Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/7/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

reglamentación del inciso d del artículo 22º de la Ley Nº 9003, modificatoria del Decreto Ley Nº 6200, ratificado por Ley Nº 7504;
Que por Resolución Nº 005 MGJE, del 17 de diciembre de 2003, se integra a partir de la fecha de la misma y hasta la finalización del mandato de la presente gestión, el jurado creado por el artículo 20º de la Ley Nº 9003, para la evaluación de los coloquios efectuados a los aspirantes a recibir el Registro Notarial en la Provincia;
Que el Colegio de Escribanos de Entre Ríos, a fojas 06, informa que el escribano Solari, se halla inscripto en la matrícula profesional de la institución y ha obtenido un resultado satisfactorio en el coloquio evaluativo oportunamente realizado, según consta en los certificados que se adjuntan;
Que para entrar en el ejercicio de la profesión de escribano, el profesional designado deberá cumplimentar los requisitos que prescribe el artículo 25º del Decreto Ley Nº 6200, ratificado por Ley Nº 7504, lo que deberá efectuar por ante el Colegio de Escribanos de Entre Ríos, toda vez que cumplidos los mismos, cuya verificación corre por cuenta de ese colegio, éste recién comunicará a la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos y Tribunal de Superintendencia, la entrada en el ejercicio de la función del escribano designado;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, ha tomado la intervención que le compete para el caso;
Que ha intervenido la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, habiendo comunicado el número de Registro Notarial a otorgar al recurrente;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Créase el Registro Notarial Nº 23, con asiento en la ciudad de Gualeguay y competencia territorial en todo el departamento del mismo nombre, y desígnase titular del mismo al escribano Juan Ignacio Solari, clase 1977, DNI Nº 26.223.465, con domicilio en calle Coronel Hereñú Nº 18, de la citada ciudad.
Art. 2º -- El escribano designado por el presente decreto, para entrar en el ejercicio de la función notarial, deberá cumplimentar con lo preceptuado en el artículo 25º del Decreto Ley Nº 6200, ratificado por Ley Nº 7504.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 4º --

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/7/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date20/07/2005

Page count66

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

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