Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/1/2014

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Nº 25.382 - 011/14

PARANA, jueves 16 de enero de 2014

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE TURISMO
DECRETO Nº 3342 MTUR
ACEPTANDO ADSCRIPCION
Paraná, 23 de septiembre de 2013
VISTO:
El Decreto N 1267/2012, del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú; y CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, el mencionado organismo, autorizó la adscripción de la agente Villagra María Luz DNI N21.428.358, al Ministerio de Turismo de Entre Ríos, a partir del día 24.5.2012 y mientras permanezca en dichas funciones;
Que han tomado intervención de competencia la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y la Delegación de la Contaduría General de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Acép ta se la a dsc ripción de la agente Villagra Maria Luz DNI Nº 21.428.358, dispuesto por Decreto N 1267/2012 del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú al Ministerio de Turismo de Entre Ríos, con vigencia a partir del 24 de mayo de 2012 y hasta que permanezca en sus funciones en el citado organismo provincial.
Art. 2º Dispóngase el otorgamiento de la bonificación especial instituida por Decreto N
1824 GOB, de fecha 22 de mayo de 2003, a la mencionada agente, con retroactividad a la
EDICION: 16 Págs. - $ 3,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Cr. D. Hugo Alberto Ballay
fecha establecida en el artículo primero de la presente norma legal, en el marco de lo dispuesto por Decreto N 1532/04 GOB.
Art. 3º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 977 - Carácter 1 - Jurisdicción 65 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 4 - Función 73 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 3/4/6 - Subparcial 1169/1001/1031/1051 - Departamento 84 Ubicación Geográfica 07 - del presupuesto vigente.
Art. 4º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a efectuar la liquidación y efectivizar el pago resultante en conformidad a lo establecido en el artículo 2 del presente decreto.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y archívese, con copia del presente pasar las actuaciones a lo Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo Marsó
MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 3329 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 23 de septiembre de 2013
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Mastaglia, Magda Frine;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 3 de sep-

tiembre de 2013, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 849297, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 4 de julio 2012 en presidencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos;
Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra.
Mastaglia, Magda Frine, con domicilio legal en calle Laprida N 374, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Presidencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Trabajo.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/1/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date16/01/2014

Page count16

Edition count4776

Première édition01/12/2003

Dernière édition26/06/2024

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