Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que asimismo, explica que el recurso de queja fue interpuesto a los efectos de impulsar la resolución de la cuestión de fondo en relación al pedido de pago del Saneamiento II oportunamente solicitado, conforme a las constancias de autos, en la obra pública Desages y Protección Zona Urbana Costera Central, 1 etapa Ciudad de Concordia Sistematización Desages Pluviales Cuenca de calle La Rioja, Licitación Pública CAFESG Nº 3/2000
convocada por la comisión y resuelta mediante Resolución Nº 065/2001, que dispuso la adjudicación del contrato a CEMYC
SRL, en un plazo perentorio;
Que se advierte a fs. 319 a 321, la agregación por parte de la recurrente, de copias de sendas notas dirigidas a la comisión, acompañadas al recurso de queja por mora, las que tuvieron por objeto peticionar el pago de tareas adicionales de saneamiento;
Que en consecuencia, se deduce que el recurso de queja fue presentado por mora en resolver actuaciones que no obran agregadas, lo que habilita hacer lugar a la revocatoria interpuesta;
Que la Fiscalía de Estado se expide en dictamen Nº 0540-05
obrante a fojas 349/350;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la Dra. Silvana Sotera en su carácter de apoderada de la empresa CEMYC SRL, domiciliada legalmente en calle Córdoba Nº 419, 1º piso de esta ciudad, contra el Decreto Nº 6147/04 GOB y déjase sin efecto la mencionada norma legal, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Dra.
Silvana Sotera en su carácter de apoderada de la empresa CEMYC SRL, domiciliada legalmente en calle Córdoba Nº 419, 1º piso de esta ciudad, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.
Art. 3º -- Dispónese que la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande, CAFESG, proceda al desglose del expediente agregado, Nº único 537369 corresponde al recurso de queja interpuesto, agregándolo con el expediente que corresponda a los efectos de dar cumplimiento a los artículos precedentes.
Art. 4º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 5º-- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date05/10/2005

Page count97

Edition count4778

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/07/2024

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