Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/1/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 355824 R.U. por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 5 de abril de 2011 en el Área Central Jurídica del ente previsional, con la cuestión de fondo aún sin resolver;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Héctor Geist, constituyendo domicilio legal en calle Laprida N 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de reajuste de haberes presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 2417 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de junio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Héctor Ramón Alveira; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 10 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de reajuste de haberes presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 352418 RU por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 5 de abril de 2011 en el Área Central Jurídica del ente previsional, con la cuestión de fondo aún sin resolver;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Héctor Ramón Alveira, constituyendo domicilio legal en calle Laprida Nº 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de reajuste de haberes presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.

BOLETIN OFICIAL
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 2418 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de junio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Néstor Modesto Saavedra; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 10 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de reajuste de haberes presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 438555 R.U. por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 7 de abril de 2011 en el Área Liquidaciones del ente previsional, con la cuestión de fondo aún sin resolver;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Néstor Modesto Saavedra, constituyendo domicilio legal en calle Laprida N 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo de reajuste de haberes presentado oportunamente por el actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 2419 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de junio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Gloria Jorgelina Larrivey;
y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 9 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un trámite de la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución
Paraná, miércoles 4 de enero de 2012
de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 113749 R.U. correspondiente a dicho trámite, del que surge que el mismo se encuentra desde el 16 de marzo de 2011 en el Área Liquidaciones del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra.
Gloria Jorgelina Larrivey, constituyendo domicilio legal en calle Santa Fe N 322, 6 B de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un trámite de la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 2420 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECLAMO
Paraná, 30 de junio de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Estanislao Felipe Blanco; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 7 de junio de 2011, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un trámite del actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 701553 R.U. correspondiente a dicho trámite, del que surge que el mismo se encuentra desde el 23 de mayo de 2011 en Despacho del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Estanislao Felipe Blanco, domiciliado en calle Urdinarrain N 13 PA de la ciudad de Concordia, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un trámite del actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/1/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date04/01/2012

Page count20

Edition count4789

Première édition01/12/2003

Dernière édition17/07/2024

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