Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/1/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 4 de enero de 2012
ción de la Jurisdicción a emitir orden de pago ante Tesorería General de la Provincia, y autorizando a la misma a hacer efectivos los pagos pertinentes, conforme lo dispuesto.
DECRETO Nº 2469 MDSECT
Paraná, 8 de julio de 2011
Aprobando la distribución de partidas de comedores escolares e infantiles de toda la Provincia y Hogares de Ancianos, correspondiente al mes de junio de 2011, a favor de los establecimientos educacionales e instituciones cuya nómina obra a fs. 2/190 de autos, a los cuales se les ha entregado la tarjeta SI.DE.CRE.E.R., en el marco del convenio firmado oportunamente con el Gobierno Provincial, por un monto total estimado de $ 6.721.956,48 y de acuerdo al siguiente detalle:
Comedores escolares, $ 4.482.132,19 - detalle de fs. 2 a 97.
Comedores infantiles, $ 2.047.710,29 - detalle de fs. 98 a 154.
Hogares de ancianos, $ 192.114,00 - detalle de fs. 155 a 190.
Facultando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional a emitir orden de pago hasta un máximo de $ 6.721.956,48, o el monto inferior que resulte de la liquidación efectiva y resumen general que realizará y remitirá SI.DE.CRE.E.R. a la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología, por la distribución de partidas a los comedores escolares e infantiles y hogares de ancianos, autorizando a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivo el pago pertinente a SI.DE.CRE.E.R. S.A.
DECRETO Nº 2470 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 8 de julio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Haydee Amelia Basso; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 23 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 850597 R.U., por el que se tramita el recurso en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 15 de abril de 2011 en el Área Central Jurídica del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra.
Haydee Amelia Basso, constituyendo domicilio legal en calle Laprida Nº 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas
BOLETIN OFICIAL
del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 2471 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 8 de julio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Víctor Alcides Cusich; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 17 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 815217 R.U por el que se tramita el recurso en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 14 de abril de 2011 en el Área Central Jurídica del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Víctor Alcides Cusich, constituyendo domicilio legal en calle Laprida Nº 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 2472 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 8 de julio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Carlos Liberato Cabrera; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 14 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo administrativo presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 1016272 R.U., por el que se tramita el reclamo en cuestión; del que surge que el mismo se encuentra desde el 1 de abril de 2011 en el Área Liquidaciones del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo
9 la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Carlos Liberato Cabrera, constituyendo domicilio legal en calle Victoria Nº 296 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo administrativo presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 2473 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 8 de julio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de la Sra. Albina Astonga; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 17 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 885489 R.U., por el que se tramita el recurso en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 27 de octubre de 2009 en el Departamento Amas de Casa del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de la Sra. Albina Astonga, constituyendo domicilio legal en calle Laprida N 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/1/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date04/01/2012

Page count20

Edition count4803

Première édition01/12/2003

Dernière édition06/08/2024

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