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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 11/1/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes
Nº 28.913
CORRIENTES, 11 DE ENERO DE 2024
Sección Administrativa Decretos Decreto Nº 3026
Corrientes, 17 de noviembre de 2023
Dr. Gustavo Adolfo Valdés
Dr. Pedro Braillard Poccard
C. P. Miguel Angel Olivieri Ministro Coordinación y Planificación
Dr. Carlos José Vignolo
Práxedes Ytatí López Ministra de Educación
Dr. Ricardo Alberto Cardozo Ministro de Salud Pública
Ing. Claudio Horacio Anselmo
Dra. Herminda María Gabur Ministro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Buenaventura Duarte Ministro de Seguridad
Osvaldo Claudio Polich
Gustavo Adan Gaya Ministro de Desarrollo Social
Visto:
El expediente Nº 870-01324-2023 del registro del Ente ReguladorAdministración Obras Sanitarias, y Considerando:
Que el Ente Regulador-Administración Obras Sanitarias solicita una incorporación presupuestaria como consecuencia de mayores ingresos registrados en los códigos de recursos 16201-Intereses por Depósitos Internos y 15301-Venta Bruta de Servicios.
Que de acuerdo a la información que adjunta el área, las registraciones verificadas en el S.I.I.F. y el análisis técnico realizado por la Dirección General de Presupuesto corresponde la modificación presupuestaria solicitada.
Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2023 faculta al Poder Ejecutivo para que por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas autorice modificaciones presupuestarias que impliquen ampliaciones de los créditos presupuestarios, en las partidas ya existentes o a incorporar como partidas específicas, en la medida sean consecuencia de mayores ingresos, en concepto de recursos que no se encuentren considerados en la presente ley.
Que, el artículo 35 de la Ley Nº 5571 de Administración Financiera establece que los recursos serán incorporados al presupuesto, por decreto del Poder Ejecutivo, como así también los créditos por igual importe para atender la finalidad a que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicarse a la Legislatura provincial.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUÉBANSE las modificaciones presupuestarias de gastos N
14/2023, y de recursos N 201/2023 de la Entidad 29 Administración Obras Sanitarias Ente Regulador las que, como anexos, forman parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 3: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ente Regulador - Administración Obras Sanitarias, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini
Dr. Juan José López Desimoni
Decreto Nº 3141
Corrientes, 17 de noviembre de 2023
Alejandra Eliciri Ministra de Turismo
Dr. Horacio David Ortega C.P. Jorge Antonio Gómez Ministro de Ciencia y Tecnología
Visto:
La ausencia del territorio provincial del Ministro de Producción de la Provincia, y Considerando:
Que el Ministro de Producción, Ing. Claudio Anselmo, debe ausentarse del territorio provincial entre el 20 de noviembre y el 09 de diciembre de 2023, en consecuencia, es necesario determinar la subrogancia de las funciones correspondientes a esa cartera ministerial, a fin de asegurar la continuidad de la actividad administrativa durante el tiempo que dure la ausencia de su titular, de acuerdo con el artículo 64 de la Ley Nº 3.460.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y PAG. Nº 2