Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/8/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Salud Mental del Hospital Materno Infantil San Roque de esta ciudad, en el período comprendido entre el 15.10.09 al 31.12.11, según lo establecido por la Ley 8281.
Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por los artículos 1 y 6 de la Ley 8281
y s u D e c r e t o R e g la m e n t a r io N 2 1 7 3 / 9 0
MBSCYE.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar los adicionales por dedicación exclusiva y riesgo en salud mental al agente Emanuel Nesa, DNI N 26.332.421, Personal Suplente Extraordinario con funciones de Profesional Asistente en el Servicio de Salud Mental del Hospital Materno Infantil San Roque de esta ciudad, conforme a lo dispuesto.
DECRETO Nº 1934 MS
Paraná, 2 de julio de 2013
Aprobando la Contratación Directa -Vía Excepción -con el Ministerio de Salud de la Nación -INCUCAI de Capital Federal -Buenos Aires-, en concepto de gastos a modulo II Procuración de Células Progenitoras Hematopoyeticas Provenientes De Donante No Emparentado destinado a la paciente Mía Mailen Yancovich, DNI N 52.492.045, en el mes de septiembre/12 derivado del sector público por ser de alta complejidad, según Factura C Nº 0002-00002188 de fecha 21.12.12 por la suma de $ 140.000,00, obrante a fs. 2 de autos.
Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140 -texto único y ordenado Decreto N 404/95 MEOSP -artículo 27- inciso c -apartado b -punto 3 -concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP -artículo 142-inciso 4 -puntos a y b -Decreto modificatorio N 1755/11 MEHF.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a efectuar el pago al Ministerio de Salud de la Nación -INCUCAI de Capital Federal - Buenos Aires-, por medio de la Tesorería General de la Provincia por la suma total de $ 140.000,00, en virtud a lo aprobado, con cargo a rendir cuenta al Tribunal de Cuentas de la Provincia.
DECRETO Nº 1935 MS
Paraná, 2 de julio de 2013
Reconociendo las funciones desempeñadas como Administradora del Hospital Gemes de Estación Parera, a la Sra. Eva María Rodríguez, Legajo N 171.909, categoría 10- Carrera Administrativa - Escalafón General-, como asimismo el adicional por responsabilidad funcional, a partir del 3.10.06 hasta la fecha del presente.
Asignando en forma transitoria las funciones de Administradora del Hospital Gemes de Estación Parera, a la Sra. Eva María Rodríguez, Legajo N 171.909, categoría 10 -Carrera Administrativa -Escalafón General-, como asimismo otórgase el adicional por responsabilidad funcional, a partir de la fecha del presente y mientras se desempeñe en las mismas.
Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por los Decretos Ns 4458/90 MGJEOySP, 5384/03 GOB, 2426/04 GOB y 7376/08
GOB.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago del adicional por responsabilidad funcional, a la Sra. Eva María Rodríguez, Legajo N 171.909, conforme a lo reconocido.
DECRETO Nº 1936 MS
Paraná, 2 de julio de 2013
Rescindiendo el contrato de locación de servicios de la agente Cynthia Natalia Antonella Atum, DNI N30.164.029, quien desempeñaba funciones de asesora legal en el ámbito de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, encomendadas mediante Decreto N
3751/11, a partir del 1.2.12.

BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 1937 MS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 2 de julio de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Sergio Osvaldo Almirón, DNI N
12.772.868, interpone recurso de gracia contra el Decreto N 1300/02 SES por el que se le aplicó la sanción de cesantía; y CONSIDERANDO:
Que de los antecedentes obrantes en autos, surge que conforme lo prevé los artículos 78
y 79 de la Ley 7060 de Procedimiento para Trámites Administrativos, el recurso de gracia se interpondrá en cualquier tiempo y procederá ante la misma autoridad que ha dictado una resolución para obtener su modificación por razones de equidad teniendo como único límite las normas jurídicas vigentes, por lo que el recurso incoado debe ser considerado formalmente procedente;
Que del análisis del presente surge que el recurrente ya había articulado otra presentación graciable anterior con idéntica finalidad tal petición motivó el dictado del Decreto N
5822/05 MSAS, que desestimó la pretensión del apelante, así al analizar este segundo recurso corresponde señalar que en anteriores casos frente a situaciones análogas, la posibilidad del administrado de acudir al empleo de este especial mecanismo recursivo no importa habilitar la apertura de la instancia sine die, de modo tal que el particular pueda interponer, invocando razones de equidad sucesivos recursos graciables para intentar conmover decisiones que le disconforman;
Que un entendimiento contrario significaría abrir la instancia administrativa o consentir la posibilidad de prolongación o continuidad del procedimiento administrativo sin solución de continuidad, vulnerando principios, derechos y garantías e institutos tendientes a su salvaguarda, como los de la seguridad jurídica y la cosa juzgada administrativa, en el presente caso los actos cuestionados por el Sr. Almirón, resuelven en sentido contrario a sus intereses, se trata de actos firmen emanados del Poder Ejecutivo Provincial;
Que el quejoso nuevamente interpone un remedio graciable para intentar modificar la decisión que le disconforma pretendiendo que ésta sea revisada por la máxima autoridad administrativa, quien ya se expidió acerca de su pretensión, haciéndolo con fundamento en las mismas razones de equidad invocadas anteriormente persecución política y/o discriminación a cuya luz el impugnante espera que sea reexaminada su situación en esta segunda oportunidad;
Que la Fiscalía de Estado, ha tomado la intervención pertinente;
Que conforme lo expuesto en los considerandos precedentes y de los elementos obrantes en autos, resulta procedente rechazar el recurso de gracia interpuesto por el Sr. Sergio Osvaldo Almirón, DNI N 12.772.868, contra el Decreto N 1300/02 SES;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de gracia impetrado por el Sr. Sergio Osvaldo Almirón, DNI N 12.772.868, contra el Decreto N
1300/02 S.E.S., de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 3º Comuníquese, notifíquese al recurrente al domicilio de calle Luis Agote y Fleming N 704 de Paraná, por intermedio del Departamento Mesa de Entradas del Ministerio de Salud, de lo dispuesto en el presente Decreto, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour
Paraná, miércoles 28 de agosto de 2013
DECRETO Nº 1938 MS
Paraná, 2 de julio de 2013
Reconociendo la licencia con goce de haberes - vía excepción, a la Dra. Margarita del Valle Zerda, Legajo N 103.780, quien revista como Médico i de Guardia - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria -Escalafón Sanidad del Hospital San José de Federación, a partir del 25.5.12 y por el término de 180 días, para la atención de su padre Rubén Darío Zerda.
DECRETO Nº 1939 MS
Paraná, 2 de julio de 2013
Modificando lo planta de cargos de personal permanente del presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2013 de la Jurisdicción 45: Ministerio de Salud, -Unidad Ejecutora: Dirección del Hospital San Martín, conforme a la planilla Anexo III, la que agregada forma parte integrante del presente, en virtud a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 10178.
Reubicando a partir de la fecha del presente, con carácter transitorio y hasta tanto se dicte la reglamentación de la Ley 9755 y modificatoria 9811 y se dispongan los modos en que habrán de operarse los ajustes correspondientes paro las adecuaciones al nuevo escalafón, la agente María Rosa Scorciapino, Legajo N
55.870, actual categoría 2 -Administrativo y Técnico -Administrativo -c Supervisión -Escalafón General, en un cargo categoría 2 -Profesional Universitario -Profesional -b Profesional B -Escalafón General del Hospital San Martín de Paraná.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a liquidar y efectivizar a la agente María Rosa Scorciapino, Legajo N 55.870, lo suma que correspondo en concepto de lo dispuesto.
DECRETO Nº 1940 MS
DEJANDO SIN EFECTO DECRETO
Paraná, 2 de julio de 2013
VISTO:
El Decreto N 4226 MS de fecha 30 de octubre de 2009; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado texto legal se adscribió al agente Cristian Adrián Godoy, Legajo N
145.065 quien revista en el cargo categoría 06
- Personal Obrero y Maestranza - Escalafón General del Centro de Salud Dr. Humberto DAngelo de Paraná a la Municipalidad de esta localidad;
Que conforme a lo solicitado en autos es procedente dejar sin efecto la adscripción a dicho organismo, en virtud de haber desaparecido las razones que motivaron la misma, a partir del 10.12.11;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha dictaminado al respecto;
Que la Dirección General de Personal ha tomado la intervención que le compete conforme a lo dispuesto por el Decreto N 2900/71
SGG;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Déjase sin efecto lo dispuesto por Decreto N 4226 MS de fecha 30 de octubre de 2009, mediante el cual se adscribió al agente Cristian Adrián Godoy, Legajo N 145.065
quien revista en el cargo categoría 06 - Personal Obrero y Maestranza - Escalafón General del Centro de Salud Dr. Humberto DAngelo"
de Paraná a la Municipalidad de esta localidad, a partir del 10.12.11, conforme a lo expuesto precedentemente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/8/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date28/08/2013

Page count24

Edition count4785

Première édition01/12/2003

Dernière édition11/07/2024

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