Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 10 de junio de 2015
Desarrollo Social - Unidad Ejecutora: Dirección de Comedores y 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia Unidad Ejecutora: Secretaría General, mediante transferencia compensatoria de créditos por la suma de $ 38.690,00 y de cargos, conforme a las planillas analíticas del gasto y Anexo III, que agregadas, forman parte integrante del presente.
Dejando sin efecto el Decreto N 2118/08
MSAS.
Transfiriendo a la agente Zaida Viviana Jaime, DNI N 13.883.394, Legajo N 104.635, categoría 6-b Personal de Servicios, perteneciente a la planta permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, a la Secretaría General del Ministerio de Gobierno y Justicia y desde la fecha del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones legales de los artículos 13 y 14 de la Ley N 10.269.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia a liquidar y hacer efectivo los haberes correspondientes, conforme a lo dispuesto.
DECRETO Nº 4873 MDS
Paraná, 12 de diciembre de 2014
Otorgando un aporte no reintegrable a favor del Club Atlético Arsenal, CUIT: 30-671204758, representado por su presidente Sr. Fischer Jorge Daniel, MI N 12.657.677, por la suma total de $ 10.000, destinada a solventar gastos de adquisición de una cocina industrial que ayude a optimizar el trabajo e incrementar los ingresos con que se sustenta la institución, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia y ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, conforme lo dispuesto por el artículo 8 Inc. 2 de la Ley N
6963.
Facultando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, a hacer efectivo el pago previa elaboración de la respectiva orden de pago y la pertinente entrega de solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia de Entre Ríos.
DECRETO Nº 4899 MDS
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 12 de diciembre de 2014
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la Sra. Vanina Mariel Ramallo, agente del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social, por derecho propio y patrocinio letrado, contra la Resolución N 0454/13 DIR IAFAS; y CONSIDERANDO:
Que mediante el texto recurrido, se aprueba y da por finalizado el sumario administrativo instruido oportunamente, disponiendo una sanción de diez 10 días de suspensión sin goce de haberes de conformidad con el Art. 3
de la Ley N 7296;
Que analizado todo el procedimiento del sumario administrativo sustanciado, especialmente en sus etapas más relevantes, surge que existe una incongruencia no pasible de ser subsanada entre la conducta imputada y la que luego resulta objeto de sanción;
Que ello es así, en razón de que la única conducta por la que se dio inicio al sumario fue la sustracción del ámbito de una oficina de un monitor LCD, lo que fue encuadrado dentro del supuesto de falta grave que perjudica materialmente a la Administración Pública, conforme el Art. 72, inc, b de la Ley N 9755;
Que no habiéndose probado dicho extremo, no corresponde aplicar una sanción tomando como base eventuales repercusiones disvaliosas del hecho, puesto que si bien existe una conexión fáctica entre ello y el evento principal
BOLETIN OFICIAL
que dio inicio al sumario, no resulta suficiente para legitimar la aplicación de una sanción, que en este caso recaería como reproche de una conducta que se aprecia sustancialmente distinta de la que fuera imputada como único hecho y encuadrada en derecho, que fue respecto de la cual se le tomó declaración indagatoria a la agente;
Que en este sentido, cabe destacar que la Resolución N 123 DIR IAFAS, que dispuso la instrucción del sumario en cuestión, en el considerando decimotercero hizo alusión a que:
de probarse en el sumario administrativo que la agente sustrajo el monitor, correspondería la sanción de exoneración y luego el Art. 2 de la parte resolutiva en su parte pertinente, por su participación en los hechos denunciados y descriptos en estos actuados, encuadrándose su conducta en lo prescripto en el Art. 72, inc. b de la Ley N 9755;
Que por lo expuesto resulta que la sanción aplicada resulta ilegítima en tanto vulnera el principio de congruencia y correlativamente, garantías constitucionales como el debido proceso, aplicables al procedimiento disciplinario;
Que por consiguiente y en consonancia con el criterio expuesto en el dictamen jurídico del Ministerio competente, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto, revocando en consecuencia la sanción de diez 10 días de suspensión sin goce de haberes que dicho acto dispuso aplicar;
Que asimismo corresponde el archivo de las actuaciones por no ser factible su prosecución non bis in idem;
Que la Fiscalía de Estado, ha tomado intervención dictaminando en el sentido expuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de apelación jerárquica interpuesto por la Sra. Vanina Mariel Ramallo, agente del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social, por derecho propio y patrocinio letrado constituyendo domicilio legal en calle Córdoba Nº 96, de esta ciudad, contra la Resolución N 0454/13 DIR IAFAS, conforme lo expresado en el presente texto legal.
Art. 2º El Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social, procederá al archivo de las presentes sin más trámite, a partir de la revocación de la Resolución Nº 0454/13 DIR IAFAS, que se deduce del artículo precedente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, notifíquese por Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido pasen al Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
DECRETO Nº 4934 MDS
AMPLIANDO PRESUPUESTO
Paraná, 12 de diciembre de 2014
VISTO:
La necesidad de regularizar saldos de partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio económico financiero 2014; y CONSIDERANDO:
Que de conformidad al artículo 15 de la Ley 10.269 -Presupuesto 2014, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de ampliar el presupuesto general de la Administración Provincial;
Que a tal efecto la División Presupuesto ha elaborado la planilla analítica del recurso y planillas analíticas del gasto correspondientes, las que obran agregadas de fs. 4 a fs. 7 de las presentes actuaciones;
Que la Dirección General de Presupuesto ha tomado intervención de su competencia informando sobre la viabilidad de la gestión, encua-

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drándola en las disposiciones del artículo 15
de la Ley N 10.269- Presupuesto 2014;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Amplíase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2014, de la Jurisdicción 40- Ministerio de Desarrollo Social, Unidad Ejecutora: Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social por la suma de pesos veintidós millones seiscientos cincuenta y seis mil $ 22.656.000,00, conforme se discrimina en la planilla analítica del recurso y analíticas del gasto que adjuntan forman parte del presente.
Art. 2º Encuádrase la modificación establecida en el Artículo anterior en las disposiciones del artículo 15 de la Ley N 10.269- Presupuesto 2014.
Art. 3º El presente decreto será refrendando por los señores Ministros Secretarios de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, remítase copia a la Honorable Legislatura de la Provincia a sus efectos y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero Carlos G. Ramos
DECRETO Nº 4935 MDS
Paraná, 12 de diciembre de 2014
Acordando a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente, pensiones correspondientes a la Ley Provincial N 4035 en su artículo 1, incisos a y c por los conceptos de ancianidad, e invalidez, de acuerdo al sistema de haberes que fija el artículo 2 del Decreto N 4886/86 MAS; a las personas que a continuación se detallan:
Departamento Concordia:
Ancianidad: Almirón Dora Ester; Benítez Juan Carlos; Larrachado Teresa Del Carmen;
Soage Néstor Ramón.
Departamento Federal:
Invalidez: Cabrera Sonia Analía.
Departamento Gualeguay:
Invalidez: Pistola Luis Aníbal.
Departamento La Paz:
Ancianidad: Vélez Luis Fermín.
Departamento Nogoyá:
Invalidez: Martínez María Rosa.
Departamento Paraná:
Paraná Ciudad:
Ancianidad: Bainella Luis Daniel; Barrios Edicta Victorina; Barrios Miguel Angel; Bergara José María Saturnino; Biaggini Silvia Inés; Cabeza Manuel; Colella Edmundo Alfredo; Fosgt Vilma Walquiria; Godoy Miguel Aníbal; González Juan Alberto; González Ramón Juan; Ledesma David Emilio; Lescano Marta Beatríz;
Ornetti Susana Teresa; Pereira María Del Rosario; Reinoso Julio Roberto; Ribero Teresa Noemí; Rodríguez Ismael Florentino; Santini Carlos Adalberto; Torres Silvia Elena.
Invalidez: Blasetti José Luis; Fernández Graciela Noemí; Giménez Julio Alberto; Ledesma Rosanna Gisella; Pérez Guadalupe Inés; Rodríguez José Ricardo; Sosa Rubén Darío;
Waeffler María Inés.
Departamento Tala:
Invalidez: Domínguez Martín Oscar.

MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 4150 MS
Paraná, 17 de noviembre de 2014
Reconociendo de interés ministerial la realización del Segundo Curso de Radiofísica Sanitaria, organizadas por la Universidad Autónoma de Entre Ríos UADER, que se llevó a cabo el día 11 de noviembre de 2014, en la Casa de la Cultura de la ciudad General Ramírez.-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/6/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date10/06/2015

Page count20

Edition count4787

Première édition01/12/2003

Dernière édition15/07/2024

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