Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/6/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

CONTRATO
NUEVO

C. DEL URUGUAY
CLUB SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un 1 día en el Boletín Oficial, el siguiente edicto:
1.- Nombre de la sociedad: CLUB S.R.L.2.- Domicilio de la sociedad: Rogelio Gómez N
357, ciudad de Basavilbaso, Dpto. Uruguay, E.R.3.- Socios: CABRERA Mariano Tomás, DNI
N 32.600.344, CUIT N 20-32600344-2, argentino, soltero, nacido el 11 de noviembre de 1986, de 29 años de edad, con domicilio real en calle San Martín N 960, ciudad de Basavilbaso, de profesión Ingeniero Agrónomo, matrícula profesional Nº 1211; Gastón Alberto SAINT PAUL, DNI N 28.779.070, CUIT N
20-28779070-9, argentino, casado en primeras nupcias con doña María Cecilia Camejo, DNI
N 28.11.046, nacido el 6 de julio de 1981, de 34 años de edad, con domicilio real en calle San Martín N 1156, ciudad de Basavilbaso, de profesión Ingeniero Agrónomo, matrícula profesional 1275 ; y Ariel AMARILLO, DNI N
30.578.970, CUIT N 20-30578970-5, argentino, soltero, nacido el 27 de junio de 1983, de 32 años de edad, con domicilio real en calle San Martín N 975, ciudad de Basavilbaso, de prof es ió n A bog ado , ma tr icu la pr ofesional CAER Nº 7588, T 1, F 206.4.- Fecha de constitución: 11 de setiembre de 2015.
5.- Objeto social: La sociedad podrá dedicarse, por cuenta propia o de terceros, a llevar a cabo las siguientes operaciones, dentro o fuera de los límites de la República Argentina:
A Producción agrícola en todas sus formas de Ciencia Agraria: explotación de predios rurales propios y/o arrendados para la producción de bienes frutos y productos económicos referidos a cereales, frutales, forrajeras, hortalizas, legumbres y cultivos industriales y cultivos del suelo en general; almacenamiento de producción agrícola y/o cualquier otros elementos en silos o cualquier otro medio a fin;
fraccionamiento de la producción agrícola; distribución, transporte y comercialización de la misma; exportación directa e indirecta de la producción agrícola; forestación y deforestación de predios rurales y urbanos, pudiendo desarrollar actividades complementarias de esa finalidad sin limitación alguna.
B Producción Ganadera: para explotar predios rurales propios y/o arrendados, afectándolos a la cría de hacienda, engorde o invernada, sea de feedlot o extensiva, sea para consumo propio y/o venta y/o comercialización del ganado en mercados de hacienda, frigoríficos, particulares y/o empresas, sea de forma directa y/o por terceras personas; distribución de carnes, cueros, o cualquier género de sus derivados.
C Comercial: a la venta de los productos y/o frutos antes mencionados, de semillas, productos agrícolas, maquinarias, tractores y herramientas a fin, animales de trabajo y/o para consumo de la población; y a toda operación comercial que derive de las actividades precedentes consignadas en punto A y B respectivamente, por ejemplo, celebrar contratos de arrendamiento de predios urbanos o rurales.
D Inmobiliaria: mediante la adquisición, administración, venta, permuta, explotación y/o arrendamiento, de terrenos y/o edificios rurales y/o urbanos, incluso todas las operaciones comprendidas sobre propiedades horizontales y la compra para la subdivisión de tierras y su venta al contado o a plazos.
E Servicios: La constitución se efectúa asimismo con la posibilidad de actuar como contratista rural o trabajando con uno o más de
ellos; así también podrá actuar asesorando de forma técnica a otros establecimientos rurales, sea en la especialización de cada uno de los socios.
6.- Plazo de duración: La sociedad se constituye por el término de sesenta años a contar de la fecha del presente contrato.
7.- Capital social: El capital social se constituye en la suma de pesos doscientos setenta mil con 00/100 270.000,00 dividido en novecientas 900 cuotas de Pesos Trescientos con 00/100 $ 300,00 cada una; suscribiendo e integrando en este acto de Constitución el veinticinco por ciento 25% del Capital Societario, es decir la suma de pesos sesenta y siete mil quinientos $ 67.500,00, completándose su totalidad en un plazo de dos años, contados a partir de la fecha de su Inscripción, de conformidad al segundo párrafo del artículo 149 de la ley N19.550, según se detalla a continuación: cada uno de los socios suscribe la cantidad de trescientas 300 cuotas en este acto de constitución, lo cual asciende a un monto de pesos noventa mil con 00/100 $
90.000,00. En cuanto Capital Integrado en este acto, en dinero efectivo y en mercaderías y/o productos semillas y muebles y útiles de acuerdo al inventario suscripto por los socios y de acuerdo al siguiente detalle: El Sr. Gaston Alberto Saint Paul suscribe en este acto 15.000
kg. semillas de soja y 3.150 kg. de semillas de trigo, todo ello por un valor que asciende a Pesos veinte mil $ 20.000,00 y dinero en efectivo por una suma de pesos dos mil quinientos $ 2.500,00, totalizando la suma de pesos veintidós mil quinientos con 00/100 $
22.500,00; el Sr. Mariano Tomas Cabrera suscribe con dinero en efectivo por la suma de pesos veintidós mil quinientos con 00/100 $
22.500,00; y el Sr. Ariel Amarillo suscribe con dinero en efectivo por la suma de pesos veintidós mil quinientos con 00/100 $ 22.500,00.
8.- Administración y representación legal de la sociedad: La administración y dirección de la sociedad estará a cargo del Sr. Gaston Alberto Saint Paul, el que revestirá el carácter de socio gerente y tendrá la representación legal de la sociedad, obligando a la misma mediante su firma.
Para su actuación tendrá las facultades, derechos y obligaciones que las leyes acuerdan a tal carácter y envestidura, pudiendo también realizar todos los actos previstos por el artículo 1.881 del Código Civil -y/o su reemplazante legal conforme reforma vigente a partir del 1º de agosto de 2015-, con excepción de los casos previstos en el inciso quinto y sexto, y con la limitación que para el otorgamiento de fianzas y/o avales a favor de terceros, o actos jurídicos a título gratuito, para la constitución y/o cesión y transferencia de derechos reales sobre muebles e inmuebles, como así para la enajenación de inmuebles y muebles de carácter registrables, deberá actuar conjunta e indefectiblemente todos los socios fundantes y/o sus herederos legales; expresamente se declara que la especificación precedente es meramente enunciativa y no limitativa.
9.- Fiscalización: Los socios tendrán amplias facultades para fiscalizar y/o analizar la contabilidad y demás documentos sociales en el domicilio de la sociedad en cualquier época que lo estimen menester, sea ello por sí o por profesional debidamente autorizado por estos, cuidando de no entorpecer el normal funcionamiento de las actividades de la empresa ni abusando de este derecho.
10.- Fecha de cierre del ejercicio: se fija como fecha de cierre de los estados contables el día treinta y uno 31 de julio de cada año.
Sociedad constituida por instrumento privado con firmas certificadas por ante Escribano Publico.
Registro Público de Comercio DIPJ - Paraná, 23 de junio de 2016 Mariano R. Catena, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00006903 1 v./29.6.16

Paraná, miércoles 29 de junio de 2016

SUMARIO
LEYES
Año 2016
10428, 10429, 10430, 10431
DECRETOS
Ministerio de Gobierno y Justicia Año 2015
456, 457, 466, 467, 473, 477, 481, 482, 519, 520, 521, 522, 525, 527, 528, 529, 543, 544, 555, 576
RESOLUCIONES
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Año 2016
304, 305, 306, 307, 308, 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315
Ministerio de Salud Año 2015
800, 801, 802, 803, 804, 805, 806, 1656, 1657, 1658, 1659, 1660, 1661, 1662, 1663, 1664, 1665, 1666, 1667, 1668, 1669, 1670, 1671, 1672, 1673, 1674, 1675, 1676, 1677, 1678
Ente Provincial Regulador de la Energía Año 2016
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Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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GUILLERMO LUIS ABASTO
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/6/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date29/06/2016

Page count24

Edition count4800

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/08/2024

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