Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/2/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Viernes 25 de Febrero de 2022
PÁGINA 3
BOLETÍN OFICIAL
de incorporarlo al programa de promoción para la industria hidrocarburífera creado con Decreto Nº 278/2021;
Que de acuerdo los informes contenidos en el expediente, corresponde incorporar el proyecto Recuperación Terciaria y Mejora de Eficiencia Volumétrica de Barrido Pampa del Castillo Sur en el área Pampa del Castillo - La Guitarra, presentado por la empresa CAPEX S.A., al programa de promoción para la industria hidrocarburífera creado por el Decreto N 278/2021;
Que conforme lo determinado por el Ministerio de Hidrocarburos, corresponde fijar las regalías que abonarán mensualmente los titulares de la concesión de explotación del área Pampa del Castillo - La Guitarra, al Estado Provincial en el seis por ciento 6%, en concepto de regalías hidrocarburíferas en el marco del programa aprobado por el Decreto N 278/2021, por la producción incremental de petróleo crudo obtenida;
Que tomó intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
D E C R E TA :
hidrocarburífera en el marco del Decreto N 278/2021.
Artículo 2.- Los titulares de la concesión de explotación del área Pampa del Castillo La Guitarra abonarán mensualmente al Estado Provincial el seis por ciento 6% en concepto de regalías hidrocarburíferas según Art. 59 de la Ley N 17.319 y Art. 68 de la Ley XVII
N 102, por la producción incremental de petróleo crudo obtenida en el área delimitada según ANEXO I que forma parte del presente, hasta el mes de abril de 2031
inclusive, vencido dicho plazo el concesionario abonará el doce por ciento 12% por dicho concepto.
Artículo 3.- FACÚLTESE al Ministerio de Hidrocarburos y a la Dirección General de Rentas, dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público a dictar los actos administrativos necesarios a los fines de la implementación y fiscalización del proyecto que por el presente Decreto se aprueba.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Hidrocarburos, de Economía y Crédito Público, y de Gobierno y Justicia.
Artículo 5.- REGÍSTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
Artículo 1.- INCORPÓRASE el proyecto Recuperación terciaria y mejora de eficiencia volumétrica de barrido pampa del castillo sur en el área Pampa del Castillo - La Guitarra, presentado por la empresa CAPE
X S.A., al programa de promoción para la industria
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Ing. MARTÍN CERDÁ
Lic. OSCAR ABEL ANTONENA
ANEXO
COORDENADAS
X: 68,08617852
Y: 45,81470629
X: 67,97412965
Y: 45,81374415
X: 67,97369307
Y: 45,83755793
X: 68,02413557
Y: 45,86049244
X: 68,08667964
Y: 45,86100950