Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 3 de noviembre de 2015
Luego de un breve intercambio de opiniones, la propuesta es aprobada por unanimidad.
Hasenkamp, julio de 2015.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 19 de octubre de 2015 Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00001555 1 v./3.11.15
CEREALES BOLZAN SRL
Acta de reunión de socios Nº 47.- En Villa Fontana, Dpto. Paraná de Entre Ríos, a los treinta y un días del mes de Agosto de 2015, reun id os los señ ores socios: Don Néstor Eduardo Bolzán, DNI Nº 11.556.620; y Don Aldo Luis Bolzán, DNI Nº 16.166.980; titulares del total del capital social de CEREALES BOLZAN SRL, acuerdan por unanimidad modificar el contrato social, a efectos de introducir las siguientes modificaciones:
1 - Cláusula Segunda: DURACION: El plazo de duración de la sociedad expirará el día 7 de Noviembre de 2.024, pudiendo prorrogarse por decisión unánime de los socios.2 - Cláusula Quinta: CAPITAL SOCIAL: SUSCRIPCION E INTEGRACION: El capital social se fija en la suma de ciento cincuenta mil pesos $ 150.000,00, formado por un mil quinientas cuotas 1.500, de cien pesos $ 100,00 cada una y que los socios suscriben e integran en proporciones iguales, por lo que corresponden, a Don Néstor Eduardo Bolzán, setecientas cincuenta 750 cuotas por la suma de setenta y cinco mil pesos $ 75.000,00, y Don Aldo Luis Bolzán, setecientos cincuenta 750 cuotas por la s um a de setenta y cinco mil pesos $
75.000,00, suscriptas e integradas totalmente.3 - Cláusula Décima Segunda: ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: La representación de la sociedad será ejercida por los dos socios, Don Néstor Eduardo Bolzán y Don Aldo Luís Bolzán, los que revestirán el carácter de gerentes y tendrán la represe nt ación leg al, obliga ndo a la s ocied ad mediante la firma de cualquiera de ellos.
Durarán en sus cargos el plazo de duración de la sociedad.4 - Cláusula Vigésima Primera: DISOLUCION: La sociedad se disuelve por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 y 94
bis. de la legislación complementaria del Código Civil y Comercial de la Nación Ley 19.550;
excepto si devienen las circunstancias expresadas en los supuestos de le incisos sexto, séptimo, octavo y noveno del mismo artículo y artículo 96, de la ley de Sociedades.5 - Cláusula Vigésima Segunda: LIQUIDACION: Disuelta la sociedad será liquidada si corresponde. La liquidación estará a cargo del administrador y se realizará de acuerdo a normas prescripta en la Sección XIII, Artículos 101 a 112 de la legislación complementaria del Código Civil y Comercial de la Nación Ley 19.550. Extinguido el pasivo social, el liquidador confeccionará un balance final y el proyecto de distribución.En este acto los socios de común acuerdo, deciden autorizar al Escribano Dardo José Trossero, para tramitar la inscripción del contrato ante el correspondiente registro, con facultad para aceptar las modificaciones que indique dicho organismo, otorgando los instrumentos que resulten necesarios, acompañar y desglosar documentación. Con lo que, no existiendo otros temas a tratar, se da por terminado el acuerdo, labrándose la presente acta que es leída y ratificada por todos los socios presentes, que firman al pie de conformidad.Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 27 de octubre de 2015 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 502-00001562 1 v./3.11.15

BOLETIN OFICIAL

23

CONTRATOS
NUEVOS

PARANA
PRESMED SRL
Por resolución del señor Director de la Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos, se ha resuelto publicar el presente edicto por un 1 día en el Boletín Oficial.
Fecha del contrato social: 10 de abril de 2014.
Fecha de ratificación del contrato social: 27
de agosto de 2015.
Socios: Daniel Alfredo Constantini, argentino, casado, DNI 17.325.252, domicilio calle 9
de Julio 718, Gualeguay, profesión médico;
Guillermo Gabriel Riolo, argentino, casado, DNI 20.096.004, domicilio calle Martínez 1346, Paraná, profesión médico.
Denominación: PRESMED S.R.L.
Plazo: 20 años desde la inscripción registral.
Objeto: explotación de establecimientos asistenciales, sanatorios, clínicas médicas, y quirúrgicas.
Capital: pesos doscientos mil $ 200.000, representado en dos mil 2.000 cuotas sociales de $ 100 cada una. Daniel Alfredo Constantini es titular de 1.800 cuotas sociales y Guillermo Gabriel Riolo, de 200 cuotas sociales.
Sede Social: calle Santa Fé 646, de la ciudad de Paraná, Entre Ríos.
Gerente: Daniel Alfredo Constantini.
Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 25 de setiembre de 2015 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 502-00001553 1 v./3.11.15
DALINGER HANDEL SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
Conforme artículo 10 de la Ley 19.550 t.o.
1984, se comunica la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, con los siguientes recaudos:
1 - Fecha y forma de constitución: 31 de marzo de 2015, mediante contrato privado.
2 - Razón social: DALINGER HANDEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
3 - Socios: Doña Liliana Graciela DALINGER, de 58 años de edad, de profesión abogada, de nacionalidad argentina, con DNI N
12.819.215, CUIT 27-12819215-3, con domicilio en calle Cervantes Nº 440, 8vo. Piso, de la ciudad de Paraná E.Ríos y Santiago Pablo DALINGER, con domicilio en calle Paraná Nº 362, de la ciudad de Santa Elena E.Ríos de 50 años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, con DNI N
17.059.290, CUIT 20-17059290-1;
4 - Capital social: pesos cien mil $
100.000,00 suma que se divide en cuotas iguales de pesos diez $ 10,00. Dicho capital es suscripto en las siguientes proporciones la Srta. Liliana Graciela Dalinger, nueve mil 9.000 cuotas, por la suma de pesos noventa mil $ 90.000,00; el señor Santiago Pablo DALINGER, mil 1.000 cuotas por la suma de pesos diez mil $ 10.000,00;
5 - Objeto social: Explotación comercial del turismo como agencia de viajes y cualquier otra forma aprobada por la Ley de Turismo, ya sea, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero. Las actividades mencionadas anteriormente deberán ser entendidas y aplicadas en su sentido más amplio que permita funcionar como agencia de viajes. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato.

6 - Plazo de duración: el plazo de duración es de 20 años.
7 - Sede social: establece su domicilio en la calle Buenos Aires N151, E/P B, de Paraná, E.Ríos;
8 - Administración: La administración, representación y uso de la firma social estará a cargo de Liliana Graciela DALINGER, designada como socio gerente por el término de 3
años;
9 - Cierre del ejercicio: 28 de abril de cada año.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 29 de octubre de 2015 Mariano Romeo Catena, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00001554 1 v./3.11.15

SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 4457 MS
Paraná, 3 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa -vio de excepciónde los servicios prestados por la Firma Sercar -Correo PrivadoSRL de esta ciudad, por la suma de $ 4.838, según Factura B
N 0001-00056931 del 03.10.14, obrante a fs.
02 de autos, en concepto de gastos de traslados de muestras y medicamentos en el mes de septiembre, efectuados por la Dirección de Epidemiología de este Ministerio.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 -tuo Decreto N 404/95 MEOSP -Art. 27º - Inc. c - Apart. b - Pto. 3- concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP Art. 142º -Inc. bPto. 4, y Decreto Nº 1334/14
MEHF, Resolución 303/03 SS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, para que abone a favor de la Firma Sercar -Correo PrivadoSRL de esta ciudad, la suma de $ 4.838, en mérito de lo dispuesto en la presente resolución.
RESOLUCION Nº 4458 MS
Paraná, 3 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
6.044,40 a favor de la Sra. Alicia María Susana Piccini, DNI N12.385.511, Beneficiaria Incluir Salud N405-8095329-00, domiciliada en calle Gemes N857 de Gualeguaychú, destinado a solventar gastos por la compra de medicación para 4 meses de tratamiento.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto N
11/14 MS y Resolución N 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la transferencia al Hospital Centenario de Gualeguaychú, por un importe de $ 6.044,40 destinado al subsidio otorgado en el presente texto legal a la Sra. Alicia María Susana Piccini, DNI N 12.385.511, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 4459 MS
Paraná, 3 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
16.400, a favor de la Sra. Adriana Georgina Duarte, DNI N 26.809.296, Beneficiaria Incluir Salud N405-8689639-00, domiciliada en calle Vucetich N 429 de Paraná, destinado a solventar gastos por la compra de insumos quirúrgicos.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto N
11/14 MS y Resolución N 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la transferencia al Hospital San Martín de Paraná, por un importe de $
16.400, destinado al subsidio otorgado en el presente texto legal a la Sra. Adriana Georgina Duarte, DNI N 26.809.296, con cargo de ren-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/11/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date03/11/2015

Page count24

Edition count4787

Première édition01/12/2003

Dernière édition15/07/2024

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