Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/4/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 5 de abril de 2011
doctora Milagros Reñé, constituyendo domicilio legal en calle Colón Nº 54, piso 2º, oficina C, de esta ciudad, por presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 1.084.454 R.U., de conformidad a lo dispuesto mediante la Directiva Nº 1 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, de fecha 2 de julio de 2008.
Art. 2º Intímase a la Fiscalía de Estado a que resuelva la cuestión de fondo en el término de diez 10 días hábiles.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación de la recurrente. Cumplido, pase a la Fiscalía de Estado a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4775 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 7 de diciembre de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales el señor Ernesto José Galarraga, por derecho propio y con patrocinio letrado de la doctora Milagros Reñé, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede contra el presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 1.084.521 R.U.;
Que según surge de la consulta en el Sistema Informático de Seguimiento de Expedientes dichos actuados se encuentran desde el 7.6.10 en Mesa de Entradas de la Fiscalía de Estado, Que conforme lo dispuesto a través de la Directiva Nº 1 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación de fecha 2 de julio de 2008, corresponde hacer lugar al recurso incoado e intimar a la Fiscalía de Estado a que resuelva la cuestión de fondo en el término de diez días hábiles;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el señor Ernesto José Galarraga, por derecho propio y con patrocinio letrado de la doctora Milagros Reñé, constituyendo domicilio legal en calle Colón Nº 54, piso 2º, oficina C, de esta ciudad, por presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 1.084.521
R.U., de conformidad a lo dispuesto mediante la Directiva Nº 1 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, de fecha 2 de julio de 2008.
Art. 2º Intímase a la Fiscalía de Estado a que resuelva la cuestión de fondo en el término de diez 10 días hábiles.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho para la notificación de la recurrente. Cumplido, pase a la Fiscalía de Estado a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4796 GOB
DECLARANDO HUÉSPED DE HONOR
Paraná, 7 de diciembre de 2010
VISTO:
Que el día 9 de diciembre de 2010 arribará a esta Provincia el señor Ministro de Salud de la
BOLETIN OFICIAL
Nación, doctor don Juan Luis Manzur y comitiva; y CONSIDERANDO:
Que la presencia de tan alto funcionario del Gobierno Nacional en nuestra Provincia corresponde sea reconocida y valorada declarándolo Huésped de Honor;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárase Huésped de Honor del Gobierno de Entre Ríos al señor Ministro de Salud de la Nación, doctor don Juan Luis Manzur y comitiva mientras permanezcan en el territorio de la Provincia.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4797 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 7 de diciembre de 2010
VISTO:
La gestión tendiente a la transferencia de cargos; y CONSIDERANDO:
Que la misma refiere a la transferencia de agentes de esta Jurisdicción a cargo del titular del Poder Ejecutivo Provincial, y Que resulta técnicamente viable proceder a las transferencias; disponiendo para ello la debida adecuación presupuestaria y de recursos humanos que correspondieren en ámbito y facultades de este Poder Ejecutivo; y Que a esos efectos procede la transferencia del cargo y categoría del agente Rubén Darío Delsart, DNI Nº 12.259.887, legajo Nº 109.197, categoría 4, Profesional C; y Que se han realizado las modificaciones inherentes al trámite a fines de dar solución presupuestaria acorde; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de gastos ejercicio 2010 y la planta permanente de cargos de acuerdo a las planillas analíticas del gasto y anexo III que, agregadas, forman parte del presente decreto.
Art. 2º Dispónese la transferencia del cargo y categoría del agente Rubén Darío Delsart, DNI Nº 12.259.887, legajo Nº 109.197,m categoría 4, Profesional C, a la planta del Honorable Senado de la Provincia de Entre Ríos, a partir de la fecha del presente y de conformidad a los considerandos precedentes.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Regístrese, comuníquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 4802 GOB
Paraná, 7 de diciembre de 2010
Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de $ 20.000 a la Municipalidad de Nogoyá, en la persona de su Presidente Municipal, señor Faustino Alfredo Schiavoni, MI Nº 5.885.037, con destino a la adquisición de instrumentos y pago de honorarios a profesores pertenecientes a la Orquesta de barro del barrio El Chañar de esa ciudad, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente, a fin de que la Tesorería General de la Provincia haga efectiva al Presidente Municipal señor Faustino Alfredo Schiavoni la suma determinada.

7
DECRETO Nº 4806 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 7 de diciembre de 2010
VISTO:
El recurso de gracia interpuesto por la ex agente Patricia V. Martínez Janowycz; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo solicita se deje sin efecto la sanción de cesantía impuesta por Resolución Nº 0178/00 del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda IAPV, notificada en el mes de abril del año 2001, por haber sido encontrada incursa en la falta administrativa consistente en poseer embargado el sueldo sin llegar a levantar el mismo dentro de los tres meses de trabajo, fecha aquella desde que la agente permanece separada de la Administración e interesando se la reincorpore, renunciando a percibir los haberes caídos;
Que atento a que el organismo de nombramiento y por ende el que dispuso la sanción segregatoria, fue un ente autárquico, el recurso de gracia debió ser interpuesto ante el IAPV
artículo 78, Ley Nº 7.060;
Que no obstante ello, dado el informalismo administrativo que rige las presentaciones del administrado, cabe su consideración teniendo en cuenta sobre todo el tema de fondo planteado, cual es la imperiosa necesidad de generación de una fuente laboral;
Que dadas las características del caso bajo análisis, en el que la sanción segregativa le fue impuesta por no haber levantado los embargos que detentaba en el término de tres meses, pese al hecho que la agente hizo lo posible por levantar los mismos suscribiendo convenios de pago con algunos acreedores y procurando tener otros ingresos además de los provenientes de la Administración, a no tener antecedentes disciplinarios y a la circunstancia de ser divorciada y tener a cargo tres hijos que sostener, no aparece como razonable aplicarle la mayor pena prevista para la falta comprobada, sino que la misma puede ser graduada teniendo en consideración dichos atenuantes y entonces bajarla de cesantía a 30 días de suspensión, sobre todo si se tiene en cuenta que dicha falta fue hoy fue suprimida del Estatuto del Empleado Público vigente;
Que así las cosas, del estudio de las actuaciones y del presente libelo recursivo se permite apreciar que por razones de justicia y equidad, cabe hacer lugar a lo solicitado;
Que en virtud de ello corresponde dejar sin efecto la sanción de cesantía impuesta mediante la norma citada, aplicándole la sanción de 30 días de suspensión con motivo de la falta imputada y acreditada, dándoselos por cumplidos y proceder a la reincorporación de la nombrada en el mismo cargo que revistaba, para lo cual el IAPV deberá procurárselo previamente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de gracia interpuesto por la ex agente Patricia Liliana Martínez Janowycz, MI Nº 16.311.013, domiciliada realmente en calle Sebastián Vázquez Nº 143, departamento 10, de esta ciudad, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Déjase sin efecto la sanción de cesantía impuesta por Resolución Nº 0178/00
IAPV a la señora Patricia Viviana Martínez Janowicz y aplícasele la sanción de 30 días de suspensión con motivo de la falta imputada y acreditada, dándosela por cumplida y procédase a su reincorporación en el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda en un cargo en la categoría en la que revistaba cuando fue segregada de los cuadros de la Administración.
Art. 3º El Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda realizará las gestiones tendientes a fin de procurar el cargo y la categoría que corresponda a la señora Patricia Viviana

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/4/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date05/04/2011

Page count24

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

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