Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 7 de agosto de 2014
Ejecutora: Bibliotecas de la Provincia, conforme a la planilla Anexo III que agregada forma parte integrante del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 10.269 de Presupuesto 2014.
Reubicando a partir de la fecha del dictado del presente a la agente Adriana B. Gerstner, DNI N 20.100.912 Leg. N 169.779, categoría 10 perteneciente a la planta permanente de la Biblioteca Provincial de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación, en el Agrupamiento Profesional - Tramo B.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a abonar a la agente Gerstner, los pagos resultantes de lo dispuesto.
DECRETO Nº 1305 MCyC
Paraná, 14 de mayo de 2014
Dando por finalizadas las funciones de Jefe del Departamento Coordinación Gráfica de la Editorial de Entre Ríos, otorgadas a la agente María Cecilia Gallino, DNI N 25.546.799, Legajo N154.773, categoría 4- Prof. C, a partir de la fecha del presente, con la correspondiente baja del código 206- adicional por función 30%.
DECRETO Nº 1358 MCyC
APROBANDO CONCURSO
Paraná, 21 de mayo de 2014
VISTO:
La gestión iniciada por el Director del Instituto Audiovisual de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se interesa el dictado del instrumento legal correspondiente que permita la realización del Concurso Memoria Ciclo Presentes, para la producción de micros audiovisuales sobre los entrerrianos víctimas del Terrorismo de Estado implantado por la última dictadura cívico militar, destinándose para su implementación la suma total de hasta pesos ciento ochenta y siete mil $ 187.000,00
en concepto de premios y cuotas de acuerdo a las bases del certamen; y Que el ciclo prevé la realización de ciento setenta y nueve 179 micros documentales de tres 3 minutos de duración, siendo dirigida la convocatoria a realizadores audiovisuales entrerrianos con domicilio en provincia de un mínimo de dos 2 años de antigedad; y Que el plazo de dicha convocatoria se fijó desde el 21 de mayo al 26 de junio del corriente, estableciéndose asimismo ocho 8 zonas geográficas en las que se dividió el territorio provincial para facilitar la producción de los micros documentales; y Que esta previsto un plazo de quince 15
días posteriores al cierre de la convocatoria para la consideración de los trabajos presentados, por medio de un jurado conformado por cinco miembros a designar, correspondiendo dos 2 al Ministerio de Cultura y Comunicación; uno 1 al Registro Unico de la Verdad de la Provincia de Entre Ríos; uno 1 a la Universidad Autónoma de Entre Ríos UADER y uno 1 a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Entre Ríos, que proclamará un ganador por zona, los cuales deberán firmar un contrato de locación de obra para la realización de micros documentales adjudicados de acuerdo a las zonas establecidas en el concurso arriba citado, con el Ministerio de Cultura y Comunicación, que comprende la cesión de derechos de autor y asimismo y por el solo hecho de resultar ganador, será acreedor a una suma de dinero según la zona a la que corresponda, tomando a su cargo y costo la etapa de pre-producción; y Que el objetivo declarado del Ciclo, es que los contenidos que surjan de la convocatoria, pueden contribuir a mantener viva la memoria, la reflexión y el debate de los entrerrianos para que Nunca Más, volvamos a padecer una experiencia similar; y Que obran en autos de fs. 04 a 21, bases y condiciones del concurso; y Que la Dirección General de Asuntos Jurídi-

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cos del Ministerio de Cultura y Comunicación, emite dictamen de competencia a fs. 24/25; y Que de fs. 27 a 29, constan reserva preventiva del gasto e informe de competencia de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, con la debida intervención de la señora contadora auditora delegada de la Contaduría General de la Provincia; y Que la presente gestión debe encuadrarse en las disposiciones del articulo 10 inciso 9, siguientes y concordantes de la Ley N 10.093
y en el artículo 27, inciso c apartado b punto 3 del Decreto N 404/95, texto único y ordenado de la Ley de Contabilidad N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley 8964, concordante con el artículo 142, inciso 4, apartados a y b del Decreto N 795/96 MEOSP de Reglamentación de las Contrataciones del Estado, y sus modificatorios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase el llamado al concurso que lleva como título Memoria Ciclo Presentes, para la producción de micros audiovisuales sobre los entrerrianos víctimas del Terrorismo de Estado implantado por la última dictadura cívico militar, organizado por el Instituto Audiovisual de Entre Ríos dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación, de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Apruébanse las bases y condiciones del concurso que lleva como título Memoria - Ciclo Presentes, para la producción del micros audiovisuales sobre los entrerrianos víctimas del Terrorismo de Estado implantado por la última dictadura cívico militar organizado por el Instituto Audiovisual de Entre Ríos, y que se adjuntan a la presente como anexos.
Art. 3º Autorízase al señor Director del Instituto Audiovisual de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación a formalizar los contratos de locación de obra y de cesión de derechos de autor, con los realizadores audiovisuales ganadores resultantes del veredicto inapelable del jurado convocado a tal fin, hasta la suma de pesos ciento ochenta y siete mil $ 187.000,00 en concepto de premios y cuotas de acuerdo a lo dispuesto en las bases aprobadas en el artículo precedente.
Art. 4º Encuádrase la gestión en las disposiciones del articulo 10 inciso 9, siguientes y concordantes de la Ley N 10.093, y en el artículo 27, inciso c apartado b punto 3 del Decreto N 404/95, texto único y ordenado de la Ley de Contabilidad N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley 8.964, concordante con el artículo 142, inciso 4, apartados a y b del Decreto N 795/96 MEOSP de Reglamentación de las Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Art. 5º Impútese el gasto a: DA 986, Carácter 1, Jurisdicción 60, Subjurisdicción 02, Entidad 0000, Programa 23, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 3, Función 48, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente 0001, Inciso 3, partida Principal 9, Partida Parcial 9, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 6º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a hacer efectivos los pagos que resultaren de la aplicación del artículo 3 del presente.
Art. 7º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Cultura y Comunicación.
Art. 8º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia de la presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Pedro Báez
5 DECRETO Nº 1361 MCyC
Paraná, 27 de mayo de 2014
Dejando sin efecto la designación dispuesta por Decreto Nº 915/12 MCyC, de fecha 11 de abril de 2012, de la Profesora María Constanza Carbone, DNI 28.768.457, como Coordinadora de Políticas Culturales y Cooperación, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Culturales de la Secretaría de Cultura y Comunicación del Ministerio de Cultura y Comunicación, a partir de la fecha del dictado del presente.
Designando Coordinador de Políticas Culturales y Cooperación dependiente de la Subsecretaría de Políticas Culturales de la Secretaría de Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación, al Licenciado en Psicología Francisco Antonio Senegaglia, MI N 18.241.557, domiciliado en Calle 19 Nº 319 en La Plata, Provincia de Buenos Aires, a partir del dictado del presente.
Disponiendo que por la Dirección de Administración Jurisdiccional se liquide y abone al Licenciado Senegaglia los haberes pertinentes, así como los viáticos y cualquier otro emolumento que perciban los funcionarios políticos Ley 8620, conforme al nivel correspondiente al de funcionario político cargo 41 Ley 8620, de acuerdo a la designación dispuesta.

CONSEJO GENERAL DE
EDUCACION
RESOLUCION Nº 0934 CGE
DESIGNANDO EVALUADORES
Paraná, 27 de marzo de 2014
VISTO:
La Resolución N 0500 CGE de fecha 28 de febrero de 2013; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se convocó a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición para la titularización en los cargos de Director/Rector y Vicedirector/Vicerrector de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Especial, Educación de Jóvenes y Adultos, Educación Secundaria y Educación Técnico Profesional;
Que mediante Resolución Nº 1052 CGE de fecha 17 de abril de 2013 se convocó a inscripción de los equipos de Capacitadores - Evaluadores del Concurso mencionado, estableciéndose a la vez los perfiles y requisitos que deben cumplimentar los profesionales que se desempeñarán en las funciones mencionadas;
Que se ha procedido a la selección de los Evaluadores del Coloquio final, previsto en el Anexo I, punto V, inciso d de la Resolución N
0500/13 CGE;
Que a los Evaluadores seleccionados se les reconoce idoneidad profesional, actualización y perfeccionamiento y compromiso con la formación de los equipos directivos como líderes en el proceso de gobernabilidad institucional, motivo por el cual son los únicos responsables de la evaluación de esta instancia del Concurso de Oposición;
Que debido a la temporalidad de su designación, es necesario autorizar a excederse en horas de cátedra de lo establecido en el Régimen de Incompatibilidades vigente, hasta la finalización de la evaluación del Coloquio final;
Que por Resolución Nº 4175/13 CGE se ha imputado mil setecientas cincuenta y dos 1.752 horas cátedra de Nivel Superior destinadas a viabilizar las últimas instancias del Concurso de ascenso;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 263
de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y del Artículo 166º, inciso g de la Ley de Educación Provincial Nº 9.890 que faculta al Consejo General de Educación a aprobar la reglamentación de los concursos docentes;
Por ello;
El Consejo General de Educación R E S U E L V E :
Art. 1º.- Designar a los Evaluadores del Coloquio final, instancia prevista en el Anexo I Punto V - Inciso d de la Resolución Nº 0500/13

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date07/08/2014

Page count24

Edition count4796

Première édition01/12/2003

Dernière édition26/07/2024

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