Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/8/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 26 de agosto de 2015
de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 1.297.270, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 13 de noviembre del 2014 en la Mesa de Entradas dependiente de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
Sara Mónica López Alfaro, con domicilio legal en calle Colón N 54, 2 Piso, Oficina c de esta ciudad, por haber incurrido la Mesa de Entradas de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 345 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de marzo de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del Sr. Juan Leonardo, Schell; y CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 5 de febrero de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 1.341.731, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 21 de julio del 2014 en el Área Liquidaciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del Sr. Juan Leonardo, Schell, con domicilio legal en calle Colón N 54, 2 Piso, Oficina C de esta ciudad, por haber incurrido el Área Liquidaciones
BOLETIN OFICIAL
de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 347 MT
REIMPUTANDO GASTO
Paraná, 4 de marzo de 2015
VISTO:
El Decreto Nº 5140 MT de fecha treinta 30
de diciembre de 2014; y CONSIDERANDO:
Que atento a la vigencia de un nuevo ejercicio presupuestario, resulta necesario proceder a la rectificación del artículo 4 del decreto mencionado ut supra; y Que han tomado intervención se competencia la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia y la señora Contadora Auditora de la Contaduría General de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reimputar el gasto derivado del reconocimiento de servicios de limpieza en dependencia de la sede central por los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto del año 2014, y de la contratación de directa de la Cooperativa de Trabajo Vida Limpia de la ciudad de Paraná aprobada por Decreto N 5140 MT, al siguiente crédito del presupuesto vigente:
DA 985 - C 1 - J 70 - Subj. 00 - Ent. 0000 Prog. 16 - Subprog. 00 - Proy. 00 - Act. 01 Ob. 00 - Fin. 3 - Fun. 62 - Fte. de Fto. 13 Subfte. de Fto. 0319 - Inc. 3- Part. Ppal. 9
Part. Parc. 9 Part. Subp. 0000 - Dpto. 84 - U.
Geogr. 07 - pesos ciento setenta y un mil doscientos setenta $ 171.270.00.
Art. 2º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos, y oportunamente, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 358 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de marzo de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del Sr. Pablo José Luis, Medici; y CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 6 de febrero de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la apoderada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 1.632.741, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 10 de diciembre del 2014 en la Mesa de Entradas de la Secre-

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taría de Coordinación de Gabinete de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Secretaría de Coordinación de Gabinete de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del Sr. Pablo José Luis, Medici, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación N 621 de esta ciudad, por haber incurrido en la Mesa de Entradas de la Secretaría de Coordinación de Gabinete de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la apoderada, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Secretaría de Coordinación de Gabinete de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 359 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de marzo de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Julia Sixta, Juárez; y CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 6 de febrero de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose, el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de lo Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 1.560.156, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 23 de octubre del 2014 Despacho Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
Julia Sixta, Juárez, con domicilio legal en Avda. Alameda de la Federación N 621 de esta ciudad, por haber incurrido el Despacho Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/8/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date26/08/2015

Page count20

Edition count4798

Première édition01/12/2003

Dernière édition30/07/2024

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