3- Partida Principal 4- Partida Parcial 9- Partida Subparcial 0000- Departamento 84- Ubicación Geográfica 07 Art. 4º Autorízase a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a hacer efectivos los montos que correspondan a favor de las personas detallados en el Anexo I del presente, previa reubicación, en los casos que corresponda, en la categoría tributaria correspondiente ante la ATER y la AFIP, presentación de facturas y constancias de trabajo pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 del presente.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y notifíquese a través del área Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social y cumplido archívese.
GUSTAVO E. BORDET
M. Laura Stratta
DECRETO Nº 4336 MDS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 29 de diciembre de 2016
VISTO:
La necesidad de regularizar los saldos de partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio económico financiero 2016 del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social IAFAS; y CONSIDERANDO:
Que de conformidad al artículo 16º de la Ley 10.403 - presupuesto 2016, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de modificar el presupuesto general de la Administración Provincial;
Que el incremento en la recaudación hace necesario realizar una adecuación de las partidas presupuestarias del ejercicio económico financiero vigente;
Que la Dirección General de Presupuesto ha tomado intervención de su competencia informando sobre la viabilidad de lo gestionado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial, Ejercicio 2016, de la Jurisdicción 40- Ministerio de Desarrollo Social, Unidad Ejecutora: Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social mediante ampliación de créditos, por la suma de pesos doscientos once millones doscientos setenta mil $
211.270.000, conforme se discrimina en las planillas analíticas del recurso y del gasto que, adjuntas, forman parte del presente.
Art. 2º Encuádrase la modificación establecida en el artículo anterior en las disposiciones del artículo 16º de la Ley Nº 10.403 presupuesto 2016.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publí-

3
quese, remítase copia a la Honorable Legislatura de la Provincia a sus efectos y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay M. Laura Stratta
DECRETO Nº 4391 MDS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 29 de diciembre de 2016
VISTO:
La situación referida a la planta de personal del Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que conforme lo plasmado en el marco de las paritarias con las asociaciones gremiales, se acordaron los lineamientos generales y las condiciones para la adecuación de la situación actual escalafonaria de agentes de la planta permanente del Escalafón General;
Que la adecuación de la situación de revista comprende tanto a los agentes que ya se encuentren en la planta de personal permanente del Escalafón General como el personal contratado con estabilidad reconocida, cuya situación de revista al 31 de diciembre de 2014 sea una categoría inferior de la que le corresponde, conforme los lineamientos acordados;
Que, en tal sentido, se han realizado los relevamientos pertinentes y se ha procedido a la determinación de los agentes que se encuentran alcanzados por las disposiciones indicadas precedentemente;
Que la nómina de agentes cuya situación de revista se verá adecuada se identifica en las planillas de anexo: punto 1 y punto 4, que integran el presente;
Que conforme lo acordado en el acta paritaria de fecha 15 de abril, la vigencia de las recategorizaciones será a partir del 1º de junio de 2015;
Que las Direcciones Generales Administrativo Contable, de Personal y de Presupuesto han tomado la intervención de sus respectivas competencias;
Que al tomar intervención la Dirección General de Presupuesto informa que la modificación presupuestaria propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 15º de la Ley Nº 10.403 de Presupuesto año 2016;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general ejercicio 2016 - Ley Nº 10.403, en lo que hace a la planta de cargos del personal permanente de la Jurisdicción 40- Ministerio de Desarrollo Social, conforme se discrimina en la planilla Anexo III que, adjunta, forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Dispónese la reubicación escalafonaria a partir del 1º de Junio de 2015, de los agentes cuya nómina se detalla en las planillas de anexo: Punto 1 y Punto 4, que integran el presente en los Tramos y Categorías qué para cada caso se indican.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Desarrollo Social; de Gobierno y Justicia, y de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
M. Laura Stratta Mauro G. Urribarri Hugo A. Ballay
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN Nº 96 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2015
Aprobando el cronograma de turnos de farmacias para el año 2016, correspondiente a las localidades del interior de Entre Ríos excepto Paraná, programados por el Departamento Integral del Medicamento, dependiente de la Dirección de Atención Médica, encuadrándose en el artículo 81º de la Ley 3818, modificada

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/7/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date19/07/2017

Page count28

Edition count4777

Première édition01/12/2003

Dernière édition28/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Julio 2017>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031