Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 12/7/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.565
emitir el comprobante de libramiento de pago contra la Tesorería General de la Provincia por hasta la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE
MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON NOVENTA Y SIETE
CENTAVOS $ 12.929.417,97 en la estruc tura programática presupuestaria consignada en el anexo del artículo 1, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Corrientes.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 4: El presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Coordinación y Planificación.
ARTÍCULO 5: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio de Coordinación y Planificación, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Miguel Ángel Olivieri C.P. Marcelo Rivas Piasentini
Decreto Nº 1566
Corrientes, 1 de junio de 2022
Visto:
El expediente N 800-01176-2022 del registro del Honorable Tribunal de Cuentas; y Considerando:
Que el Honorable Tribunal de Cuentas solicita una readecuación presupuestaria con el objeto de dar cumplimiento al Plan de Trabajo delineado por ese Organismo de Control Externo para el ejercicio 2022.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Honorable Tribunal de Cuentas con el objeto de afrontar los gastos mencionados Que el artículo 15 de la Ley N 6.594 de Presupuesto 2022
faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
A R T Í C U LO 1 : A P R U É B A S E l a m o d i f i c a c i ó n presupuestaria de gastos N 110/2022 de la Jurisdicción 02-Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.

CORRIENTES, 12 DE JULIO DE 2022

ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 3: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Honorable Tribunal de Cuentas, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini
Decreto Nº 1567
Corrientes, 1 de junio de 2022
Visto:
E l ex p e di e nt e N 540-10-02-145/2022, caratulado:
ADMINISTRADORA GENERAL DEL ICAA ING. AGR. MARÍA
ALE JANDRA ELICIRI. S/DESIGNACIÓN GERENTE
P/GERENCIA GESTIÓN AMBIENTAL, y Considerando:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la aprobación de la Resolución Nº 068 de fecha 14 de febrero de 2022, dictada por la Administradora General del Instituto Correntino del Agua del Ambiente ICAA.
Que atento a la normativa vigente resulta necesario la aprobación del acto administrativo de referencia, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativa del área, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 11, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º:A
PRUÉBASE en todos sus términos la Resolución Nº 068 de fecha 14 de febrero de 2022, dictada por la Administradora General del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente ICAA, la que pasa a formar parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º:El presente decreto es refrendado por el Ministro de Producción.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, pásese al Instituto Correntino del Agua y del Ambiente ICAA y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Ing. Claudio Horacio Anselmo
Decreto N 1568
Corrientes, 1 de junio de 2022
Visto:
EL expediente N 850-30-03-00728/2022 del registro del Instituto de Lotería y Casinos de Corrientes; y Considerando:
Que en estas actuaciones, se peticiona la aprobación de las Resoluciones N 0139-I de fecha 28 de marzo de 2022
y Nº 0248-I de fecha 9 de mayo de 2022, dictadas por la
PAG. Nº 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 12/7/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaysArgentine

Date12/07/2022

Page count18

Edition count532

Première édition09/11/2020

Dernière édition25/07/2024

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