Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/10/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 4 de octubre de 2016
DECRETO Nº 1181 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 16 de mayo de 2016
VISTO:
El recurso previsto por el artículo 99 de la Ley 5654/75 interpuesto por el Sub Comisario de la Policía de Entre Ríos Carlos Daniel Pérez, MI N 18.009.285, L.P. Nº 21.003, contra la Resolución D.P. N 445/14 que establece el orden de mérito para el ascenso del personal superior de la fuerza; y CONSIDERANDO:
Que el acto administrativo atacado, Resolución D.P. N 445/14, de fecha 11 de marzo de 2014, que dispone el orden de mérito para el ascenso del personal de oficiales de la Policía de la Provincia de Entre Ríos, fue notificado al causante en fecha 14 de marzo de 2014 y teniendo en cuenta la fecha de interposición del recurso -15 de marzo de 2014-, corresponde tenerlo por presentado en tiempo y forma; y Que desde la Jefatura de Policía de la Provincia -División Administración del Personal-, se informa que no obra constancia que el causante haya presentado recurso contra el Decreto N 435/14 MGJ, por el cual se promueve jerárquicamente al personal superior de la Policía de Entre Ríos; y Que al respecto, la Fiscalía de Estado en D ict am en N º 0 023/16 remite al Dictamen 0745/11 en el que estableció el criterio que se aplica en estos casos; y Que evidentemente el recurso de revocatoria y el recurso previsto en los términos del artículo 99 de la Ley N 5654/75, son dos recursos distintos, reglamentados en cuerpos normativos diferentes y que la interposición de uno de ellos no está supeditada o condicionada a la interposición del otro; y Que sin embargo, esa diferente regulación normativa no desvirtúa el hecho de que ambos remedios representan el cuestionamiento en sede administrativa de un mismo procedimiento de selección, en el que existen etapas diferenciadas y/o sucesivas que tienen mecanismos especiales de impugnación. Si bien la finalidad pública es única para la Administración también lo es el objeto que persigue el interesado, para el cual lograr un mejor posicionamiento en el orden de mérito es el vehículo necesario para aspirar a lograr finalmente la promoción en el grado; y Que de tal modo, el recurso de apelación del artículo 99 de la Ley N 5654/75 se presenta apto para cuestionar la ubicación obtenida en base a las calificaciones otorgadas por los órganos evaluadores y de tal modo tener la expectativa de obtener, según la disponibilidad posterior de vacantes, la promoción en el grado superior; y Que por su parte, el recurso de revocatoria de la Ley N 7060, se torna imprescindible para impugnar el decreto que, como acto dictado por la autoridad de nombramiento, perfecciona el ascenso de los funcionarios, si es que el funcionario interesado, excluido del ascenso -por las razones que fuerenconsidera que dicha omisión resulta ilegitima; y Que entonces, se trata de recursos distintos, que protegen situaciones jurídicas subjetivas distintas y que se interponen en momentos del procedimiento distintos, pero resulta indiscutible que si se persigue en definitiva obtener la promoción en el grado superior se requiere del aspirante el cuestionamiento oportuno y eficaz tanto de la posición en el orden de merito sobre la cual decidirá el Poder Ejecutivo, como del decreto final, que no es una mera reproducción de aquel y por ende debe ser necesariamente atacado; y
BOLETIN OFICIAL
Que puede así concluirse en que, si bien los recursos son diversos, cada una de las decisiones administrativas tornadas para impulsar el procedimiento de selección impacto sobre la siguiente y por ello deben ser atacadas todas. A contrario sensu, la no impugnación de todos los actos dictados que se consideran i1egítirnos, frustra la pretensión de obtener su modificación, y/o revisión, tanto en sede administrativa como, según se vera en sede judicial; y Que en dicho contexto, no se advierte necesario ni útil que la Administración ingrese a tratar el recurso interpuesto -cuya finalidad es obtener una mejor calificación y consiguiente mejor ubicación en el orden de meritosi verifica que el interesado tiene luego una conducta jurídica de aquiescencia del acto administrativo definitivo -decreto del Poder Ejecutivoque cierra la promoción; y Que por lo expuesto, la decisión de desestimar el recurso de apelación del artículo 99
de la Ley N 5654/75 sin ingresar al tratamiento de la cuestión de fondo, en los casos en que el funcionario aspirante al ascenso no ha impugnado el decreto que lo consolida definitivamente, no colisiona con la letra ni el espíritu del ordenamiento jurídico, se encuentra suficientemente fundada en Jurisprudencia del Máximo Tribunal Local y eventualmente representa una eficaz defensa del Estado en juicio; y Que obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia como asimismo de la Fiscalía de Estado de la Provincia en el sentido expuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso contra la Resolución D.P. N 445/14 interpuesto en los términos del artículo 99 de la Ley 5654/75, por el Sub Comisario de la Policía de Entre Río Carlos Daniel Pérez, MI Nº 18.009.285, L.P. N
21.003, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la provincia y oportunamente archívense.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 1182 MGJ
Paraná, 16 de mayo de 2016
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Suboficial Mayor de Policía Dn. Raúl Antonio Siano, clase 1963, MI N
16.435.003, Legajo Personal N 20.835, Legajo Contable N 105.903, numerario de la Jefatura Departamental Paraná, conforme a lo establecido por los artículos 253º inciso 1 y 257º de la Ley 5654/75 reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación del Decreto N 5553/75 MHGJyE.
DECRETO Nº 1183 MGJ
Paraná, 16 de mayo de 2016
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Sargento Ayudante de Policía Dn. Ramón Eduardo Giménez, clase 1966. MI Nº 17.857.909, Legajo Personal N 20.012, Legajo Contable N 64.129, numerario de la Jefatura Departamental Federal.
Encuadrando en las previsiones establecidas por los artículos 253 inciso 1 y 257 de Ley 5654/75 reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación el Decreto N
5553/75 MHGJyE.

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DECRETO Nº 1184 MGJ
Paraná, 16 de mayo de 2016
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Sargento Ayudante de Policía Dn. Carlos Roberto Mendoza, clase 1965, MI N 17.329.927, Legajo Personal N 19.920, Legajo Contable N 63.359, numerario de la Jefatura Departamental Uruguay.
Encuadrando en las previsiones establecidas por los artículos 253 inciso 1 y 257 la Ley 5654/75 reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación del Decreto N
5553/75 MHGJyE.
DECRETO Nº 1185 MGJ
Paraná, 16 de mayo de 2016
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Sargento Ayudante de Policía Dn. Aníbal Rubén Gussalli, clase 1965, MI N 17.296.986, Legajo Personal N 19.802, Legajo de Contaduría N 62.570, numerario de la Jefatura Departamental Villaguay, sin perjuicio de la resultancia de las actuaciones administrativas en trámite.
Encuadrando en las previsiones establecidas en los artículos 253 Inc. 1, 257 y 297
de la Ley 5654/75 reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación del Decreto N 5553/75 MHGJyE.
DECRETO Nº 1186 MGJ
Paraná, 16 de mayo de 2016
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Sargento Primero de Policía Dn. Enrique Hugo Schreyer, clase 1955, MI N 11.687.401, Legajo Personal N 17.570, Legajo de Contaduría N 48.822, numerario de la Jefatura Departamental Paraná, sin perjuicio de la resultancia de las actuaciones administrativas en trámite.
Encuadrando en las previsiones establecidas en los artículos 253 Inc. 1, 257 y 297º de la Ley 5654/75 reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación del Decreto N 5553/75 MHGJyE.
DECRETO Nº 1187 MGJ
Paraná, 16 de mayo de 2016
Disponiendo el pase a retiro obligatorio con goce de haberes del Sargento Primero de Policía Dn. Rolando Esteban González, clase 1970, MI N 21.660.825, Legajo Personal N
22.960, Legajo de Contaduría N 125.763, numerario de la Jefatura Departamental Concordia, sin perjuicio de la resultancia de las actuaciones administrativas en trámite.
Encuadrando en las previsiones establecidas en los artículos 247, 248 Inc. d, 253
Inc. 2 apartado a, 258 Inc. 2 apartado b y 297 de la Ley 5654/75 reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación del Decreto N 5553/75 MHGJyE.
DECRETO Nº 1188 MGJ
Paraná, 16 de mayo de 2016
Disponiendo el pase, a retiro voluntario, con goce de haberes del Sargento Primero de Policía Dn. Angel Ricardo Retamoso, clase 1967, MI N 18.502.539, Legajo Personal N 20.833, Legajo de Contaduría N 105.901, numerario de la Jefatura Departamental Paraná; sin perjuicio de la resultancia de las actuaciones administrativas en trámite.
Encuadrando en las previsiones establecidas en los artículos 253º Inc. 1, 257º y 297
de la Ley 5654/75 reformada por la Ley 8707, concordante con la reglamentación del Decreto N 5553/75 MHGJyE.
DECRETO Nº 1217 MGJ
Paraná, 19 de mayo de 2016
Aprobando el contrato de locación de obra

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/10/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date04/10/2016

Page count22

Edition count4778

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/07/2024

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