Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/1/2004

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que acorde al artículo 10º de la mencionada ley y su concordante artículo 5º del Decreto Nº 3371/90 MEH, el que se mantiene vigente, transitoriamente, según las disposiciones del Decreto Nº 27/99 MSAS y lo establecido por el artículo 6º del Decreto Nº 405/99
MSAS, las beneficiarias serán pasibles de un descuento de excepción por aportes no efectuados;
Que el trámite se encuadra en el cronograma de altas mensuales que, tomando pautas objetivas, establece el Decreto Nº 4036/98 MSAS, prorrogado por Decreto Nº 3121/99 MSAS, que establece un régimen transitorio del Sistema de Amas de Casa, cuya continuidad se dispuso por el Decreto Nº 405/99 MSAS, prorrogado por Decreto Nº 4094/00 MSAS, Decreto Nº 2416/01 MAS, Decreto Nº 1190/02 MAS, Decreto Nº 123/03 MAS y Decreto Nº 4747/03 MAS;
Que por lo expresado corresponde convalidar el beneficio aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, habiendo intervenido la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Acción Social;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Concédese el beneficio de jubilación de Amas de Casa, artículo 7º, Ley Nº 8107, a partir del mes de noviembre de 2003, aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a la Sra. Delia Petrona Humoffe, clase 1940, MI
Nº 3.933.119, domiciliada en Bº Malvinas Argentinas, casa Nº 17 de Gdor. Mansilla.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, notifíquese por medio del ente previsional provincial y archívese.
- SERGIO A. MONTIEL
- Rubén A. Villaverde - -----DECRETO Nº 5970 MAS
- CONCEDIENDO BENEFICIO
- Paraná, 17 de noviembre de 2003
VISTO:

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/1/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date23/01/2004

Page count104

Edition count4787

Première édition01/12/2003

Dernière édition15/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2004>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031