Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

- JORGE P. BUSTI
- Diego E. Valiero MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
DECRETO Nº 8338 MSAS
- RECHAZANDO SOLICITUD
- Paraná, 11 de diciembre de 2006
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el Dr. Ricardo Ademar Severini, DNI Nº 11.049.154, solicita la aplicación del Decreto Nº 1363/04 GOB. en virtud de haber sido sometido a Sumario Administrativo dispuesto por Decreto Nº 2994/00 MSAS, finalizado por Decreto Nº 3484/01 SES por el cual se aplicará la sanción de cesantía; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Sumario en el Art. 1º se le reprochó al Dr. Ricardo Ademar Severini, DNI Nº 11.049.154, encontrarse su conducta presuntamente incursa en lo dispuesto por el Art. 53, inciso d de la Ley 4170, Carrera Médico Asistencial, hoy Art. 46, inciso d de la Ley 9190, Carrera Profesional Hospitalaria, y además por el Art. 2º se ordenó la suspensión sin goce de haberes de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 de la Ley Nº 4170;
Que las actuaciones sumariales fueron iniciadas por la Directora del Hospital Santa Rosa de Chajarí, Dpto.
Federación, como consecuencia de un hecho ocurrido el día 02.08.99 que motivara la denuncia penal realizada el día 10.08.99 por parte de la Sra. Hilda Mabel Gallegos, caratulándose las actuaciones Severini Ricardo Ademar, Homicidio Culposo, Expte.
Nº 508/99, que tramitaron por ante el Juzgado de Instrucción de la ciudad de Chajarí, que la denunciante expuso que en fecha 02.08.99 concurrió al Hospital debido a su estado de gravidez, habiendo comenzado con dolores de parto en horas de la mañana al mismo tiempo que rompe bolsa, y que el Dr. Severini, fue llamado por la tarde en varias oportunidades, y siendo aproximadamente las 23:30 Hs. el profesional en cuestión decide efectuarle una cesárea, naciendo una criatura de sexo femenino fallecida;
Que analizadas las actuaciones, durante la tramitación del Sumario Administrativo se produjo la prueba de cargo, se le recibió declaración indagatoria al imputado, se abrió a prueba la causa y se pusieron las actuaciones para alegar, garantizándose de este modo el derecho de defensa del sumariado, y conforme lo expresara la Comisión Asesora de Disciplina en su dictamen aconsejando la sanción de Cesantía y en idéntico sentido se emite el Decreto Nº 3484
SES del 20.09.01, que concluye que del cuadro fáctico descripto, emerge sin hesitación que el Dr. Severini estando de guardia pasiva, actuó en forma totalmente negligente, no asistiendo prestamente al Hospital Santa Rosa de Chajarí, ante el primer llamado de la partera, con el agravante de indicar medicación por vía telefónica, cuando en realidad debió atender personalmente a la paciente y permanecer junto a ella a los fines de ir evaluando paulatinamente su estado, la falta de presencia

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/9/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date11/09/2007

Page count122

Edition count4784

Première édition01/12/2003

Dernière édition10/07/2024

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