Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/8/2013

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

2
111757, partida provincial N 32135-9, que consta de una superficie total de 429 has. 66
as. 33 cas., cuyos límites y linderos son:
NORTE: recta 1-2 al rumbo S 79 04? E de 1.664,20 m., con Ruta Provincial N 32.
ESTE: recta 2-3 al rumbo S 9 25 O de 2.554,30 m., con Varisco Hnos., y con Lydia C.
Colomer de Hasenkamp.
SUR: recta 3-4 al rumbo N 79 06 O de 1.700,60 m., con Eduardo A. Ziegler y otros.
OESTE: recta 4-1 al rumbo N 10 14 E de 2.554,50 m., con Eduardo A. Ziegler y otros con Juan María Schoenfeld y otro y con Kalper SA.
Art. 2: Establézcase como destino del inmueble declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación por el artículo 1 el emplazamiento del Area Industrial de la ciudad de Hasenkamp, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos.
Art. 3: Facúltase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el gasto que demande lo dispuesto, en mérito a la tasación que efectuará el Consejo Provincial de Tasaciones.
Art. 4: Encomiéndase a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos, la promoción de las acciones judiciales respectivas, cuya necesidad será determinada por el Poder Ejecutivo Provincial.
Art. 5º: Comuníquese, etc.
Paraná, Sala de Sesiones, 17 de julio de 2013
José Orlando Cáceres Presidente H.Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H.Cámara Senadores José A. Allende Presidente H.Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 5 de agosto de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 5 de agosto de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10228. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10229
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Crase un Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes con jurisdicción en el Dpto. Tala.
Art. 2º: Créase un cargo de Juez y dos cargos de secretarios uno para causas civiles y otro para causas penales.
Art. 3º: El Superior Tribunal de Justicia efectuará las normativas necesarias para el nuevo Juzgado y procederá a las designaciones del personal. El Juzgado asumirá la jurisdicción y competencias correspondientes.
Art. 4º: Autorízase al Poder Judicial a llevar adelante las reestructuraciones y adecuaciones presupuestarias necesarias a los efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en la presente normativa.
Art. 5º: Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Paraná, 16 de julio de 2013
Rosario Romero Vicepresidenta 2º H.Cámara Diputados a/c Presidencia Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados César Nelson Garcilazo Vicepresidente 2 H.Cámara Senadores a/c Presidencia Mauro G. Urribarri Secretario H.Cámara Senadores Paraná, 5 de agosto de 2013

BOLETIN OFICIAL
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 5 de agosto de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10229. CONSTE Adán Humberto Bahl.

MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 1807 MGJ
Paraná, 24 de junio de 2013
Disponiendo el pase a retiro obligatorio, sin goce de haberes del Cabo Primero de Policía Dn.
D a rí o R u b é n M a s s a t , c l a s e 1 9 7 5 , M I N
24.300.336, Legajo Personal N 23.486, Legajo Contable N130.458, del numerario de la Jefatura Departamental Paraná, conforme a lo establecido por los artículos 246º y 248º - inciso b de la Ley 5654/75 reformada por Ley 8707.
DECRETO Nº 1808 MGJ
Paraná, 24 de junio de 2013
Autorizando al señor, director del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Dr. Gervasio Pablo Labriola, a formalizar un contrato de locación de inmueble con el presidente Municipal de María Grande, Dr. Hugo Aníbal Maín, respecto de una fracción del inmueble propiedad del Municipio de María Grande, ubicado en Avenida Urquiza N 860 - Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Ómnibus, por un término de 24 meses a partir del 1 de julio de 2013 y por un canon locativo mensual de $
1.000, conforme el modelo de contrato que adjunto forma parte integrante del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 17 inciso b del Decreto Nº 404/95 MEOSP t.u.o. de la Ley N 5140
y sus modificatorios, y en el artículo 118 quater incorporado por el artículo 3 del Decreto Nº 2991/96 MEOYSP al Decreto N 795/96
MEOYSP del Reglamento de Contrataciones del Estado.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y haber efectivos los pagos mensuales que demande el mencionado contrato, contra la presentación de comprobante debidamente conformado según normativa vigente y constancia de libre deuda según Resolución Nº 016/12 ATER.
DECRETO Nº 1809 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 24 de junio de 2013
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Subcomisario Médico Víctor Horacio Paz, MI Nº 13.152.194, L.P. N 22.908, contra la Resolución D.P. N 466/12;
CONSIDERANDO:
Que se inicia el trámite administrativo con el reclamo interpuesto por el interesado contra las calificaciones efectuadas en la foja de concepto de personal de oficiales, el que fuera rechazado por extemporáneo mediante Resolución interna D.S.M.S. N 2/11;
Que prosiguió el apelante la vía recursiva, presentando por ante el Sr. Jefe de Policía, que fue desestimado por Resolución D.P. N
021/12, la que ratificó que la norma especial aplicable en materia de plazos administrativos para recurrir, es el Reglamento General de Policía Ley N 5654/75 y no el régimen de la Ley N 7060, razón por la cual el recurso fue correctamente denegado por extemporáneo;
Que la resolución mencionada fue también impugnada, dando lugar al dictado de la Resolución D.P. Nº 466/12, mediante la cual se desestima por improcedente y por no tener respaldo normativo el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Subcomisario con-

Paraná, lunes 12 de agosto de 2013
tra la Resolución D.P. Nº 021/12, puesto que la vía administrativa ha quedado agotada con la decisión del Jefe de Policía;
Que contra ésta última decisión, el quejoso interpone recurso de apelación jerárquica;
Que analizando el aspecto formal del recurso, cabe señalar que el marco normativo para ello está dado por los artículos 11º y 12 del Decreto N 5778/06, que ordena el texto del Reglamento de Calificaciones del Personal Policía;
Que dichos apartados prevén que para cuestionar el procedimiento de calificación, los reclamos se presentarán ante el Superior inmediato y en el caso de no hacerse lugar, se puede recurrir ante el Sr. Jefe de Policía;
Que el artículo 11º establece que cuando el calificado quiera presentar reclamo por no estar conforme con su calificación, lo hará ante su superior inmediato por escrito y en términos correctos, solicitando se dé curso correspondiente dentro de los tres días de notificado;
Que el artículo 12º menciona que recibido el reclamo, el Superior inmediato le dará curso con carácter prioritario y el Superior destinatario deberá resolver en el término de tres 3
días de recibido;
Que en el caso de no hacer lugar, el causante podrá recurrir ante el señor Jefe de Policía de la Provincia, dentro del término de tres 3 días cursando el reclamo por la vía jerárquica correspondiente. En el caso de hacerse lugar al reclamo, se acumulará nueva foja de concepto y se elevará todo lo actuado a la Dirección Personal, con las constancias de las causales que determinan la corrección sugerida, todo lo cual se incorporará al legajo respectivo;
Que queda c1aro que se está frente a un procedimiento recursivo especial, en razón de la materia, en el cual la instancia en discusión para cuestionar la calificación del funcionario policial para la promoción que concluye con la decisión de la máxima autoridad administrativa del escalafón policial, es decir, el Sr. Jefe de Policía, quien ya se expidió sobre el fondo de la cuestión a través de la Resolución DP N 021/12 y luego denegó formalmente la apelación jerárquica por medio de la Resolución DP Nº 466/12;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde declarar improcedente el recurso de apelación jerárquica interpuesto contra la Resolución D.P. Nº 466/12, por no tener recepción legal, quedando en razón de la manifiesta improcedencia formal del remedio elegido por el quejoso, relevada la Administración de ingresar al tratamiento de la cuestión de fondo que se debate -cfr. Doctrina del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en autos Correa de Ramos, Farizzano, Della Giustina;
Que obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, como asimismo de la Fiscalía de Estado de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase por improcedente el recurso de apelación jerárquica contra la Resolución D.P. N 466/12 interpuesto por el Subcomisario Víctor Horacio Paz, MI N 13.152.194, L.P.
N 22.908, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente, actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 1810 MGJ
Paraná, 24 de junio de 2013
Disponiendo el pase a retiro obligatorio con goce de haberes del Comisario Inspector de Policía Dn. Vicente Marcelo Terzaghi, clase 1953, MI N 10.744.384, Legajo Personal N

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/8/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date12/08/2013

Page count22

Edition count4782

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2013>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031