Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Actividades de emprendimientos empresarios: en cualesquiera de sus acepciones y posibilidades y/o su comercialización en cualquier forma jurídica posible, inclusive el asesoramiento y la transferencia de conocimientos y tecnologías know how.
Importaciónexportación:
para realizar su objeto la sociedad podrá asesorar y gestionar para sí o para terceros en todo lo relacionado a exportaciones e importaciones de bienes de consumo y de capital, insumos, servicios técnicos y profesionales, radicaciones industriales, alimenticias, frigoríficas, en el país o en el extranjero; evaluación técnica, económica y financiera de proyectos de inversión y otros, estudios de mercados, difusión en el mercado interno e internacional. Representaciones comerciales en el país o en el exterior. Participación en licitaciones nacionales e internacionales.
Transporte: realizar servicios de transporte de carga para la misma sociedad o para terceros.
Plazo de duración: de noventa y nueve años, contados a partir de la toma de razón en DIPJ.
Capital social: el capital social es pesos cien mil $
100.000 representado por mil acciones 1.000 de cien pesos $ 100 cada una y con derecho a un voto por cuota.
Organos de administración: Administración y representación:
la sociedad será administrada por un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de tres directores titulares, la que deberá elegir suplentes en igual o menor número, que se incorporarán al directorio en el orden de su designación, para subsanar la falta de los directores por cualquier causa.
Podrán ser reelectos indefinidamente y durarán tres ejercicios en sus funciones, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que sean designados sus reemplazantes por la asamblea general ordinaria, en los términos del artículo 234 de la Ley 19.550. Las vacantes que se produzcan en el directorio se llenarán por los suplentes.
La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio y en su caso al vicepresidente del directorio.
Organo de fiscalización:
La sociedad prescinde de sindicatura mientras no esté comprometida en algunos de los supuestos a que refiere el artículo 299 de la Ley de Sociedades. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios conforme lo previsto por el Art. 55 de la Ley 19.550.
Fecha de cierre de ejercicios: El día 31 de diciembre de cada año, se cerrará el ejercicio social, debiéndose confeccionar los estados contables conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia.
Proveer conformidad.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 6 de abril de 2006 José L. Nani, abogado DIPJ.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date02/05/2006

Page count114

Edition count4804

Première édition01/12/2003

Dernière édition07/08/2024

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