Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/10/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Económicas Internacionales de la Secretaría de la Producción, solicita el reconocimiento y pago del Adicional por Incompatibilidad Parcial en el Ejercicio Profesional; y CONSIDERANDO:
Que el citado agente revista en un cargo Categoría 4, Técnico "B", detentando el Título de Traductor Público de Ingles, expedido por la Escuela Superior de Lenguas, dependiente de la Universidad Nacional de Córdoba;
Que el adicional cuyo cobro se interesa, fundado en la acentuada Incompatibilidad que genera la relación de empleo público, afectando de modo típico y específico al ejercicio de la profesión liberal del agente, situación que incluso podría acarrearle un perjuicio económico en razón del conflicto de intereses derivado de su relación con el Estado Provincial, hallaba su razón en el Decreto N 825/93
SGG, el cual estableció en su Artículo 1 un Adicional por Incompatibilidad Parcial en el Ejercicio Profesional que será otorgado únicamente al personal profesional con título de grado universitario de validez nacional de la Administración Central y Organismos Descentralizados, y por su intermedio se buscaba resarcir pecuniariamente a quienes se encontraban afectados por esta situación;
Que el Decreto N 1752/05 MEHF dispuso que el adicional instituido por la citada norma, sólo sería concedido por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial estableciendo como autoridad de aplicación del mismo a la Dirección General de Personal, organismo encargado de corroborar en cada caso el cumplimiento de los extremos necesarios para su otorgamiento;
Que el Decreto N
8373/06
MEHF
dejó expresamente consignados los recaudos que exigía el plexo normativo aplicable, determinando que a través del citado Organismo como autoridad de contralor, se verificara el cumplimiento de los mismos a efectos de determinar la procedencia de la tramitación de este emolumento;
Que el Decreto N 2480/07 MEHF deroga a partir del 1 de Junio de 2007 el Régimen de Incompatibilidad Parcial previsto en las normas citadas, atento a las dificultades inherentes a su determinación y demás fundamentos expuestos en sus Considerandos;
Que obra en autos el dictamen emitido por la Dirección General de Personal, quien se expide en sentido favorable respecto de la pretensión del agente reclamante, evaluando a tal fin no sólo la acreditación del extremo objetivo exigido por la legislación citada precedentemente sino también la existencia de una acentuada incompatibilidad superior a la común de cualquier agente público, por lo cual estima que encontrándose acreditados en el caso de marras los recaudos legales pertinentes correspondería disponer el reconocimiento del adicional interesado, desde la fecha de su reclamo y hasta el 31 de Mayo de 2007, correspondiéndole a partir del 1 de Junio de 2007 percibir la bonificación prevista en el referido Decreto N 2480/07
MEHF;
Que conforme lo hasta aquí expuesto resulta procedente en esta instancia reconocer el Adicional por Incompatibilidad

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/10/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date01/10/2008

Page count85

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

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