Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 1/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Apruébase el Modelo de Convenio Marco entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia del Chubut Decreto N 40
Rawson, 26 de Enero de 2022
VISTO:
El Expediente N1795/21 EC, la Ley II N 147; y, CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del Visto se tramita la suscripción del Convenio de Préstamo entre la Provincia del Chubut y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Nación, en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales PROSAP IV;
Que por medio de aquel se aprueba el Programa de Obras Menores de Infraestructura Productiva para el Desarrollo Local, cuyos proyectos se enmarcan en el mencionado Programa;
Que aquellos se financiarán con recursos provenientes del Contrato de Préstamo BID N 3806/OC-AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, que ha sido aprobado por Decreto Nacional N 235/17, para la ejecución del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales PROSAP;
Que de conformidad con artículo 25 del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal N 25.917, la operación referida deberá contar con la previa autorización del Ministerio de Economía y Producción actual Ministerio de Economía, el que efectuará un análisis a fin de autorizar tales operaciones;
Que en ese marco, es preciso contar con documentación requerida por el Anexo V del Decreto Reglamentario N 1731/04 de la mencionada Ley;
Que la Provincia del Chubut, se adhirió a la Ley de Responsabilidad Fiscal N 25.917 y su Decreto Reglamentario N.1731/04, mediante Ley II N 64;
Que el apartado a consignado en el Anexo V del artículo 25 del Decreto Reglamentario señalado, establece que a tales efectos deberá acompañarse, entre otras, la norma donde se aprueben las condiciones de la operatoria, que de ordinario son fijadas en el modelo de Convenio de Préstamo a suscribirse;
Que se agrega en estas actuaciones la Ley II N
147, que contiene dichos requerimientos y autoriza a la Provincia a endeudarse por la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES U$S
100.000.000 en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales;

Martes 1 de Febrero de 2022

Que actualmente del monto autorizado mediante Ley II N 147, se utilizó un mínimo porcentaje para la ejecución del Proyecto de Desarrollo de Unidad Alimentaría y Fortalecimiento del Sector Fruti-Hortícola del Chubut, actual Mercado Concentrador de Chubut, y mediante Decreto N136/21 se autorizó el Proyecto de Mejoramiento del Servicio Provincial de Manejo del Fuego SPMF para la prevención y control del Fuego en el noroeste del Chubut en el marco del Programa;
Que en consecuencia corresponde aprobar el modelo de Convenio Marco para la ejecución del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales PROSAP IV a suscribirse entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Gobierno de la Provincia de Chubut, que como Anexo forma parte del presente;
Que el artículo 26 del Convenio Marco a suscribirse establece que Forman parte integrante del presente Convenio Marco de Préstamo Subsidiario: la Ley de Endeudamiento Provincial, Ley Chubut II N 147/2013 y los siguientes instrumentos legales, que la PROVINCIA declara conocer y aceptar: al Contrato de Préstamo BID N
3806/OC-AR, suscriptos entre el Banco Interamericano de Desarrollo BID y la República Argentina; b Decreto N 235/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, aprobatorio de los Contratos de Préstamo; c Reglamento Operativo; y el d MPA del PROSAP;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
ELGOBERNADORDE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- APRUÉBASE el Modelo de Convenio Marco a celebrarse entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia del Chubut, por hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES U$S 2.000.000.- destinado a la ejecución del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales PROSAP IV, que como Anexo I forma parte del presente.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y Gobierno y Justicia.
Artículo 3.- REGISTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Lic. OSCAR ABEL ANTONENA
ANEXO I
PROGRAMA DE SERVICIOS AGRÍCOLAS PROVINCIALES
CONVENIO MARCO
PROVINCIA DE CHUBUT
Entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA
y PESCA, representado en este acto por el Señor Ministro Dr. Julián Andrés DOMINGUEZ, autorizado para este

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 1/2/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date01/02/2022

Page count25

Edition count4368

Première édition07/01/2004

Dernière édition02/08/2024

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