Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/10/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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19, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 02, Obra 00, Finalidad 3, Función 12, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 1, Partida Principal 1, Partida Parcial 3/4/6, Partida Subparcial 1111/1181/1001/1031/1051, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 6º, - Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago del adicional por responsabilidad funcional por el período comprendido entre el 6.11.08 al 31.12.08 a la agente Brenda Iliana Ríos Reynoso, DNI Nº 26.150.573, Legajo Nº 144,651, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del presente texto normativo.
Art. 7º, - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 8º, - Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour , DECRETO Nº 2831 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Reconociendo las funciones desempeñadas y el pago del adicional por responsabilidad funcional a favor del Dr. Jorge Carlos Gabioud, DNI Nº 11.542.007, como Jefe interino del Servicio de Bioquímica del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, por el período comprendido entre el 6.5.10 al 30.7.10, en reemplazo del titular Dr. Fernando Arturo Gadea, DNI Nº 7.665.847, quien hizo uso de licencia anual ordinaria años 2008 y 2009.
Encuadrando la presente gestión en lo previsto por el Decreto Nº 2378/91 MBSCyE.
Facultando a la Dirección General de Administración del Misterio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago interesado a favor del Dr.
Jorge Carlos Gabioud, DNI Nº 11.542.007.
, DECRETO Nº 2832 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Reconociendo las diferencias salariales existentes entre las categorías 10 y 6 a favor de la agente Silvia Beatriz Mildemberger, Legajo Nº 169.270, por el período comprendido desde el 1.4.07 hasta el 30.4.11, según el punto 2, inciso a de las directivas impartidas por la superioridad en fecha 28.8.07.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a liquidar y efectivizar el pago a la agente Silvia Beatriz Mildemberger, Legajo Nº 169.270, lo que corresponda en concepto de lo dispuesto.
, DECRETO Nº 2833 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Modificando la planta de cargos de personal permanente del presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2012 de la Jurisdicción 45, Ministerio de Salud,, Unidad Ejecutora: Dirección del Hospital Escuela de Salud Mental de Paraná, conforme a la planilla anexo III la que agregada forma parte integrante del presente, en virtud a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley 10083.
Reubicando a partir del 19.5.10 al agente Mario Ceferino Bordis, Legajo Nº 117.040, del Hospital Escuela de Salud Mental de Paraná, Tramo B, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad, al Tramo A de igual Carrera y Escalafón, establecido, en la Carrera Provincial de Enfermería, conforme lo dispuesto por la Ley 9564 y su Decreto Reglamentario Nº 5467/04
MSAS.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar al agente Mario Ceferino Bordis, Legajo Nº 117.040, la suma que corresponda en concepto de lo dispuesto.
, DECRETO Nº 2834 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Reconociendo las funciones desempeñadas y el pago del adicional por responsabilidad
BOLETIN OFICIAL
funcional a favor del agente José Nicolás Martínez, Legajo Nº 164.810, categoría 07, Carrera TécnicaTramo A, Escalafón Generala partir del 1.8.11 y hasta la fecha del presente.
Asignando las funciones en forma transitoria de Jefe de Departamento Mantenimiento y Servicios Generales del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguayal agente José Nicolás Martínez, Legajo Nº 164.810 y reconociendo el pago de las mismas, a partir de la fecha del presente y mientras se desempeñe en ellas.
La presente gestión encuadrada en los términos de los Decretos Nºs. 4458/90 MGJEOSP, 5384/03 GOB, 2426/04.
Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el adicional por responsabilidad funcional a favor del agente José Nicolás Martínez, Legajo Nº 164.810, conforme a lo dispuesto.
, DECRETO Nº 2835 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Adscribiendo al agente Fernando Cesar Lavini, DNI Nº 27.427.827, Legajo Nº 171.797, quien revista en el cargo categoría 10- Carrera Administrativa, Supervisión, Escalafón General, del Departamento Presupuesto, dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a la Dirección General de Administración, del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha de la presente norma legal.
, DECRETO Nº 2836 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Reconociendo el adicional por horario atípico previsto en el artículo 30º, apartado c de la Ley 9564 y su Decreto Reglamentario Nº 5467/04 MSAS, artículo 9º, apartado c, punto 2, por el período 1.10.08 al 31.10.10, a favor de la Sra. Retamar Mariela, DNI Nº 25.631.214, operando con ello la compensación de los saldos por la percepción del código 172, adicional para el mínimopor parte de la citada agente como personal suplente en el Centro de Salud Santa Lucia de esta ciudad.
, DECRETO Nº 2837 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con el Instituto Privado de Pediatría S.A. de Paraná por la atención prestada al paciente r/n Tiziano Uriel Lavayen en el mes de junio/11, derivado del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, por ser de alta complejidad, según Facturas B Nº 000100003446 del 31.7.11, por la suma de $
46.708,43 y Nº 0001-00003448 del 25.8.11, por la suma de $ 1.345,00, obrantes a fs. 2 y 83 de autos, debiendo efectuarse débitos a la facturación presentada, por un monto de $
4.539,98.
Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con su Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP artículos 133º y 142º, inciso 4º puntos a y b, y Decretos Nºs 5526/07, 6721/07 y 3521/09 todos del MEHyF.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, para que abone a favor del Instituto Privado de Pediatría S.A. de Paraná, la suma de $ 43.513,45, debiendo el prestador presentar nota de crédito por la suma de $ 4.539,98, en concepto de lo aprobado.
, DECRETO Nº 2838 MS
Paraná, 27 de agosto de 2012
Adscribiendo al agente Carlos Hernán Narváez, DNI Nº 27.839.238, Legajo Nº 104.054, quien revista en el cargo categoría 10, Carrera Administrativa, Supervisión, Escalafón General, del Hospital San Martín de Paraná al Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología, a partir del 3.5.12 hasta el 31.12.12.

Paraná, viernes 12 de octubre de 2012

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 2536 MPIyS
DESESTIMANDO RECURSO
Paraná, 7 de agosto de 2012
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica promovido por el señor Daniel Aníbal Hereñú, en representación de la firma OIC S.A., contra la Resolución Nº 001/10 SE; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se aprueba lo actuado en el marco de la Licitación Pública Nº 04/2009 SE
para la contratación de obras de gas en la localidad de San Benito y se adjudica la obra a la empresa Pamar SACIFIA;
Que el acreditante se ha notificado del contenido del acto impugnado en fecha 28.1.10;
Que en fecha 4.2.10 la misma promovió acción de amparo, que tramitara ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de esta ciudad, dictándose sentencia por la cual se desestimó la acción por cuestiones formales, notificando de ello a la actora en fecha 19.2.10;
Que la Ley de Procedimientos Constitucionales Nº 8.369 dispone en su artículo 24º: Si la demanda es rechazada por defectos meramente formales, con la única excepción de los que hagan a su extemporaneidad, y sin haberse expedido el órgano jurisdiccional sobre la cuestión de fondo, renace el plazo para la interposición de los recursos administrativos, que en tal supuesto se reputarán suspendidos por la interposición de la demanda de amparo;
Que la interposición de dicha acción de amparo suspendió el plazo para interponer el recurso de apelación jerárquica, por lo que el plazo se reanudó a partir de la notificación de la sentencia;
Que el recurso fue interpuesto ante el señor Gobernador el día 1.3.10, por lo que reanudándose el plazo para impugnar la resolución en cuestión a partir del día siguiente al de la notificación de la Sentencia de Amparo, se concluye que el remedio recursivo fue promovido dentro de los diez días que prevé el artículo 62º de la Ley Nº 7.060;
Que el resolutorio impugnado dispuso, entre otros, aprobar lo actuado en la Licitación Pública Nº 04/2009 SE, convocada por esa Secretaría de Energía para contratar la ejecución de la obra Interconexión, medición, regulación y obras complementarias gas natural, para la localidad de San Benito, Departamento Paraná, y adjudicar la misma a la firma Pamar SACIFIA Ingeniería y Construcciones;
Que mediante el recurso en análisis el quejoso, luego de hacer referencia al informe emitido por la Comisión Evaluadora de aquella licitación, se agravia aduciendo que la Resolución Nº 001/10 SE adolece de graves vicios que la tiñen de ilegitimidad y nulidad, incumpliendo reiteradamente la normativa vigente en la materia y desconociendo otras;
Que afirma que aquella es manifiestamente arbitraria y violatoria de diversas normas legales, receptivas de garantías y derechos de raigambre constitucional y lesivo para el Estado Provincial;
Que expresa que la firma que resultó adjudicataria no presentó la oferta más conveniente en los términos del artículo 17 de la Ley de Obras Públicas y su decreto reglamentario, estimando al consejo expedido por la comisión evaluadora como determinante para adjudicar la obra a la recurrente, aunque afirma, a su vez, que el mismo no es vinculante;
Que sostiene, además, la recurrente, que es una falacia que la empresa adjudicataria haya cumplimentado en tiempo y forma la presentación de la documentación requerida y los requisitos formales del pliego, y considera que el dictamen emitido oportunamente por la Fiscalía incurre en varios errores conceptuales, por lo que concluye que se haga lugar al recurso impetrado, revocando la resolución impugnada y adjudicando la obra a la firma OIC S.A.;
Que al respecto es dable destacar que la

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/10/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date12/10/2012

Page count22

Edition count4794

Première édition01/12/2003

Dernière édition24/07/2024

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