Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/11/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que obra agregado en autos Memorándum Nº 606/06 mediante el cual se requiere al organismo el envío del expediente principal, el que no ha sido girado;
Que en principio debe señalarse que es procedente la consideración del presente recurso, por ser el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos, contra quien se reclama la mora, un ente sometido a contralor de legitimidad o de mérito por parte del Poder Ejecutivo, dándose los extremos legales exigidos para proceder al urgimiento intentado;
Que del estudio de las actuaciones, surge que el expediente instado se encontraba en reserva, en virtud de que mediante Nota Nº 090/06, el IOSPER elevó a la superioridad un anteproyecto de Resolución a efectos de que a través del Poder Ejecutivo se resuelva la cuestión de fondo en general, situación ésta que le fue notificada a la recurrente;
Que de lo expuesto precedentemente, surge que si bien no existe mora en la tramitación de las actuaciones instadas, se encuentra pendiente de resolución la cuestión de fondo planteada;
Que en virtud de ello corresponde hacer lugar al recurso de queja, debiendo fijarse un plazo de veinte 20 días, a partir de la fecha de recepción del presente, para que el Instituto de Obra Social de la Provincia resuelva la cuestión de fondo, y notifique a la actora de lo resuelto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º - Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Sra. Adriana Beatriz Portel, domiciliada legalmente en calle Tucumán Nº 104 de la ciudad de Gualeguay, por la tardanza en que ha incurrido el Instituto de Obra Social de la Provincia en resolver el Expte. Nº 644195, por el que solicita la incorporación de su esposo al grupo familiar básico, conforme se desprende de los considerandos del presente. Art. 2º - Intímase al Instituto de Obra Social de la Provincia a que en un plazo perentorio de veinte 20 días, contados a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, se pronuncie respecto de la cuestión de fondo y notifique de lo resuelto a la actora, conforme lo manifestado en el presente texto.Art. 3º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pasen las presentes actuaciones al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos, a sus efectos.- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet - ------

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/11/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date28/11/2006

Page count89

Edition count4798

Première édition01/12/2003

Dernière édition30/07/2024

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