Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/12/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que en consecuencia y de acuerdo a lo aconsejado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Acción Social, corresponde el rechazo del recurso de queja interpuesto, por improcedente;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de las Sras.
Claudelina Ramona Guzmán, Hilda Obdulia Hereñú, Nélida Teresa Maggioni, Pascacia Nicasia Manzo, Marta María Otegui, Felipa Noelia Peñalba, María Leonor Pesce, María Mirta Eve Ponce e Irma Rosa Sánchez, domiciliadas legalmente en Laprida Nº 557 de Paraná, por improcedente, en virtud de encontrarse vigente el Decreto Nº 4747/03 MAS
a la fecha de interposición del mismo.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, notifíquese a las recurrentes por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Acción Social y cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, Dirección Amas de Casa, para la prosecución del trámite respectivo.
- SERGIO A. MONTIEL
- Rubén A. Villaverde - -----DECRETO Nº 5299 MAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 24 de octubre de 2003
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de las Sras. Mercedes Manuela Aguirre, María Inés Benita Aispuru, Dionisia Albornoz, Ana María Báez, Elba Beatriz Ballestena, Modesta Eulalia Barbosa, Elsa Beatriz Basualdo, Laura Berta Bernachea, María Esther Bernachea, Teresa Benedicta Bordón, Irene Bordón, Estela Ramona Carrizo, Mirta Lidia Haydée Faccendini, Jacinta Ana Delia García y Adela Erlinda Gregorutti; y CONSIDERANDO:
Que el mismo se presenta por la supuesta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, Sección Amas de Casa, en pronunciarse en definitiva respecto del beneficios jubilatorios;
Que sin entrar en el análisis de la cuestión de fondo, cabe expresar que a la fecha de la interposición del presente se encuentra vigente el Decreto Nº 4747/03 MAS, que dispone la continuidad del período de normalización del Sistema de Jubilación de Amas de Casa, cuyo artículo 2º establece: durante la vigencia del proceso de normalización quedan suspendidos los plazos procesales administrativos previstos en el Decreto Ley 7060, para la tramitación de los expedientes iniciados o a iniciarse correspondientes a beneficios del régimen de Amas de Casa, lapso durante el cual no podrán deducirse recursos administrativos ni judiciales para obtener pronunciamientos en los mismos

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/12/2003

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date09/12/2003

Page count130

Edition count4793

Première édition01/12/2003

Dernière édition23/07/2024

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