Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/7/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Planilla de Apremio al Procurador dará derecho per se a la percepción de honorarios profesionales.
OCTAVA: Los Procuradores Fiscales no podrán percibir honorarios de los morosos, sin que antes se haya satisfecho totalmente el crédito fiscal, salvo en los casos en que los deudores soliciten facilidades de pago conforme a la normativa vigente, y las mismas hayan sido otorgadas por la ATER.
Cuando el contribuyente o responsable cancele en un solo pago la totalidad del crédito fiscal reclamado y sus intereses u opte por incluir la deuda fiscal reclamada en un Plan de Facilidades de Pago, deberá concurrir a la Representación Territorial que corresponda con la estimación Administrativa de Honorarios extendida por el Procurador Fiscal y generada a través del Sistema Web de ATER. En caso contrario, la ATER confeccionará el volante correspondiente en función de las etapas procesales informadas por el profesional a través del Sistema Web para Procuradores, información que revistará el carácter de declaración jurada.
En este supuesto, el contribuyente abonará junto con el primer anticipo o el pago único los honorarios del Procurador interviniente.
NOVENA: Cuando al ejecutado se le otorgue un plan de facilidades de pago de obligaciones tributarias la ATER podrá, a solicitud del contribuyente o responsable, autorizar el pago en cuotas de los honorarios, en condiciones similares a las otorgadas para el crédito fiscal, tomando en consideración la conducta fiscal del contribuyente.
Cuando se trate de deudas en gestión extrajudicial: Sobre la base del pago inmediato de por lo menos el veinte por ciento 20% del total.
Cuando se trate de deudas en gestión judicial: 1 Sobre la base del pago inmediato de por lo menos el treinta por ciento 30% del total; 2 En el caso que se haya ordenado mandar llevar adelante la ejecución, con designación de martillero y fecha de remate de los bienes embargados, la entrega mínima se elevará al cuarenta por ciento 40% de la deuda.
Las cuotas no podrán exceder de diez 10, serán iguales, mensuales y consecutivas, y devengarán los intereses establecidos en el Código Fiscal. El importe de cada cuota no podrá ser inferior a pesos cien $ 100.
Las medidas asegurativas se mantendrán hasta el íntegro cumplimiento del plan de facilidades, tanto por crédito fiscal como por lo correspondiente a honorarios. A solicitud del deudor la ATER podrá sustituir por otra medida menos gravosa, siempre que se brinden garantías suficientes, a satisfacción del Organismo.
DECIMA: En ningún caso las cuestiones relativas al pago de los honorarios obstará al ingreso de los importes correspondientes el crédito fiscal.
DECIMA PRIMERA: La ATER liquidará mensualmente los honorarios depositados a favor de cada Profesional, para lo cual el Procurador deberá indicar CBU de cuenta bancaria donde se acreditarán los fondos, debiendo la Tesorería de la ATER emitir la correspondiente constancia de retención del Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales. El depósito que efectúe la ATER en la cuenta bancaria indicada servirá de suficiente recibo del pago realizado al letrado.
DECIMA SEGUNDA: En los casos en que sea la ATER quien confeccione, a solicitud del contribuyente, un volante de pago de la estimación administrativa de honorarios, el mismo será informado al procurador por intermedio del Sistema Web para Procuradores, lo que oficiará en este caso como medio de notificación válido.

BOLETIN OFICIAL

SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Dra.
María del Pilar Remedi, Secretaría Nº 7, en los autos Rufiner Rubén Ricardo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 16771, año 2012, cita y emplaza por el término de diez días, a herederos y acreedores del Sr. RUBEN RICARDO
RUFINER, DNI Nº 5.937.646, vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná, el día 21
de enero de 2011.
Paraná, 13 de julio de 2012 - María Elena Ramos, secretaria supl.
F.C.S. 00084795 3 v./24.7.12
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de la ciudad de Paraná, Secretaría Nº 1, de quien suscribe, en los autos caratulados Espíndola Cornelio s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 14824, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de CORNELIO ESPINDOLA, MI
6.203.188, vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 3 de junio de 1997.
Paraná, 27 de marzo de 2012 - Lucila del Huerto Cerini, secretaria.
F.C.S. 00084798 3 v./24.7.12
La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de la ciudad de Paraná, a cargo de la Dra. María del Pilar Remedi, Secretaría Nº 7 de quien suscribe, en los autos caratulados Silva Hilario s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 16791, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de HILARIO SILVA, DNI Nº 5.930.878, vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná, el 1 de junio de 2012.
Paraná, 12 de julio de 2012 - María Elena Ramos, secretaria supl.
F.C.S. 00084803 3 v./25.7.12
La Sra. Jueza cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, de la ciudad de Paraná, Dra. Juliana María Ortiz Mallo, Secretaría Nº 3, a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Gareis Santiago - Neif Angela s/ Sucesorio, Expte. N º 31366, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de ANGELA NEIF, LC Nº 5.375.530, fallecida el 9.1.2011, en Crespo, Dpto. Paraná ER, y de SANTIAGO GAREIS, LE Nº 5.887.275, fallecido el 5.2.2012, en Villa Libertador San Martín, ambos vecinos que fueran del Dpto. Paraná.
Paraná, 13 de julio de 2012 - Celia E. Gordillo, secretaria supl.
F.C.S. 00084809 3 v./25.7.12
La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, de la ciudad de Paraná, Dra.
Juliana María Ortiz Mallo, Secretaría Nº 3, de quien suscribe, en los autos caratulados Guzmán Oscar Ismael s/ Sucesorio ab intestato, Expte. 31322, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de OSCAR ISMAEL GUZMAN, DNI Nº 11.556.204, vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná ER, en fecha 9.7.2010.
Paraná, 3 de julio de 2012 - Celia E. Gordillo, secretaria.
F.C.S. 00084812 3 v./25.7.12

COLON
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Paraná, martes 24 de julio de 2012
Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Marcos Pedro Chichi, Juez a cargo del despacho, Secretaría única a cargo de la Dra. Juliana Pirovani, secretaria, sito en calle 12 de Abril Nº 241, de la ciudad de Colón ER, en los autos caratulados Guibaud Víctor Hugo s/ Sucesorio, Expte. Nº 10489-247-12, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de VICTOR HUGO GUIBAUD, MI Nº 5.832.459, fallecido en fecha 13 de noviembre de 1994, en la ciudad de Concordia, vecino que fuera de este departamento.
Colón, 30 de mayo de 2012 - Juliana Pirovani, secretaria.
F.C.S. 00084785 3 v./24.7.12

DIAMANTE
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Diamante, Dr. Julián A. El Halli Obeid, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Wasinger Alfonso M. Adan s/ Sucesorio, Expte. Nº 9497, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de ALFONSO M. ADAN WASINGER, MI
Nº 5.912.178, vecino que fuera de la localidad de Villa Valle María, Dpto. Diamante ER, fallecido en la localidad antes aludida, en fecha 10 de febrero de 2012, a fin que comparezcan a hacer valer sus derechos.
Diamante, 6 de julio de 2012 - Manuel A. Ré, secretario supl.
F.C.S. 00084811 3 v./25.7.12

FEDERACION
Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 2, de Chajarí ER, a cargo de la Dra.
Mónica Liliana Olivi, interina, Secretaría única, a cargo de la Dra. Verónica Patricia Ramos, interina, en los autos caratulados Ceol Daniel José s/ Sucesorio, Expte. Nº 2274/12, cita y emplaza por diez días, a todos los que se consideren con derechos a los bienes quedados ante el fallecimiento de CEOL DANIEL
JOSE, DNI Nº 10.298.777, hijo de José Italo Ceol y Carina Sara Schmidt, nacido en Chajarí ER; el 27.8.1952, fallecido en Chajarí ER;
el 3 de diciembre de 2005 a los 53 años de edad, siendo casado, vecino que fuera de Chajarí, Dpto. Federación ER, para que comparezcan y lo acrediten en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de ley.
Chajarí, 12 de julio de 2012 - Julieta Locaso, secretaria supl.
F.C.S. 00084806 3 v./25.7.12

FELICIANO
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San José de Feliciano, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Emir G. Artero, Juez, Secretaría única a cargo de la Dra. Ana Emilce Mármol, secretaria interina, en las actuaciones caratuladas Allende Clidia Alba s/ Sucesión ab intestato, Expte. Nº 1246, del año 2012, cita y emplaza por el término de diez días, a quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante Sra. CLIDIA ALBA ALLENDE, fallecida el día 1 de marzo de 2012, en la ciudad de Chajarí ER, vecina que fuera de esta ciudad, para dentro de los diez días lo acrediten.
San José de Feliciano, 11 de julio de 2012 Carolina J.F. Romero, secretaria supl.
F.C.S. 00084813 3 v./25.7.12

SUCESORIOS
NUEVOS

PARANA
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, de la

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/7/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date24/07/2012

Page count20

Edition count4789

Première édition01/12/2003

Dernière édition17/07/2024

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