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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/2/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Art. 2º - Apruébense los contratos de locación de servicios celebrados con los señores: Cr. Federico Vuconich, DNI Nº 2&.793.S33; Cra. María Constanza Balcar, DNI Nº 29.024.609;
Dra. Rita Mariana Zapata Tossetti, DNI Nº 26.150.543; Cra.
Sonia Marisa Schultheis, DNI Nº 20.401.782 y Srta. María Ayelén Pasutti, DNI Nº 32.833.290, para desempeñar tareas en distintas dependencias del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a partir de la fecha del presente y hasta el 31 de diciembre de 2009, los que agregados forman parte integrante del presente decreto.
Art. 3º - Impútase el egreso resultante de lo dispuesto en el presente decreto a las partidas específicas de personal de cada una de las reparticiones involucradas.
Art. 4º - La Dirección de Administración del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, hará efectivo el pago emergente de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del presente decreto, en la forma especificada en la cláusula cuarta de los contratos, con cargo de oportuna rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
Art. 5º -- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en Acuerdo General.
Art. 6º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a sus efectos.
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SERGIO D. URRIBARRI
Adan H. Bahl Diego E. Valiero Angel F. Giano ------
DECRETO Nº 4263 MEHF
- Paraná, 4 de noviembre de 2009
Aprobando para el corriente ejercicio fiscal, los valores resultantes de la aplicación del mecanismo para la determinación del valor de la tierra de parcelas rurales que impone el inciso c del artículo 9º de la Ley Nº 8.672, que se detallan en el Anexo I del presente, los cuales serán utilizados como referencia en la aplicación del tratamiento dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 9.930, de acuerdo a lo que se establece en el artículo siguiente.
Aprobando para las parcelas rurales, los "Valores Unitarios Básicos" de la tierra por hectárea para las distintas "zonas agro ecológicas económicas uniformes" del territorio