Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/4/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

era una ley de carácter eminentemente federal, sancionada por el Congreso Nacional en pleno ejercicio de las facultades reservadas en materia de economía;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7, 8, 10 y 13 de la Ley 23.928 que derogó toda otra disposición que se opusiera a sus prescripciones no se admitió practicar actualización alguna con posterioridad al 1 de abril de 1991. En igual sentido, su artículo 13 agregó, "La presente ley es de orden público. Ninguna persona puede alegar en su contra derechos irrevocablemente adquiridos.
Derógase toda otra disposición que se oponga a lo en ella dispuesto. La vigencia se fija a partir del día siguiente de su publicación oficial";
Que en las leyes de orden público el legislador declara que está comprometido el orden público esto es, el interés general, lo cual significa atribuirle la nota de imperatividad que es lo que permitirá que sea la ley la que prevalezca. Máxime tratándose, como el caso que nos ocupa, de una cuestión federal de política monetaria;
Que una vez concluido el período de vigencia de la ley de convertibilidad, se dictó la Ley de Emergencia Económica N
25.561 BO. 7.1.02 la que su artículo 1 declaró con arreglo a lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Nacional la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaría, manteniendo derogadas, conforme su artículo 10, y con efecto a partir del 1 de abril de 1991, todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier, otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios. Indicando también que esa derogación se aplicará aun a los efectos de las relaciones y situaciones jurídicas existentes, no pudiendo aplicarse ni esgrimirse ninguna cláusula legal, reglamentaria, contractual o convencionalinclusive convenios colectivos de trabajo de fecha anterior, como causa de ajuste en las sumas de pesos que corresponda pagar";
Que la reforma introducida en su oportunidad por la citada Ley 23.928, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo la Ley 23.928 constituye una decisión clara y terminante del Congreso Nacional de ejercer las funciones

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/4/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date16/04/2009

Page count177

Edition count4798

Première édition01/12/2003

Dernière édition30/07/2024

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