Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Que el presupuesto oficial de la obra asciende a $ 20.193.920,94, a valores del mes de septiembre de 2014, con un plazo de ejecución de 365 días corridos, informando la Dirección Provincial de Obras Sanitarias que en el presente ejercicio prevé una inversión de $ 70.000, referida a los gastos para el llamado a licitación pública, estando incluida la obra en el proyecto de presupuesto para el año 2015; y Que, por lo tanto, procede a autorizar el llamado a licitación pública, con ajuste a las prescripciones de los artículos 9º, inciso a, 10º, inciso a, punto 1 y 12º primer párrafo, primera parte, del Decreto Ley Nº 6.351, ratificado por Ley 7.495 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y artículo 17º, inciso a del Decreto Nº 404/95 MEOySP, texto único y ordenado de la Ley Nº 5140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones; y Que han tomado intervención la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, la Contaduría General de la Provincia, a través de su contadora auditora, y las Asesorías Legales del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y de la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos, en lo que es de su competencia, acorde a lo previsto en Directiva Nº 21/05
GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos a efectuar el llamado a licitación pública para contratar la ejecución de la obra Traslado de lagunas de tratamiento de líquidos cloacales - Crespo, Departamento Paraná, con un presupuesto oficial actualizado de pesos veinte millones ciento noventa y tres mil novecientos veinte con noventa y cuatro centavos $ 20.193.920,94, en concepto de materiales y mano de obra, a valores del mes de septiembre de 2014 y un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco 365 días corridos, de conformidad a los pliegos general y complementario de condiciones, aprobados por Decreto Nº 27/06 GOB y Resolución Nº 32/14 DPOSER, norma que aprobó el proyecto de la obra, integrado por plano de ubicación, memoria descriptiva, pliegos general y complementario de condiciones, pliegos general y complementario de especificaciones técnicas, cómputo, análisis de precios, presupuesto oficial, plan de avance y curva de inversiones y planos y con ajuste a las prescripciones de los artículos 9º, inciso a, 10º inciso a, punto 1 y 12º, primer párrafo, primera parte, del Decreto-Ley Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y artículo 17º, inciso a, del Decreto Nº 404/95 MEOySP, texto único y ordenado de la Ley Nº 5140
de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones.
Art. 2º Autorízase a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos a invertir hasta la suma de pesos setenta mil $
70.000 en el presente ejercicio, encontrándose incluida la presenta obra en el proyecto para el año 2015.
Art. 3º Impútase el gasto en: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 20 - Subprograma 00 - Proyecto 01 Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 80 - Fuente de Financiamiento 13 - Subfuente de Financiamiento 0417 - Inciso 3 - Partida Principal 6 - Partida Parcial 0 Partida Subparcial 0000 - Departamento 99 - Ubicación Geográfica 99, del presupuesto vigente.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese; y pasen las actuaciones a la Dirección
BOLETIN OFICIAL
Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos, para la prosecución de su trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan Javier García
DECRETO Nº 5060 MPIyS
APROBANDO PARTIDA
Paraná, 18 de diciembre de 2014
VISTO:
La gestión promovida por la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones solicitando una partida destinada a la obra: Reparación cubierta sobre Sector Rehabilitación Hospital Santa Rosa - Villaguay, Departamento Villaguay, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 495/14 SSAyC se aprobó el Proyecto Nº H-86-12 que contempla la obra de referencia, con un presupuesto oficial en concepto de materiales y mano de obra de $ 233.817,69, con valores al mes de junio de 2014 y un plazo de ejecución de los trabajos de los 60 días corridos, a ejecutarse a través del sistema de administración delegada en la asociación cooperadora del nosocomio referenciado; y Que la adjudicación de la obra motivo de estos actuados, se efectuará por concurso de precios, en concordancia a los pliegos aprobados por Decreto Nº 4.099/06 MGJEOySP; y Que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones solicita una partida de $ 120.000, que permita afrontar el inicio y ejecución de los trabajos en el Hospital Santa Rosa para el presente ejercicio presupuestario; y Que han tomado intervención de competencia la contadora auditora de la Contaduría General de la Provincia, la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y el Área Legal de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones; y Que las presentes actuaciones encuadran en las prescripciones contempladas en el artículo 10 inciso a, apartado 4 y artículo 12º, inciso h, primer párrafo, primera parte del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351 - ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 y Decreto Nº 4.693/91 MGJOySP, como así también Decreto Nº 4.099/06 MGJOySP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase una partida inicial de pesos ciento veinte mil $ 120.000, con destino a la obra Reparación cubierta sobre Sector Rehabilitación Hospital Santa Rosa - Villaguay, Departamento Villaguay.
Art. 2º Dispónese que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del convenio con la asociación cooperadora del Hospital Santa Rosa de Villaguay, la cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría previo a efectuar la entrega de cheque pertinente, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Art. 3º Facúltase a la Tesorería General de la Provincia para que, mediante sistema de libramiento, entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios los fondos dispuestos por el artículo 1º del presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones mediante cheque que será librado a nombre de la asociación cooperadora del Hospital Santa Rosa de Villaguay, efectuando luego la rendición por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
Art. 4º La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los treinta 30 días corridos de recibido el cheque, a
Paraná, viernes 12 de junio de 2015
la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
Art. 5º Encuádrase la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso h, primer párrafo, primera parte del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351 - ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 y Decreto Nº 4.693/91
M G J O y S P , c o m o a s í t a m b i é n D e c re t o N
4.099/06 MGJOySP.
Art. 6º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 07 Actividad 00 - Obra 65 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente de Financiamiento 14 - Subfuente de Financiamiento 9952 - Inciso 4 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 97 - Ubicación Geográfica 03, del presupuesto vigente.
Art. 7º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 8º Comuníquese, publíquese y archívese, pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, para el debido trámite. Cumplido, a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones para la continuidad del trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan Javier García
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 702 CMER
ELEVANDO TERNA
Paraná, 28 de mayo de 2015
VISTO:
El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 147 destinado a cubrir tres 3 cargos de Vocal para la Cámara de Casación Penal Sala Paraná-; y CONSIDERANDO:
Que, según lo establece el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura CMER, proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público del Poder Judicial, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes; y Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr.
Gobernador, la terna de candidatos para los cargos de Vocal de Cámara de Casación Penal Sala Paraná; y Que, todos los postulantes ternados han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme las Resoluciones 98/14
SGCMER 25.4.14; 635/14 CMER 11.09.14;
682/15 CMER 26.03.15; 690/15 CMER a 694/15 CMER y todas del 07.05.15; las Actas Ns.: 3 25.2.15; 4 y 5 27.2.15; 11 16.5.15;
15 y 16 28.5.15; y el Dictamen emitido por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión; y Que, de acuerdo a los artículos 25 de la Ley Nº 9.996 y 94 del Reglamento General y de Concursos Públicos RGCP, el CMER procedió a establecer el orden de mérito, el que a los fines de la presente se conforma por los únicos postulantes que obtuvieron sesenta 60 o más puntos y en orden prelativo de la siguiente forma, a saber: 1º Davite, Marcela Alejandra:
noventa y uno con cuarenta y nueve centési-

Acerca de esta edición

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TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date12/06/2015

Page count20

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

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