Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 11/8/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.820
procesal administrativa de la Impugnación contra la Corrida de Vista Nº 2099/22; el cual ya fue analizado y resulto por el Departamento Técnico de Fiscalización.
Que, con respecto al recurso presentado por el Contribuyente, debemos decir:
En primer lugar, corresponde analizar el cumplimento de los requisitos de forma.
Que, el recurso fue interpuesto en fecha, 14/04/2023, habiéndose noti cado la Resolución Interna Nº 267/23
en fecha 21/03/2023, hallándose dentro del plazo legal establecido en el art. 58 del Código Fiscal.
Que, al veri carse el incumplimiento del pago de la tasa administrativa exigida según el artículo 32º de la Ley Tarifaría Vigente, esta Dirección estaría facultada para rechazar in limine dicho acto recursivo; no obstante, a ello, se ha procedido a analizar las objeciones contenidas en ella respetándose en todo momento el debido proceso, las normas del Código Fiscal y la garantía de la defensa en juicio.
Que, del análisis de las cuestiones de fondo se advierte que los alegatos contenidos en el recurso interpuesto, son similares a los vertidos en la impugnación a la Corrida de Vista Nº 2099/22, no existiendo ningún tipo de información o prueba relevante que permitiese modi car la determinación efectuada por esta Dirección.
Que, conforme al artículo 58 del Código Fiscal el interesado debe demostrar con pruebas concretas cuales son deducciones y conjeturas equivocadas sobre las cuestiones resueltas; asimismo, aparte de expresar los motivos por los cuales impugna el acto, debe efectuar una crítica concreta, razonada y autosu ciente, la que no puede ser sustituida con una mera discrepancia con el criterio que sostiene esta Dirección.
Que, teniendo presente las consideraciones expuestas ut supra se puede constatar que, los fundamentos por los cuales el contribuyente intenta valerse carecen de todo tipo de sustento fáctico dedigno, que permitan
CORRIENTES, 11 DE AGOSTO DE 2023

cambiar la realidad exteriorizada a través de la determinación sobre base presunta efectuada por Dirección General de Rentas.
Que, obra en las presentes actuaciones el dictamen legal pertinente.
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: RECHA Z AR el R ecurso de Reconsideración interpuesto por el Contribuyente TORO CUE S.R.L., CUIT Nº 30-71173702-9, contra la Resolución Nº 267/23 y, DEJAR FIRME todas las actuaciones llevadas adelante por el DEPARTAMENTO
DE FISCALIZACIÓN según el procedimiento de Veri cación iniciado en fecha 15 de Julio 2.022.
ARTICULO 2: DETERMINAR la Obligación Impositiva al contribuyente TORO CUE S.R.L., CUIT Nº 30-711737029, Domicilio Fiscal: Lote 32, Mzna. 82; 4482 - Rio Cuarto, Córdoba, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por la suma de $985.678,18 PESOS NOVECIENTOS
OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y
OCHO CON DIECIOCHO CENTAVOS; a valores históricos e INTIMAR por este acto al pago de las referidas sumas, con los intereses correspondientes, todo bajo apercibimiento de la acción ejecutiva de cobro, conforme lo tipi ca el art. 70 del Código Fiscal.
ARTICULO 3: HACER saber a la parte interesada que le asiste el derecho de interponer Recurso de Apelación, de conformidad a lo establecido por el 60º Código Fiscal Vigente, en el plazo de quince 15 días hábiles a partir de la noti cación de la presente.
ARTICULO 4: REGISTRESE comuníquese, cumplido archívese.
Cr. Fabián Boleas Consejero Principal A/c Dirección General - D.G.R. Ctes.
Dr. Luis Aníbal Gómez Subdirector Jurídico y de Procuración Fiscal - D.G.R. Ctes.
I: 09/08 V: 11/08

Sección Judicial Citaciones - Capital Expte N 172468/18

Expte N.º 244.248

El Juzgado Civil y Comercial Nº1 a cargo de Dr. DANIEL
EDGARDO BORCHES, Secretaría Nº1 a cargo de Dra.
ADRIANA MARIA LORENA ARECE, sito en calle 9 de Julio 1099 2ºpiso de Corrientes, cita a FERMINA HORTENCIA
MACIEL D.N.I.N17.301.478 a efectos que comparezca a estar a derecho y constituya domicilio en autos:
"DIRECCION PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORRIENTES
C/MAIDANA DANIEL ENRIQUE Y FERMINA HORTENCIA
MACIEL S/Apremio" Exp.Nº172468/18, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial en caso de incomparecencia. El presente debe publicarse por 2
dos días. Corrientes, de de 2023.
Dr. DANIEL EDGARDO BORCHES
I: 07/08 V: 11/08

El Dr. PABLO MARTIN TELER REYES, Juez Civil y Comercial N 12 cita y emplaza por el término de 15 días a quienes se consideren con derecho a formular OPOSICIÓN AL
CAMBIO DE NOMBRE iniciado por ORNELLA VALENTINA
GÓMEZ ACOSTA, DNI N 46.459.681 en los autos caratulados: "GOMEZ ACOSTA ORNELLA VALENTINA C/
GOMEZ ADOLFO LUIS S/ CAMBIO DE NOMBRE", Expte N.º 244.248, en trámite por ante la Secretaria a mi cargo.
Corrientes, 21/06/2023.Dr RUFINO JOSE CHEQUIM
I: 10/08 16/08
Expte N 216908/21
La Dra. SONIA ELIZABETH FILIPIGH, Juez del Juzgado Civil y Comercial N 6 de la Ciudad de Corrientes sito en calle 9 de Julio N 1099 -3 Pisode la Ciudad de Corrientes, cita y emplaza por el término de veinte 20

PAG. Nº 13

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 11/8/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaysArgentine

Date11/08/2023

Page count24

Edition count512

Première édition09/11/2020

Dernière édition25/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2023>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031