Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/9/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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1807 del Código Civil, tanto con la cesión como con la donación aquí pactada.
QUINTA: el cedente declara: a que no está inhibido para disponer de sus bienes; y b que las cuotas partes cedidas se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones u otras restricciones a la libre disposición.SEXTA: EL CEDENTE otorga por este, poder especial en favor del Dr. Carlos Rubén Cayetano Dupleich, para realizar todas las tramitaciones y diligencias necesarias hasta lograr la inscripción definitiva de la presente cesión ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, pudiendo elevar la misma a escritura pública, si así lo resolviere el cesionario o mandatario, quedando éstos facultados para proponer y/o aceptar las modificaciones o ampliaciones a la presente cesión en tanto no desvirtúen las condiciones del contrato, y al contrato social, que la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas imponga, inclusive en lo relativo al capital social, ya sea la suscripción, integración y su composición, a la administración y representación y demás estipulaciones, requisitos y cláusula del contrato social.
Igualmente deberán facultar a los mandatarios para interponer todos los recursos que las leyes procesales, administrativas y de sociedades comerciales prevén, firmando escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin y para que realicen todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueren necesarios para el mejor mandato, que podrán sustituir.
En prueba de conformidad se firman dos 2
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Concordia, a los 29 días del mes de junio de 2009.
A este contrato de cesión de cuota se le adicionaron las siguientes cláusulas aclaratorias: Entre Diego Alberto FRAGA, DNI Nº 11.840.504, argentino, casado, mayor de edad, con domicilio en calle San Martín Nº 291
de esta ciudad de Concordia y Diego Martín FRAGA, DNI Nº 31.022.409, argentino, mayor de edad, soltero, con domicilio en calle San Martín Nº 291 de esta ciudad de Concordia, respecto al contrato de cesión por donación de cuotas sociales de PALLEJÁ Y CIA SRL, CUIT Nº 30-52963742-6, que se celebró en esta ciudad de Concordia ER en fecha 29 de junio de 2.009, se manifiesta lo siguiente que deberá tenerse como formando parte del contrato referido:
PRIMERA: Que conforme el contrato de cesión celebrado, el cedente Sr. Diego Alberto Fragadonó en forma total y absolutamente gratuita y en carácter de adelanto de herencia, a favor de el cesionario Sr. Diego Martín Fraga, la cantidad de veinte 20 cuotas partes de la sociedad, de las que es único y exclusivo propietario, conforme surge del contrato constitutivo de la sociedad.SEGUNDA: Que las acciones cedidas mediante el contrato aludido representan el 10%
del capital social, por un valor nominal de $ 10
cada una de las cuotas partes.
TERCERA: Que en virtud de la cesión referida y composición original, el capital social queda distribuido de la siguiente manera: Alberto FRAGA, cien 100 cuotas partes 50% del capital social; Emma Alicia Buffet de FRAGA, cincuenta 50 cuotas partes 25% del capital social; Diego Alberto FRAGA, treinta 30 cuotas partes 15% del capital social y Diego Martín FRAGA, veinte 20 cuotas partes 10%
del capital social.En prueba de conformidad se firman dos 2
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Concordia, a los 18 días del mes de junio de 2011.Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 12 de setiembre de 2011 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00077031 1 v./21.9.11

BOLETIN OFICIAL

Paraná, miércoles 21 de septiembre de 2011

CONTRATO
NUEVO

GUALEGUAY
EL VIEJO CASTOR SA
Por resolución de la Inspección General de Justicia, se ha resuelto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:Mediante escritura autorizada por el Escribano de la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, don Héctor Alfredo Dunat, en fecha 19 de Agosto de 2.010, al Folio 330 del Protocolo del año corriente, del Registro Notarial Número 9 a su cargo, los señores Hernán PRIETO, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad número 13.417.202, CUIT 23-13417202-9, nacido el 4
de Noviembre de 1.959, de estado civil casado en primeras nupcias con Isabel Bayley, con domicilio en calle Azcuénaga número 958, Primer Piso B de la Capital Federal, de profesión ganadero; y Abel Vicente Alberto HOUSSAY, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad número 13.735.987, CUIT 2013735987-2, nacido el 14 de Septiembre de 1.959, casado en primeras nupcias con María Mercedes Ferrari, con domicilio en calle Parodi número 10 de la localidad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, de profesión Abogado; mayores de edad; constituyen una sociedad que se denomina EL VIEJO CASTOR SA.
DOMICILIO LEGAL: Tiene su domicilio legal en esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, pudiendo establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.OBJETO: La sociedad tiene por objeto la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades:
a Agrícolo-ganaderas y Forestales: Mediante la explotación en cualquiera de sus etapas, de actividades agropecuarias tales como la cría, reproducción y engorde de ganado bovino, equino, porcino y ovino, y el cultivo de los diversos productos agrícolas, e igualmente, la adquisición, ocupación, arrendamiento, posesión u otras formas de uso y goce de predios rurales para el ejercicio de actividades agrícola-ganaderas en sus más amplias alternativas posibles; y asimismo, mediante el desarrollo de tareas y actividades forestales en todas las etapas.b Comerciales: Mediante la compraventa, permuta, acopio, ensilaje, consignación, distribución, exportación e importación, representación y consignación, de productos agropecuarios, materias primas y productos elaborados ó semielaborados, incluyendo la compraventa de todo tipo de granos, semillas, hacienda y ganado, tanto para cría, reproducción o engorde, y finalmente, la comercialización de los productos obtenidos, así como la compraventa de agro insumos, maquinarias agrícolas, automotores y bienes muebles registrables en general, sus repuestos y accesorios.Y c Inmobiliarias: mediante la compraventa, permuta, construcción, fraccionamiento, explotación y arrendamiento de toda clase de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales.DURACION: Su duración es de 99 años contados a partir de la fecha de su constitución.CAPITAL: El Capital Social se fija en la suma de cincuenta mil pesos $ 50.000, representado por cincuenta mil 50.000 acciones ordinarias, Clase A, de valor nominal un peso $ 1 cada una, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción, totalmente suscriptas por los socios.R E P R E S E N T A C I O N L E G A L : L a r e p r esentación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio, o al Vice-Presidente, en su caso.- La sociedad quedará válidamente obligada con la firma del Presidente o del Vi-

cepresidente en su caso, ó también y en su caso, con la de dos cualesquiera de los demás Directores, utilizadas en forma conjunta Artículo 268, Ley 19.550.FISCALIZACION: A cargos de los Socios.CIERRE DEL EJERCICIO: El ejercicio social cierra el último día del mes de junio de cada año.DIRECTORIOS: El primer directorio durará tres 3 ejercicios y se compone de la siguiente manera: presidente al señor Abel Vicente Alberto Houssay y como director suplente al señor Hernán Prieto.SEDE SOCIAL: En calle María de los Remedios Escalada de San Martín 49 de esta localidad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 7 de setiembre de 2011 - José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00077378 1 v./21.9.11

SUMARIO
LEYES
Año 2011
10051, 10052
DECRETOS
Año 2011
Gobernación 1087, 1088, 1089, 1090, 1091, 1096, 1097, 1105, 1106, 1107, 1110, 1111, 1112, 1130, 1133, 1135, 1136, 1137, 1138, 1139, 1179, 1186, 1187, 1292, 1293, 1294, 1296, 1297
RESOLUCIONES
Año 2011
Consejo de la Magistratura de Entre Ríos 440
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 - Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878
S.G.G. fecha 30 - Mar. - 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
Registro de la Propiedad Intelectual 299.323.
Se edita los días hábiles.
JOSE C. PATRICIO GUASTAVINO
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PARANA Entre Ríos C.P. 3100
Telefax 0343 4207805 - 4207926
Suscripciones y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805 - 4207926

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/9/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date21/09/2011

Page count22

Edition count4793

Première édition01/12/2003

Dernière édition23/07/2024

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