Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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- Subfuente Financiamiento: 0519 - Inciso: 4 Partida Principal: 2 - Partida Parcial: 1 - Partida Subparcial: 0000 - Departamento: 56 - Ubic.
Geográfica: 02 del presupuesto vigente.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 6º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero Juan J. García
DECRETO Nº 1620 MEHF
ESTABLECIENDO CONVENIO
Paraná, 2 de junio de 2015
VISTO:
El Convenio de Cooperación Técnica No Reem bo lsab le ATN/OC-13928-AR F ortalecimiento de la Gestión por Resultados en la Provincia de Entre Ríos Proyecto BID N ART1116, celebrado entre la Provincia de Entre Ríos en conjunto con la Municipalidad de Paraná y el Banco Interamericano de Desarrollo aprobado por Decreto 5001/13 MEHF; y CONSIDERANDO:
Que dicho convenio contempla un aporte no reintegrable a favor de la Provincia de Entre Ríos de U$S 624.750, y un aporte de contraparte local de U$S 75.500, para financiar la ejecución del proyecto Fortalecimiento de la Gestión por Resultados de la Provincia de Entre Ríos;
Que el desarrollo del proyecto es llevado a cabo a través de consultores requiriéndose la participación de personal de la administración pública en el rol de contraparte, quienes junto con los consultores son los encargados de llevar adelante las acciones necesarias para el desarrollo del proyecto en tiempo y forma;
Que la referida participación implica una mayor dedicación por sobre las actividades habituales, encontrándose previsto dentro de los componentes del proyecto y en la financiación del mismo, a través del aporte no reintegrable del Banco Interamericano de Desarrollo, una asignación para compensar dicha mayor dedicación del personal;
Que el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, ha sido designado como organismo ejecutor del proyecto y mediante el artículo 2
del Decreto Nº 5001/2013 se le ha encomendado llevar adelante la ejecución del proyecto y utilización de los recursos, entendiendo necesario autorizarlo a que realice la liquidación y distribución de los recursos del aporte no reintegrable;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Establécese que el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas en su carácter de organismo ejecutor del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/OC13928-AR Fortalecimiento de la Gestión por Resultados en la Provincia de Entre Ríos Proyecto BID N AR-T1116, celebrado entre la Provincia de Entre Ríos, en conjunto con la Municipalidad de Paraná y el Banco Interamericano de Desarrollo, designado por el artículo 2 del Decreto 5001/13 MEHF queda facultado a llevar adelante la liquidación y distribución de los recursos del aporte no reintegrable, según la asignación que tiene prevista, para compensar la mayor dedicación del personal, por sobre las actividades habituales, en las tareas efectivamente prestadas para el mencionado proyecto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 1621 MEHF

DISPOSICION
Paraná, 2 de junio de 2015

VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos -IOSPER-interesa el otorgamiento de un anticipo financiero; y CONSIDERANDO:
Que lo solicitado se fundamenta en la necesidad de garantizar en forma continua e ininterrumpida los servicios asistenciales a sus afiliados;
Que los montos de aportes personales y patronales que se devengan mensualmente, conforme los valores actuales de remuneraciones, permiten el reintegro durante el ejercicio de la suma solicitada;
Que es propósito de este Poder Ejecutivo asistir al referido Instituto con un anticipo financiero por hasta la suma total de pesos doce millones $ 12.000.000 reintegrables, en seis 6 cuotas mensuales, iguales y consecutivas a partir del mes de julio del corriente año;
Que asimismo es preciso autorizar a la Contaduría General de la Provincia a disponer la apertura de una cuenta especial para registrar el anticipo de referencia;
Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado intervención de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese el otorgamiento de un anticipo financiero al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos -IOSPER-por hasta la suma de total de pesos doce millones $ 12.000.000.
Art. 2º Establécese que la suma anticipada conforme a lo dispuesto por el artículo anterior, deberá ser reintegrada en seis 6 cuotas mensuales, iguales y consecutivas a partir del mes de julio, debiendo a tal fin la Tesorería General de la Provincia realizar mensualmente las correspondientes retenciones del monto que en concepto de aportes personales y patronales corresponda transferir al Instituto.
Art. 3º Dispónese que la Contaduría General de la Provincia proceda a la apertura de una cuenta especial de orden, a efectos de registrar la transferencia de fondo dispuesta por el artículo 1, y los respectivos reintegros.
Art. 4º Autorízase a la Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia y por el sistema de libramientos a transferir al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos -IOSPER
el anticipo otorgado por el artículo 1 del presente.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 6º Regístrese, comuníquese, publíquese archívese y pasen las presentes a la Contaduría General de la Provincia sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1670 MEHF
Paraná, 4 de junio de 2015
Aprobando el contrato de locación de servicios celebrado con la Srta. Carolina Celeste Marcuzzi, DNI Nº 25.684.884, para desempeñarse en el ámbito de la Dirección General de Estadística y Censos, a partir de la fecha del presente y hasta el 31 de diciembre de 2015, el que agregado forma parte integrante del presente.
La erogación emergente de lo dispuesto en el presente será imputada a las partidas especificas de personal de la Dirección General de Estadística y Censos.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidas en el Decreto Nº 3688/08 GOB y sus modificatorios Decretos Nºs. 4433/10 MEHF y 4509/12 MEHF.

Paraná, lunes 23 de noviembre de 2015
La Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, dispondrá la liquidación de la remuneración en la forma especificada en la cláusula cuarta del contrato, a través del Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Liquidaciones.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 1442 MDS
Paraná, 20 de mayo de 2015
Reconociendo las licencias extraordinarias por enfermedad de largo tratamiento con goce del 100% y 50% de haberes, a la agente Susana Beatriz Sandoval, Legajo Nº 130.612, MI Nº 16.610.442, quien presta servicios en el Comedor Escolar de la Escuela Nº 106 Carlos Pellegrini del Departamento Gualeguaychú, dependiente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social hasta el 31. 05 .1 3 y de sde el 0 1. 06.2013 hasta el 01.06.14 respectivamente, conforme lo prevé el Art. 11 del Decreto Nº 5703/93 MGJE, aplicable en virtud de las disposiciones del Art. 52
de la Ley N 9755 modificada por Ley N 9811.
Reconociendo licencia extraordinaria, sin goce de haberes a partir del 02.06.14 y hasta el 03.07.14 a la Sra. Susana Beatriz Sandoval, Legajo N 130.612, MI N 16.610.442, quien revista en la planta de personal permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, al solo efecto de la retención del cargo, atento al estado del trámite jubilatorio y en virtud del alta médica presentada a fs.
55 de autos mediante el certificado correspondiente.
Disponiendo la instrucción de un sumario administrativo a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, a la agente Susana Beatriz Sandoval, Legajo Nº 130.612, MI N 16.610.442, con situación de revista como personal de planta permanente de la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, con prestación de servicios en el Comedor de la Escuela N
106 Carlos Pellegrini del Departamento Gualeguaychú, quien registra inasistencias los días 04, 07, 08, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de julio, 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15 y 19 de agosto de 2014, todas sin aviso, en virtud de encontrarse su conducta presuntamente incursa en la falta administrativa tipificada por el artículo 71 Inc. a de la Ley Nº 9755, modificada por Ley N 9811, manteniéndose vigente y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N
2/70 SGG conforme lo dispuesto por el Art. 1
del Decreto N 2840/07 GOB, de conformidad con lo expresado en el presente.
DECRETO Nº 1497 MDS
Paraná, 20 de mayo de 2015
Acordando a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial N 4035 en su artículo 1º inciso a y c por los conceptos de ancianidad, e invalidez, de acuerdo al sistema de haberes que fija el artículo 2 del Decreto N 4886/86 MAS a los personas que a continuación se detallan:
Departamento Concordia:
Ancianidad: Correa Petrona.
Departamento Federal:
Invalidez: Arredondo Berta Beatriz, Moreyra Luis Alberto, Ramírez Hilario.
Departamento Islas del Ibicuy:
Invalidez: Godoy Yanina Elizabeth.
Departamento La Paz:
Ancianidad: Gallardo Omar Antonio.
Invalidez: Leguizamón Alcides Edgardo.
Departamento Nogoyá:
Invalidez: Martinez Mario Alberto, Ramírez Alberto Cesar.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/11/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date23/11/2015

Page count18

Edition count4797

Première édition01/12/2003

Dernière édition29/07/2024

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