Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/9/2016

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

12
citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el miemo, bajo apercibimiento de ley.
Art. 728. Inc. 2 CPCC y Art. 2340 CCC Ley 26994. A lo demás oportunamnete. Fdo. Dr.
Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 06 de septiembre de 2016 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C.S. 502-00008558 3 v./15.9.16
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 a cargo del Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Secretaría a cargo de la Dra. Gimena Bordoli suplente en los autos Barrios, Griselda Noemí s/ Sucesorio ab intestato N
11807; citando por treinta días corridos, bajo apercibimiento de ley, a los herederos y/o sucesores de la causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por BARRIOS GRISELDA NOEMI, DNI N
16.988.728, quien falleció el día 10/06/2016 en la ciudad de Concordia; vecina que fuera de esta ciudad.
El auto que ordena el presente en lo pertinente dice: Concordia, 19 de agosto de 2016.
Visto lo peticionado, disposiciones del CPCC y normas relativas de la Ley Registral y su reglamentación, Resuelvo: 1. Por presentado, con domicilio constituido, por propio derecho, por parte se le da intervención. 2. Decretar la apertura del juicio sucesorio de Griselda Noemí Barrios, DNI N 16.988.728, vecina que fuera de esta ciudad. 3. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, tamaño mínimo de mente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a los herederos y/o ,sucesores de la causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la misma,bajó apercibimiento de ley Art. 728 Inc.
2 CPCC. y Art. 2340 CCC Ley 26.994 A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 26 de agosto de 2016 Gimena Bordoli, secretaria supl.
F.C.S. 502-00008559 3 v./15.9.16
El Juzgado de Instancia en lo Civil y Comercial N 4 de la ciudad Concordia a cargo de la Dra. Estela B. Méndez Castells, Secretaría de la Dra. Ana María Noguera, en los autos: Aguilar, Luis Alberto s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N9176, cita por treinta días; bajo apercibimiento de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS ALBERTO AGUILAR, M.I. 4.616.446, quien falleció el día 27/06/2016, en la ciudad de Concordia, Entre Ríos.
El auto que ordena el presente en lo pertinente dice: Concordia, 3 de agosto de 2016. 1.Tener por presentadas Gladys Mabel Alcaraz y Aguilar Flavia Carolina, por derecho propio y con patrocinio letrado del Dr. Rodolfo Agero, con domicilio constituído y real denunciado, documentación acompañada cuya agregación se ordena, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte.2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del C.P.C., Declárese abierto el juicio sucesorio de Luis Alberto Aguilar, D.N.I. N M 4.616.446, fallecido en fecha 27/06/2016 vecino que fue de la ciudad de Concordia, E.R. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro de del término de treinta 30 días conf.
Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación aprobado mediante Ley N 26.994, vigen-

BOLETIN OFICIAL
te a partir del 1/08/2015 y Art. 728 del CPCyC, A lo demás oportunamente. Fdo. Estela B.
Méndez, Jueza.
Concordia, 22 de agosto de 2016 Ana María Noguera, secretaria.
F.C.S. 502-00008560 3 v./15.9.16
El Juzgado Primera Instancia del Trabajo N
5 con competencia en Materia Civil y Comercial, a cargo de la Dra. Silvia I. Flores de Quevedo, Secretaría N 5 de la Dra. Natalia Gambino secretaria suplente, en los autos:
Gonzalez, Omar Herbert s/ Sucesorios Civil Expte. N 7812, cita por treinta días corridos, bajo apercibimiento de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OMAR HERBERT GONZALEZ, M.I. 5.816.492, falleció el día 11/06/2016, en la ciudad de Concordia Entre Ríos, vecino de esta ciudad.
El auto que ordena el presente en lo pertinente dice: Concordia, 9 de agosto de 2016. Visto Resuelvo 2.- Tener por presentados a Néstor Omar González y Javier Antonio González, en ejercicio de sus propios derechos en mérito a la documental agregada a fs. 4/6 de los autos apiolados por cuerda, con el patrocinio del Dr. Rodolfo Alejandro Estéban Agero, con el domicilio denunciado por constituido, por parte, déseles intervención. 3.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Omar Herbert González, vecino que fuera de esta ciudad. 4.Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten Fdo. Silvia I.
Flores de Quevedo, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 25 de agosto de 2016 Natalia Gambino, secretaria supl.
F.C.S. 502-00008561 3 v./15.9.16
El Juzgado en lo Civil y Comercial N 3, a cargo del Dr. Jorge Ignacio Ponce, Secretaría del Dr. Alejandro Centurión, de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, ha dispuesto en los autos caratulados Ruchinsky, Mario Alejandro s/ Sucesorio ab intestato Expte. 5883, publicar por tres veces en el Boletín Oficial y un diario local para citar por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MARIO ALEJANDRO RUCHINSKY, DNI 8.416.950, nacido el 31/08/1946, fallecido en la ciudad de Concordia el 22/09/2015, bajo apercibimiento de ley.
Como recaudo se transcribe la resolución que así lo dispone: Concordia, 09 de agosto de 2016. Visto Resuelvo: 1.- Tener por presentados a Amelia Cuenca y Roxana Mabel Ruchinsky en ejercicio de sus propios derechos, con patrocinio letrado del Dr. Antonio E.
Mainez, domicilios reales denunciados y procesal constituido, a quienes se les otorga intervención conforme a derecho. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Mario Alejandro Ruchinsky, DNI N 8.416.950, vecino que fue de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. 4.-.. 5.-..
6.-.. 7.-.. 8.-.. A lo demás, oportunamente. Fdo.
Dr. Jorge Ignacio Ponce, Juez Civil y Comercial.
Alejandro Centurión, secretario supl.
F.C.S. 502-00008588 3 v./16.9.16
El Juzgado en lo Civil y Comercial N 4, a cargo de la Dra. Estela B. Méndez Castells, Secretaría de la Dra. Ana María Noguera, de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, ha dispuesto en los autos caratulados Kaneman, Rubén Gabriel s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 9074, publicar por tres
Paraná, jueves 15 de setiembre de 2016
veces en el Boletín Oficial y un diario local para citar por treinta días a quienes de consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes RUBEN GABRIEL KANEMAN, DNI N
28.110.016 nacido el 13/09/1980, fallecido en la ciudad de Concordia el 11/01/2009, bajo apercibimiento de ley.
Como recaudo se transcribe la resolución que así lo dispone: Concordia, 22 de marzo de 2016. Visto Resuelvo: 1.- Tener por presentada Marta Ramona Sarjanovich, por derecho propio y con patrocinio letrado de la Dra. M.
Martina Imoberdoff, con domicilio constituido y real denunciado, documentación acompañada cuya agregación se ordena, dándosele en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del CPC, Declárese abierto el juicio sucesorio de Rubén Gabriel Kaneman, DNI N 28.110.016, fallecido en fecha 11/01/2009, vecino que fue de la ciudad de Concordia. E.R.- 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a lodos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf.
Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley N26.994, vigente a partir de 1/08/2015 y Art. 728 del CPCyC.
4.- 5.- 6.- A lo demás oportunamente.
Fdo. Dra. Silvia F. de Quevedo, Jueza Civil y Comercial.
Concordia, 22 de agosto de 2016 Ana María Noguera, secretaria.
F.C.S. 502-00008589 3 v./16.9.16
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 de Concordia E.R. a cargo de la Dra. Estela B. Méndez Castells, Secretaría N 2 de la Dra. Ana María Noguera, en autos caratulados Pasquet, Carlos Ariel s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 9191, cita por el término de treinta días corridos a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. CARLOS ARIEL PASQUET, DNI N 5.796.168, vecino que fuera de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, fallecido el día 29 de junio de 2016.
Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena y que dice: Concordia, 22 de agosto de 2016. 1.- 2.-Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del CPC, Declárese abierto el juicio Sucesorio de Carlos Ariel Pasquet, DNI
N 5.796.168, fallecido en fecha 29/06/2016
vecino que fuera de la ciudad de Concordia, E.R. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. Art. 2340 del Cód.
Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley N 26.994, vigente a partir del 1/08/2015 y Art. 728 del CPCyC. 4.- 5
6.- 7.- 8.- 9.- 10.- 11.- 12.- A lo demás oportunamente. Fdo. Estela B. Méndez Castells, Jueza.
Concordia, 31 de agosto de 2016 Ana María Noguera, secretaria.
F.C.S. 502-00008611 3 v./16.9.16
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de Concordia ER, a cargo del Dr. Julio César Marcogiuseppe, Secretaría N
1 a cargo de la Dra. Gimena Bordoli Suplente, en autos caratulados Díaz de Strassera, María Elena s/ Sucesorio ab intestato N 11816, cita por el término de treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de la causante y/o a

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/9/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date15/09/2016

Page count24

Edition count4779

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930