Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2013

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

28

BOLETIN OFICIAL

Directorio: por asamblea general ordinaria de accionistas, de fecha 8.3.13, se resolvió por unanimidad la integración del directorio de la siguiente forma: presidente Omar Andrés Masetto, DNI 10.646.710, CUIT 20-10646710-3;
domiciliado en Avda. 9 de Julio 2155, Chajarí ER; directora suplente Leonor Graciela Ziloni, DNI 13.171.678, CUIL 27-13171678-3, domiciliada Avda. 9 de Julio 2155, Chajarí ER.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 3 de setiembre de 2013 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00094876 1 v./19.9.13

CONTRATO
NUEVO

C. DEL URUGUAY
RED VIAL SA
Por resolución del Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto publicar por un día el siguiente edicto correspondiente al acto constitutivo de RED VIAL SOCIEDAD
ANONIMA.
Accionistas: JULIO RICARDO RETAMAL, DNI Nº 26.673.815, nacido el 28/6/1978, de estado civil casado en primeras nupcias con ALFONSINA ANDREA FERRARI, empresario, con domicilio real en calle DOCTOR SCELZI
Nº 985 de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos; y CÉSAR FRANCISCO RETAMAL, DNI Nº 28.410.679, nacido el 15/10/1980, de estado civil soltero, empresario, con domicilio real en calle ALFONSINA
STORNI Nº 1162, de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos.
Lugar y fecha: Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, trece de junio de 2013.Denominacion: RED VIAL SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio: Concepción del Uruguay, Entre Ríos, Argentina.Objeto: Tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros o como contratista, subcontratista o licitante de obra, las siguientes actividades: Construcción:
de cualquier tipo de obra sea pública o privada y mediante cualquier sistema de pago que se convenga, pudiendo también con los procedimientos que considerase oportuno entregar parte de las mismas o su totalidad a terceros subcontratistas.Construir obras en cualquiera de las etapas que técnicamente se planifiquen y especialmente realizar obras como contratistas del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, como asimismo Entes Autárquicos descentralizados o no u organismos internacionales.
Comercialización: realizar la comercialización de obras construidas y/o de bienes, elementos y/o materiales, siempre relacionados con la construcción, como también adquirir inmuebles para su reforma, construcción o ampliación y su posterior comercialización.Transporte: transportar por vías terrestres, fluviales o marítimas todo tipo de materiales de construcción y/o elementos necesarios para el logro del objetivo social.Importación y exportación: de todos los artículos relacionados con las actividades del objeto social, como así también la actividad de comercio exterior para terceros.
Explotación de recursos naturales: explotación en todas sus formas de recursos naturales, extracción de minerales, canteras de broza, piedra, arena y demás material extraíbles, siempre para la construcción de obras.A los efectos de cumplir con el objeto social, la sociedad podrá formar parte de uniones transitorias de empresas y/o agrupaciones de colaboración conforme lo normado por la ley de sociedades comerciales, realizar toda clase de
operaciones, actos y contratos que fueren necesarios o convenientes para su desenvolvimiento. Podrá comprar, vender, permutar, dar y tomar en consignación o depósito, formalizar acuerdos de todo tipo, adquirir bienes muebles o inmuebles y asimismo enajenarlos, obtener y otorgar créditos, entrar en juicios como actora, demandada, transar o desistir, compensar, comprometer en árbitros, recibir o dar en pago, otorgar poderes generales o especiales, revocarlos y/o reasumirlos.
La sociedad podrá también contraer préstamos y operar con descuentos de documentos con todas las instituciones financieras y bancarias, ya sean públicas o privadas, pudiendo la sociedad realizar a través de su Presidente cuantos más actos sean necesarios para el cumplimiento del objeto social, en un todo de acuerdo con las disposiciones del Código Civil y de la Ley de Sociedades Comerciales, sin necesidad de mandato expreso.Plazo: su duración es de noventa y nueve años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio correspondiente a esta jurisdicción.Capital social: el capital social es de pesos ciento cincuenta mil $ 150.000, representado por ciento cincuenta 150 acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a cinco votos cada una, y valor nominal de mil pesos $ 1.000 por acción.- Por decisión de la Asamblea General Ordinaria el capital puede aumentarse en la forma y hasta el máximo que permite el artículo 188 de la Ley de Sociedades Comerciales.La Asamblea podrá delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago.- La resolución de la Asamblea y del Directorio, en su caso se inscribirá y publicará.Dirección y administración: La Dirección y Administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio, compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de tres 3, con mandato por tres 3 ejercicios anuales corridos, no obstante lo cual permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados y podrán ser reelectos indefinidamente.Los Directores podrán ser accionistas o no.La Asamblea designará suplentes en igual y/o mayor número que los titulares y por el mismo plazo que los mismos a fin de llenar las vacantes que se produjeran.- En caso de directorio plural, los directores electos deberán designar en su primera sesión un Presidente y un Vicepresidente, que reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento.- El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de los presentes, siendo decisivo el voto del Presidente en caso de empate.- La Asamblea fijará la remuneración del Directorio.Fiscalizacion: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los accionistas con los alcances del Art. 55 de la Ley Nº 19.550, prescindiéndose de la Sindicatura de conformidad con lo establecido en el artículo 284 de la misma.Fecha de cierre del ejercicio: el ejercicio social se cierra el 31 de mayo de cada año.Sede social: Se fija la dirección de la sede social en la calle Doctor Scelzi Nº 985 de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos.Directorio: i Directorio: el primer directorio estará compuesto de un 1 solo director, designándose por unanimidad como presidente al Sr. CÉSAR FRANCISCO RETAMAL, MI Nº 28.410.679, y como director suplente a JULIO
RICARDO RETAMAL, MI Nº 26.673.815; quienes aceptan sus cargos, declaran no estar comprendidos en ninguna prohibición ni incompatibilidad legal, fijándose el inicio del mandato a partir de este estatuto constitutivo, finalizando el mismo el próximo 31/05/16.Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 13 de setiembre de 2013 Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00094868 1 v./19.9.13

Paraná, jueves 19 de septiembre de 2013

SUMARIO
DECRETOS
Año 2013
Ministerio de Trabajo 2106, 2107, 2111
Ministerio de Turismo 2397
RESOLUCIONES
Unidad Ejecutora Provincial Año 2012
207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
R e gist ro d e la Propied ad In te lect ual 299.323. Se edita los días hábiles.
MIGUEL LUIS MONTENEGRO
Director Dirección, Administración, Talleres y Publicaciones:
CORDOBA Nº 327
PARANA Entre Ríos C.P. 3100
Telefax 0343 4207805 - 4207926
miguelmontenegro@entrerios.gov.ar Suscripciones y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805

IMPORTANTE
Los PAGOS de FACTURAS por publicaciones y trabajos realizados, deberán efectivizarse en la IMPRENTA OFICIAL .
Córdoba 327 - de 7 a 12 hs. - Tel.:03434207805/7926 .
Email:
imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar Los cheques deben emitirse a la orden de TESORERIA GENERAL DE LA
PROVINCIA, c o n f o r m e l o d i s p u e s t o según Decreto Nº 3792/11 MEHF.
Las órdenes de pago o libramientos, efectuados por intermedio de T E S O R E R I A G E N E R A L, deberán informarse previamente a esta Repartición Imprenta Oficial para que tome conocimiento.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date19/09/2013

Page count28

Edition count4781

Première édition01/12/2003

Dernière édition04/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2013>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930