Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 7 de agosto de 2014

BOLETIN OFICIAL

E de 68,87 m., linda con calle Paraná, partida Nº 104.853, para que en el plazo de diez 10
días, comparezcan por ante el Municipio y lo acrediten.
San José de Feliciano, 17 de junio de 2014
Silvia del C. Moreno, presidenta municipal.
F.C.S. 00102368 3 v./7.8.14

CITACION
NUEVA

PARANA
a JORGE ALBERTO SANCHEZ
Por disposición del instructor Of. Ayte. Villalba Diego E., a cargo de actuaciones administrativas que recae al encartado Sargento de Policía Jorge Alberto Sánchez, LP N 22602, DNI N 22.015.462, incoadas a tenor del Art.
59 Inc. e del RPG Ley 5654/75, sustanciada para la comprobación de eventual disminución de actitudes físicas o mentales que impidan el correcto desempeño del cargo, por la patología detectada en su persona por la Junta Médica Superior N2500/13, y si la misma guarda o no relación con el servicio policial.
La que fuera impulsada por el Jefe Dptal.
Concordia Crio. Insp. Schierloh Gustavo, con el temperamento de información sumaria, Res olu ción JC A OAI N 0 89/ 14 , fe cha da el 16.6.14.
Cítese mediante edicto de citación, al encartado, Sargento SANCHEZ JORGE ALBERTO, en forma y por el término dispuesto en el Art.
154 del CPP, debiendo dicho edicto ser colocado en lugar de acceso y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, que el mismo deberá concurrir a la mayor brevedad en la ciudad de Concordia, Comisaría Tercera, sita en calle Estrada y Moreno, en horarios matutino, a los fines de ser notificado y toma de conocimiento.
F. 00015282 3 v./11.8.14

COMUNICADO
ANTERIOR

PARANA
INSTITUTO AUTARQUICO DE
PLANEAMIENTO Y VIVIENDA
Mediante el presente se comunica a los Sres.
José D. Ferreyra, MI Nº 12.116.044 y Elsa Díaz, MI Nº 12.781.289, que en el Expediente Nº 34503-58528-2001, caratulado Domínguez Aldo, ha recaído la Resolución de Directorio IAPV Nº 1767, de fecha 29 de julio de 2014, la cual dispone:
Art. 1º: Dejar sin efecto el Art. 1 de la Resolución de Directorio Nº 1992, en mérito a lo expresado en los considerandos que anteceden.
Art. 2º: Desadjudicar a Ferreyra José D., MI
Nº 12.116.044 y a Díaz Elsa y en consecuencia revocar la tenencia precaria otorgada respecto de la vivienda identificada como Nº 5, manzana D del Grupo Habitacional 158 Viviendas Concordia I, de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, en mérito a lo expresado en los considerandos que anteceden.
Art. 3º: Dar conocimiento de este instrumento a la Gerencia Comercial. Remitir copia del mismo al Area Escrituraciones y Boletos, Area Social, Departamento Cobranzas.
Art. 4º: Notificar fehacientemente la presente resolución a los desadjudicados mediante publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5º: Autorizar a iniciar acciones legales contra Ferreyra José, D., MI Nº 12.116.044 y a Díaz Elsa.
Art. 6º: Oportunamente disponer de la vivienda objeto de las presentes actuaciones, procediéndose a una nueva tasación, adjudicación y venta.
Art. 7º: Comunicar y archivar.
Iván Rubén Darío Rodríguez, secretario Directorio IAPV.
F. 00015274 3 v./7.8.14

23

TRANSFERENCIA DE
FONDO DE COMERCIO
ANTERIOR

CONCORDIA
El abogado Dr. Enrique Oscar Bacigaluppe, M. 2131 F59 T.I, con oficinas en la calle San Luis N 854 de la ciudad de Concordia ER, avisa al comercio en general que Alfonso Fasana o Alfonso Fasana DAngelo, uruguayo, DNI N 92.485.319, CUIT 20-92485319-1, casado en primeras nupcias con Mirta Renee Laxague, domiciliado realmente en la finca de calle Velez Sarsfield N 86, de esta ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, vende a Oscar Roque Pisani, argentino, casado en primeras nupcias con María de las Mercedes Gros, DNI N 10.487.896, CUIT 20-104878963, domiciliado realmente en General Espejo N
1203, de esta ciudad de Concordia ER, el comercio de ventas de carnes por mayor y menor, elaboración y venta de embutidos, que funciona bajo el nombre de fantasía de Alfa Carnes de Alfonso Fasana, sito en la calle San Luis 855, de la ciudad de Concordia ER, libre de deuda y/o gravámenes.
Reclamos de ley en mi oficina de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 y 18 a 20 horas.
Concordia, 1 de agosto de 2014 Enrique Oscar Bacigaluppe Oscar Roque Pisani
Alfonso Fasana.
F.C.S. 00102382 5 v./11.8.14

CESION FIDUCIARIA
DE CREDITOS
ANTERIOR

PARANA
BANCO BICA SA
Se informa que por acta de Directorio Nº 44, de fecha 13 de enero de 2014, se ha resuelto la constitución del Fideicomiso Fidebica XXXIV
por intermedio del cual se ha cedido en propiedad fiduciaria a Rosario Administradora Sociedad Fiduciaria SA, en calidad de fiduciario no a título personal del Fideicomiso Financiero Fidebica XXXIV, créditos de titularidad de Banco Bica SA, originados en consumos realizados por titulares de la Tarjeta de Crédito Carta 10. Por tal motivo se hace saber a los tarjetahabientes titulares de la Tarjeta de Crédito Carta 10, cuyas solicitudes de tarjeta de crédito hubiesen sido otorgadas con anterioridad a septiembre de 2003, que los créditos que se hubiesen generado por consumos derivados de la utilización de la Tarjeta de Crédito Carta 10, han sido cedidos a Rosario Administradora Sociedad Fiduciaria SA, en calidad de fiduciario del Fideicomiso Financiero Fidebica XXXIV, subrogándose en todos los derechos que le correspondían a Banco Bica SA, respecto a los mismos.
La presentes importa notificación en los términos del Art. 1467 del Código Civil.
Paraná, 31 de julio de 2014 Luis Angel Puig, presidente.
F.C.S. 00102404 3 v./8.8.14

CESION DE CUOTAS
NUEVA

PARANA
PERSEO SRL
En la ciudad de Paraná, a los treinta días del mes de mayo de 2014, entre Florentina Rosa CONFALONIERI, MI 5.358.887, CUIT N 2705358887-0, soltera, nacida el diecisiete de
octubre de mil novecientos dieciocho, domiciliada en calle Santiago del Estero N 435, primer piso, Dpto. 3, jubilada y Miryan Emilce ROMANUT, MI 3.957.125, CUIT 27-039571256, soltera, nacida el dos de agosto de mil novecientos cuarenta y uno, profesora, domiciliada en calle Maipú N 636; por una parte denominada en adelante las cedentes y por la otra parte denominada en adelante los cesionarios;
el Sr. Mauricio Emilio Benintende, MI
10.499.154, CUIT N 20-10499154-9, casado en primeras nupcias con Marta Cristina Rodríguez, domiciliado en calle Cervantes N 48, de la ciudad de Paraná, nacido el tres de junio de mil novecientos cincuenta y dos, ingeniero; y la Sra. Gabriela Emilia BENINTENDE, MI
31.017.194, CUIT 27-31017194-3, casada en primeras nupcias con Mariano Chiapino, domiciliada en calle Montevideo N264, planta baja B de la ciudad de Paraná, nacida el 15 de julio de mil novecientos ochenta y cuatro, médica;
quienes convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales.
PRIMERO: Las cedentes, que son titulares de seiscientas 600 cuotas sociales cada una representativa de la totalidad del capital social de la sociedad denominada PERSEO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA según surge de contrato de cesión de cuotas sociales del catorce de julio de dos mil cinco, inscripto en el Registro Público de Comercio el 6 de diciembre de 2005, legajo número 1778
Sección Legajo Social, ceden con carácter oneroso la totalidad de las cuotas sociales de las que son titulares a los cesionarios quienes las adquieren de la siguiente forma: El Sr.
Mauricio Emilio Benintende, la cantidad de novecientas sesenta 960 cuotas y la Sra. Gabriela Emilia BENINTENDE, la cantidad de doscientas cuarenta 240 cuotas.
SEGUNDO: Las cedentes, manifiestan que no se encuentran inhibidas para ceder y que sobre las cuotas sociales cedidas no pesa embargo, reserva o limitación alguna que implique una falta de capacidad para disponer de las mismas. Se constituyen como fiadores lisos y llanos de la legitimidad y existencia de las cuotas cedidas.
TERCERO: El precio de esta cesión se pacta en la suma de pesos ciento veinte mil $
120.000,00 por las mil doscientas 1.200 cuotas sociales, suma que es abonada proporcionalmente en este acto por los cesionarios a las cedentes en efectivo y que es recibida de conformidad, sirviendo el presente de único, suficiente recibo y carta de pago total.
CUARTO: Las cedentes transmiten a los cesionarios todos y cada uno de los derechos que les pertenezcan o puedan corresponderles en razón de su calidad de titulares de los derechos cedidos, colocándose los cesionarios en el mismo lugar, grado y prelación que les correspondió, quedando las cedentes total y definitivamente separadas, no pudiendo realizar reclamos de ninguna índole o naturaleza, con absoluta subrogación por parte de los cesionarios del lugar, grado y prelación que poseían las cedentes.
QUINTO: Con la presente cesión se modifica la cláusula cuarta del contrato social de PERSEO S.R.L. que queda redactada de la siguiente manera:
CUARTA: El capital social se establece en pesos doce mil $ 12.000, divididos en mil doscientas 1.200 cuotas de pesos diez $ 10
cada una. Los socios suscriben las cuotas conforme a continuación se detalla: Mauricio Emilio Benintende, la cantidad de novecientas sesenta 960 cuotas; la Sra. Gabriela Emilia BENINTENDE, la cantidad de doscientas cuarenta 240.
SEXTO: las partes constituyen domicilio en los antes indicado y autorizan a efectos de la inscripción en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos al abogado Mariano Chiapino, quien podrá presentar y retirar documentación, notificarse y prestar conformidad. Se

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date07/08/2014

Page count24

Edition count4796

Première édition01/12/2003

Dernière édition26/07/2024

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