Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 5/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.895
artículo 1º del presente Decreto.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, y pásese al Instituto Provincial de Estadísticas y Ciencia de Datos, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini
Decreto Nº 2902
Corrientes, 30 de octubre de 2023
Visto:
El Expediente N 310-5788-2023 del registro del Ministerio de Salud Pública; y Considerando:
Que, por las citadas actuaciones, se gestiona la prórroga de licencia especial con goce de haberes por atención a un familiar enfermo, solicitado por una agente dependiente del Ministerio de Salud Pública.
Que, habiendo tomado intervención a fojas 7 la Subdirección de Reconocimientos Médicos y atento a las documentaciones obrantes en autos, corresponde acceder a lo solicitado.
Que, a fojas 9 la Asesoría Legal del citado organismo, emitió opinión legal N 4144 de fecha 27 de abril de 2023.
Que, el presente caso encuadra en lo establecido en el artículo 133 de la Ley N 4.067.
Por ello, y atento a las atribuciones previstas en el artículo 162, inciso 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes.
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: CONCÉDESE prórroga de licencia especial con goce de haberes a partir del 18/03/2023
hasta el 08/09/2023, a la agente BRITES, MELISA
ELIZABET, D.N.I. Nº 36.316.947; categoría 180-personal profesional asistencial-, clase 018; contratada del Hospital de Campaña "Hogar Escuela", dependiente del Ministerio de Salud Pública; por atención a un familiar enfermo.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, cumplido pásese al Ministerio de Salud Pública, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Ricardo Cardozo
Decreto Nº 2903
Corrientes, 30 de octubre de 2023
Visto:
El Expediente N 310-11946-2023 del registro del Ministerio de Salud Pública; y Considerando:
Que, por las citadas actuaciones, se gestiona la licencia especial con goce de haberes por atención a un familiar enfermo, solicitado por un agente dependiente del Ministerio de Salud Pública.
Que, habiendo tomado intervención a fojas 13 la Subdirección de Reconocimientos Médicos y atento a las
CORRIENTES, 05 DE DICIEMBRE DE 2023

documentaciones obrantes en autos, corresponde acceder a lo solicitado.
Que, a fojas 15 la Asesoría Legal del citado organismo, emitió opinión legal N 4399 de fecha 28 de junio de 2023.
Que, el presente caso encuadra en lo establecido en el artículo 133 de la Ley N 4.067.
Por ello, y atento a las atribuciones previstas en el artículo 162, inciso 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes.
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: CONCÉDESE licencia especial con goce de haberes a partir del 12 de junio de 2023 y hasta el 31
de diciembre de 2023, a la agente SOTELO, MATILDE, D.N.I. Nº 17.230.909; categoría 180 -personal profesional asistencial-, clase 017; planta permanente del centro de salud CAPS Nº V "Bº Dr. Montaña" de esta ciudad, dependiente del Ministerio de Salud Pública; por atención a un familiar enfermo.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, cumplido pásese al Ministerio de Salud Pública, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Ricardo Cardozo
Decreto Nº 2905
Corrientes, 30 de octubre de 2023
Visto:
Los Expedientes Nº 310-5464-2021, Nº 310-13605-2023, 310-13606-2023, 310-16199-2023 y Nº 310-19558-2022
del registro del Ministerio de Salud Pública; y Considerando:
Que el Ministerio de Salud Pública eleva la Resolución Nº 5262 de fecha 04 de septiembre de 2023, solicitando su aprobación correspondiente por decreto del Poder Ejecutivo.
Que en atención de la normativa vigente resulta necesario aprobar el acto administrativo citado, obedeciendo el dictado de la misma a necesidades operativas del área, atento a las previsiones establecidas en el Decreto Nº 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 5262 de fecha 04 de septiembre de 2023 dictada por el Ministro de Salud Pública, la que como anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Salud Pública a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Ricardo Cardozo
PAG. Nº 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 5/12/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaysArgentine

Date05/12/2023

Page count30

Edition count512

Première édition09/11/2020

Dernière édition25/06/2024

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