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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/5/2008
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia y diario local "La Mañana", a herederos y acreedores de MARIA
LIBRADA PEREZ, para que en el término de diez días, se presenten en dicha sucesión, ordenado en los autos "Pérez Maria Librada s/ Sucesorio", Expte. 6998, año 2007.
Victoria, 22 de abril de 2008 - María E. Ruaro, secretaria interina.
-F.C.S. 00048665 3 v./12.5.08
- -----El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo de la Dra. Maricela Faccendini, cita y emplaza por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia y diario local "La Acción", a herederos y acreedores de OLGA SOFIA
ANDRADE, para que en el término de diez días, se presenten en dicha sucesión, ordenado en los autos "Andrade Olga Sofía s/ Sucesorio", Expte. 7399, año 2008.
Victoria, 22 de abril de 2008 - María E. Ruaro, secretaria interina.
-F.C.S. 00048666 3 v./12.5.08
- CITACIONES
- ANTERIORES
- PARANA
- a JONATHAN CARLOS ARIEL GOMEZ
Por disposición de S.S. el Sr. Juez de Instrucción N 4 de esta ciudad, Dra. Marta G.G. de Del Barco, se cita y emplaza a: JONATHAN CARLOS ARIEL, de datos filiatorios desconocidos, para que en el término de cinco días 5
contados a partir de la última publicación del presente, comparezca ante la Secretaría del Juzgado a su cargo, a proponer abogado defensor y prestar declaración indagatoria en la causa N 30234, caratulada "Riquelme Rubén Darío, Falcon Jonathan Carlos Alberto, Gómez Jonatahn Ariel Carlos y Mesa Oscar Juan Gabriel m. inimp. S/ Robo En Perj. de Castillo Néstor R. y Scholdel Andrea" y bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su inmediata captura.
Como recaudo se transcribe la resolución que ordena el presente y que dice: "Paraná, 29 de febrero de 2008.
Advirtiendo en este estado que surge de autos la participación en el hecho que se investiga de Jonathan Carlos Ariel Gómez, amplíese el auto de avocamiento de fs.
52 a su respecto imputándolo del delito de robo simple, Art.
164 del Código Penal, cíteselo mediante edictos conforme lo prescribe el Art. 154 del C.P.P. en razón de desconocer su actual paradero y bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su inmediata captura.
Notifíquese. Fdo. Dra. Marta G.G. de Del Barco - Juez de Instrucción.- Ante mí: G. Román Sainte Marie - abogado secretario.
Paraná, 16 de abril de 2008 G. Roman Sainte Marie, secretario.
-6983 5 v./8.5.08
- ------ a MARÍA EUGENIA CARLETTI