Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/7/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Con motivo de sumario administrativo dispuesto por Resolución "D.O.S- - S.A.J. N 159/03, caratulado "Contra el Cabo de Policía Genes Fernando César, LP N 21.925, MI N 22.592.208, por la causal del artículo 201, Inc. d del Reglamento General de Policía de Entre Ríos, Ley N 5654/75, por el presente se hace saber al Cabo de Policía Genes Fernando César, argentino, casado-separado, de 30 años de edad, con último domicilio conocido en Av. Ejército s/n de la ciudad de Paraná, DNI N 22.592.208, que conforme a lo establecido en el Art. N 207, del Reg. Gral. de Policía, se le conceden cinco 05 días corridos a partir de la publicación del edicto, para que formule su defensa y/u ofrezca pruebas que estime oportunas, transcribiendo opinión textual, vertida por el instructor de las actuaciones: "Salvo mejor y más elevado criterio de la Superioridad, se sugiere que los costos de reparación del móvil policial interno N 145, deben ser solventados, como se determine oportunamente, por parte del Cabo de Policía Genes Fernando César, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 235 de la Ley N 5654/75, y que el mismo debe ser sancionado con diez 10 días de arresto por considerar su conducta infractora de lo estipulado en el artículo N 164, Inc. 1 de la mencionada ley
-F. 00003134 5 v./23.7.04
- RESOLUCION
- NUEVA
- PARANA
- Colegio de Abogados de Entre Ríos El Colegio de Abogados de Entre Ríos, hace saber que ha dictado la Resolución N 13.188 - Paraná, 30 de junio de 2004. Visto Considerando Por ello el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Entre Ríos, Resuelve:
Artículo 1: Ejecutoriar la sanción recaída en las actuaciones caratuladas: "Dra. Stella Maris Taylor sobre presentación efectuada en su contra por el Sr. Juez de 1
Instancia en lo Civil y Comercial N 3, Dr. José Víctor Arakaki", Expte. 2168 C. 84, suspendiendo en el ejercicio de la profesión a la Dra. Stella Maris Taylor, matrícula N 5325
F 145 Tomo I de Sección Gualeguaychú real, haciendo efectiva la sanción de suspensión en el ejercicio de la matrícula por el término de 4 cuatro meses.
Artículo 2: Comunicar al Excmo. Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, a la Cámara Federal de Apelaciones, a la Caja Forense de Entre Ríos y a la Sección Gualeguaychú del CAER.
Artículo 3: Notificar a través de la Sección Gualeguaychú del CAER, según Resolución N 13.086 CAER a la Dra. Stella Maris Taylor de la presente a sus efectos.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/7/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date19/07/2004

Page count100

Edition count4796

Première édition01/12/2003

Dernière édition26/07/2024

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