Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/4/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 17 de abril de 2012
Oficial y diario local El Debate Pregón, citando y emplazando a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble, por el término de quince días, bajo los apercibimientos de ley Fdo. Teresita Inés Ferreyra, Juez.
Gualeguay, 1 de febrero de 2012 - Griselda L. Cichero, secretaria.
F.C.S. 00082170 2 v./18.4.12

R. DEL TALA
El Sr. Juez Dr. Gastón Agotegaray, a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la ciudad de R. del Tala, Dpto. Tala, Provincia de Entre Ríos, Secretaría única a cargo de la Dra. Alexandra V. Zardo, en los autos caratulados Fercher Orlando Eduardo c/
El/los titular/es y/o contra quien/es se consideren con derecho sobre el inmueble - Usucapión, Expte. Nº 4413, cita y emplaza por el término de quince 15 días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble urbano ubicado en Dpto. Tala, Distrito Raíces al Sur, ciudad de Gobernador Maciá, zona de quintas, quinta Nº 5, ubicada en calle Rivadavia s/n, la que según el plano de mensura Nº 17.996, tiene una superficie de una hectárea, once áreas, veintidós centiáreas, entre los siguientes límites y linderos:
NORTE: recta 1-2 N 89º 39 E de 74,40 m., lindando con calle Rivadavia.
ESTE: recta 2-3 S 0º 21 E de 149,00 m., lindando con Petrona Damiana Astudilla poseedor.
SUR: recta 3-4 S 89º 27 O de 74,40 m., lindando con propietario desconocido.
OESTE: recta 4-1 N 0º 21 O de 150,00 m., lindando con Orlando Eduardo Fercher, para que comparezca al juicio, por si o por medio de representantes a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designarle defensor de ausentes.
La resolución que ordena la presente medida en su parte pertinente dice: R. del Tala, 27 de octubre de 2011. Téngase por promovido juicio de usucapión, de parte del Sr. Orlando Eduardo Fercher c/ quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en Dpto. Tala, Distrito Raíces al Sur, ciudad de Gobernador Maciá, zona de quintas, en los términos del escrito promocional, que tramitar por las normas del proceso ordinario Arts. 318, sigte., y concs., y Art. 669 del CPCC.
De la demanda instaurada córrase traslado con los alcances Art. 325, 342 CPCC, mediante edicto a publicarse durante dos días en el Boletín Oficial y periódico local bisemanario Epoca, citándolos y emplazándolos para que comparezcan a estar a derecho y contestarla en el término de quince días, bajo los apercibimientos de ley.
Atento la extensión de la documental acompañada, exímase de acompañar copias de la misma, haciéndose saber a los interesados que el expediente se encuentra a su disposición en secretaría.
Dése intervención a la Municipalidad de Gobernador Maciá. Por ofrecida prueba téngase presente. A lo demás oportunamente. Notifíquese personalmente o por cédula. Fdo. Gastón Agotegaray, Juez Civil y Comercial a/c del despacho.
Alexandra Zardo, secretaria int.
F.C.S. 00082143 2 v./18.4.12

C. DEL URUGUAY
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de la ciudad de C.
del Uruguay, Dr. Carlos A.L. Dieci, Secretaría Nº 1, de quien suscribe, en los autos Pizzio Delia Sofía c/ Aceitera y Algodonera del Litoral S A Industrial y Comercial s/ Usucapión, Expte. Nº 4128, folio 236, año 2009, cita y emplaza por el término de quince 15 días contados a partir de la última publicación del presente a la firma Aceitera y Algodonera del Litoral SAIC y/o sus herederos y/o sus suceso-

BOLETIN OFICIAL

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res y/o quienes se consideren con derechos, respecto del inmueble sito en Dpto. Uruguay, Municipio de C. del Uruguay, planta urbana, cuartel 3º, manzana 310, Avda. Paysandú esquina calle Dra. Ratto, domicilio parcelario Avda. Paysandú Nº 489, plano Nº 54956, partida municipal 006.113, superficie 290,12 m2., cuyos limites y linderos son:
NORTE. Recta 1-2 al NE 80º 00 de 22,87
m., lindando con Aceitera y Algodonera del Litoral SAIyC.
ESTE: recta 2-3 al SO 13º 05 de 16,38 m., sobre Avenida Paysandú.
SUR: recta 3-4 al SO 80º 00 de 15,65 m., sobre calle Dra. Ratto.
OESTE: recta 4-1 al NO 12º 58 de 15,08
m., lindando con Aceitera y Algodonera del Litoral SAIyC., inscripto ante el Registro de la Propiedad Nº 174, Fº 179, tomo 33, para que comparezcan a tomar intervención bajo apercibimientos de nombrárseles defensor de ausentes, Art. 329 CPC, dejándose constancia que la documental se encuentra a su disposición en secretaría.
C. del Uruguay, 28 de diciembre de 2011 Mario M. Herrera, secretario prov.
F.C.S. 00082164 2 v./18.4.12

NOTIFICACION
NUEVA

PARANA
El Juzgado Federal Nº 2, de Paraná, a cargo del Dr. Aníbal M. Ríos, Secretaría Nº 2, a cargo de la suscripta, notifica por este medio a Graciela Beatriz Marichal, que en la causa Kisser Raymundo Arturo c/ Marichal Graciela Beatriz s/ Ordinario, Expte. 474-B, Fº 398, se han dictado las siguientes resoluciones:
Paraná, 1 de febrero de 2011. Agréguese el escrito que antecede. Atento lo solicitado, constancias de autos y lo dispuesto por el Art.
59 del CPCCN, declárase la rebeldía de la demandada, dándosele por recaído el derecho de contestar la demanda, debiéndose notificar la presente resolución en el domicilio real del demandado, haciéndosele saber al accionado que las sucesivas providencias quedarán notificadas automáticamente, conforme las disposiciones del Art. 133 del citado Código. Fdo.
Aníbal M. Ríos, Juez Federal subrogante.
Paraná, 9 de setiembre de 2011. Agréguese. Previo a proveer lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 59 del CPCyC, de la Nación, segundo párrafo, notifíquese a la demandada de la resolución de fs. 138, por medio de edicto. Fdo. Aníbal María Ríos, Juez Federal subrogante.
Paraná, 3 de abril de 2012 - Nora Sanguinetti de Raimundo, secretaria.
F.C.S. 00082159 2 v./18.4.12

SENTENCIAS
ANTERIORES

GUALEGUAY
Que en los autos Nº 4385, Fº 106, del año 2010, caratulada Davico Octavio Manuel - Lesiones graves, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída en la mencionada causa en 7.3.2012, que dice:
En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los siete días del mes de marzo del año dos mil doce.
SENTENCIA: 1º Declarar que OCTAVIO MANUEL DAVICO, a Tavy, DNI Nº 36.557.599, argentino, 20 años, soltero, estudiante, domiciliado en calle Liniers e/ San Miguel y Rawson, de la ciudad de Victoria, Pcia. de Entre Ríos, nacido en la misma el día 5 de noviembre de
1991, con instrucción secundaria completa, hijo de María Manuela Davico, prontuario policial Nº 45.239, Sección I.G. de la Jefatura de Policía de esa ciudad, es responsable como autor material del delito de lesiones graves Arts. 45 y 90 del Código Penal, que se le atribuyó haber cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar detalladas supra, y en consecuencia, condenarlo a la pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento condicional Arts. 26, 27, 27 bis y conc., del Código Penal, debiendo cumplir como reglas de conducta previstas por el Art. 27 bis Inc. 2º del Código Penal, texto según Ley 24.316, las siguientes medidas:
a Continuar con las medidas de asistencia psicológica-psiquiátricas impuestas por el Juzgado de Minoridad y Familia de la ciudad de Victoria; b abstenerse de acercarse al damnificado y testigos del presente proceso como también el deber de abstenerse de molestar o perturbar a los mismos; c abstenerse del consumo de estupefacientes y bebidas alcohólicas; y d imponerle asimismo, en reemplazo de la realización de tareas comunitarias, la obligación de materializar la donación de la suma de pesos seiscientos $ 600 al hogar La Casita del Negrito Manuel, la que se efectivizará en cuatro cuotas de $ 150 pesos ciento cincuenta cada una, mensuales, iguales, siguientes y consecutivas pagaderas a partir del mes de abril del corriente año.
2º Proceder con los efectos secuestrados, del modo consignado en los considerandos que anteceden, parte pertinente.
3º Imponer las costas al condenado en su totalidad, Arts. 547 y 548 del CPP, dejándose sin efecto oportunamente las cautelares trabadas en su contra, librándose los oficios respectivos. Regístrese, notifíquese, comuníquese la presente en su parte dispositiva al Juzgado de Instrucción y Jefatura de Policía Departamental de Victoria, al Registro Nacional de Reincidencia, al Hospital Fermín Salaberry, de la ciudad de Victoria, al encausado Octavio Manuel Davico, haciéndole entrega de una copia de la presente, líbrense los despachos ordenados, cúmplase. Fdo. Cadenas, presidente de Causa; Crespo, vocal; Torres, vocal. Ante mí:
Pablo M. Guercovich, secretario de Cámara suplente.
Gualeguay, 10 de abril de 2012 - Pablo M.
Guercovich, secretario de Cámara supl.
10256 3 v./18.4.12
Que en los autos Nº 4379, Fº 105, del año 2010, caratulada Reyes Pedro Humberto - Est a f a s r e i t e r a d a s ; c u a t r o h e c h o s i n d ependientes que concursan materialmente entre sí, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída en la mencionada causa en 16.2.2012, que dice:
En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil doce SENTENCIA: 1 Declarar que PEDRO
HUMBERTO REYES, argentino, DNI Nº 5.881.554, de 66 años de edad, casado, comerciante, domiciliado en calle Martínez Paiva Nº 1745, de esa ciudad, nacido en la misma el 28 de enero de 1946, con estudios primarios completos, hijo de Pedro Pablo y de María Dolores Benedetti, ambos fallecidos, prontuario policial Nº 53.259 I.G., es responsable como autor material y responsable de los delitos de estafas reiteradas, cuatro hechos en concurso real, que se le atribuyó haber cometido en la ciudad de Gualeguaychú, en perjuicio de Ana María Weigandt, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar detalladas ut supra y en su consecuencia, condenarlo a la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo Art. 5, 40, 41, 45, 55 y 172 del CP y 547 y 548
y conc. del CPPER.
2º Sustituir la pena impuesta a PEDRO
HUMBERTO REYES, en el punto que antecede por la realización de trabajos comunitarios, de-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/4/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date17/04/2012

Page count32

Edition count4800

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/08/2024

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