Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 30/3/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.498
planificación elaborada por ambas instituciones.ARTÍCULO 2º: COMUNICAR, la Dirección Provincial de Energía de Corrientes.ARTÍCULO 3º: LA presente Ordenanza será refrendada por la Señora Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de Mburucuyá.ARTÍCULO 4º: COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL
REGISTRO MUNICIPAL Y LUEGO ARCHIVESE.DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE MBURUCUYÁ A LOS CATORCE DIAS DEL
MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.Prof. Alberto Luis Difranco. Presidente H.C.D.
Dra. María Teresa Veron. Secretaria HCD

Municipalidad de Mburucuyá Ordenanza Nº 292/2022
Visto:
El Expediente N 002/2022 y las facultades conferidas por la COM y el Reglamento Interno del HCD, además de los hechos acontecidos como consecuencia del período de sequía que azoto a gran parte del país y en particular a nuestra provincia, con focos de incendios en varios lugares los cuales afectaron específicamente gran parte del territorio Mburucuyano, lo cual repercutió en lugares turísticos muy importante en la economía regional, áreas forestales y Bosques Nativos.
Considerando:
QUE, el invalorable servicio prestado por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de MBURUCUYA se han ganado el afecto de todos, cuando se hablaba de ellos en estas últimas, era con orgullo, respeto y admiración tanto de los Mburucuyanos, como de Brigadistas y colegas de otras localidades, que trabajaron codo a codo.
QUE, a raíz de los numerosos focos de incendio acontecidos en los meses de enero y febrero el trabajo realizado con vocación en desmedro de su tiempo libre, de su comodidad personal, arriesgando su vida para salvar otras vidas y bienes de otras personas.
QUE, resulta lógico un reconocimiento de la comunidad sobre la valía de sus ser vicios compensarlos mínimamente, eximiéndolos del pago Inmobiliario, Servicios que preste el Municipio de Mburucuyá e incluso el del impuesto Automotor.
QUE, esta medida contribuiría a incentivar una mayor participación en este cuerpo, lo que redundaría en
CORRIENTES, 30 DE MARZO DE 2022

beneficios para la comunidad, contribución que difícilmente podría ponderarse económicamente.
Por Ello El Honorable Concejo Deliberante de Mburucuyá Sanciona con fuerza de Ordenanza ARTÍCULO 1º: EXÍMASE del pago del Impuesto Inmobiliario, Servicios generales e Impuesto Automotor a los integrantes del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Mburucuyá durante el período año 2022.
ARTÍCULO 2º: LA EXENCIÓN solo podrá beneficiar a quienes efectivamente presten servicios en el cuerpo activo de la Institución siempre que tengan una antigedad de por lo menos seis 6 meses no así a los directivos y Miembros de la Comisión. El jefe de servicio del Cuartel deberá elevar un informe al Municipio, de los bomberos que deberán ser tenidos en cuenta al momento de dictar la exención.
ARTÍCULO 3º: CADA BENEFICIARIO podrá afectar al presente régimen el inmueble donde habitase, el que podrá ser o no ser de su propiedad siempre que acredite suficientemente, el título en virtud del cual lo habita.
ARTÍCULO 4º: TAMBIÉN se podrá afectar un automotor, el que deberá estar inscripto en el Municipio a nombre del beneficiario.
ARTÍCULO 5º: EL BENEFICIARIO podrá modificar los bienes sujetos al beneficio sin ningún tipo de restricciones, pero nunca se podrá en cabeza de un mismo beneficiario eximir dos 2 inmuebles o automotor en el periodo 2022.
ARTÍCULO 6º: El cuerpo de Bombero de la Ciudad deberá informar al D.E.M. de cualquier novedad, quedando facultado para: A Dar la BAJA en forma inmediata al beneficiario cuando el Cuerpo informe irregularidades.
BDar la BAJA al bombero que durante dos 2 meses no cumpla con sus tareas en el servicio.
ARTÍCULO 7º: LA presente Ordenanza será refrendada por la Señora Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de Mburucuyá.ARTÍCULO 8º: COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL
REGISTRO MUNICIPAL Y LUEGO ARCHIVESE.DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE MBURUCUYÁ A LOS VEINTIUN DIAS
DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.Prof. Alberto Luis Difranco. Presidente H.C.D.
Dra. María Teresa Veron. Secretaria HCD

Sección Judicial Citaciones - Capital DARIO SENA, D.N.I. N 27.189.162, con último domicilio conocido en las calles Itatí y Progreso S/N Ref.: Esquina Por disposición de S.Sa, Sra. Juez de Instrucción N 1, de la Localidad de Santa Ana Ctes., a fin de que dentro Primera Circunscripción de la Provincia de Corrientes, del plazo de CINCO 5 días de publicado el presente Dra. NORMA B. AGRASO, se cita y emplaza a RUBEN comparezca a tomar la participación que le corresponde
Expte. Nº PEX 193857/19

PAG. Nº 5

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 30/3/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaysArgentine

Date30/03/2022

Page count18

Edition count532

Première édition09/11/2020

Dernière édition25/07/2024

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