Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/10/2020

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 4
Res. N 300

BOLETÍN OFICIAL
09-10-20

Artículo 1º.- DISPONER la utilización de un monto de PESOS CATORCE MILLONES $14.000.000, correspondiente al Fondo Unificado de Cuentas Oficiales F.U.C.O a los fines de afrontar el pago de haberes de los agentes públicos de la Provincia del Chubut, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 5º del Decreto Nº 403/2013.-

Res. N 301

13-10-20

Artículo 1º.- EMÍTASE la Serie LVII de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut por Valor Nominal DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CUATRO
MILLONES QUINIENTOS MIL VN USD 34.500.000, en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut, de acuerdo con los siguientes términos y condiciones:
a Emisión: Serie LVII de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut a un plazo de 30 meses y vencimiento el 15 de abril de 2023 por USD 34.500.000.
b Moneda de emisión: Dólares estadounidenses.
c Moneda de Integración: Pesos y/o Dólares estadounidenses.
d Fecha de Emisión: 15 de octubre de 2020.
e Fecha de Liquidación: 15 de octubre de 2020.
f Monto a ser suscripto: DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS
MIL VN USD 34.500.000.
g Denominación mínima y unidad mínima de negociación: DÓLARES ESTADOUNIDENSES UNO VN
U$S 1.
h Fecha de Vencimiento: 15 de abril de 2023.
i Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediatamente posterior.
j Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo con lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, o aquel que en el futuro lo sustituya.
k Mecanismo de colocación: suscripción directa.
l Precio de emisión: 100% de su valor nominal a la par.
m Interés:
1. Tasa aplicable: tasa nominal anual del 5%.
2. Fecha de pago de los intereses: Se pagarán intereses trimestrales los días 15 de enero, 15 de abril, 15 de julio y 15 de octubre de cada año venciendo la última cuota el 15 de abril de 2023. Cuando la fecha de pago no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediatamente posterior.
3. Período de Devengamiento de Intereses: A los fines del cálculo del devengamiento de intereses de la Serie LVII de Letras del Tesoro, se tomará para el primer servicio de interés, desde la Fecha de Emisión hasta la primer fecha de pago de intereses excluyendo a esta última; y a partir de las subsiguientes fechas de pago de intereses desde la fecha de pago de intereses del servicio anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago de intereses. Respecto de la última fecha de pago de intereses, se considerará
Miércoles 28 de Octubre de 2020

periodo de devengamiento de intereses al comprendido entre la fecha de pago de intereses inmediato anterior a la Fecha de Vencimiento y la Fecha de Vencimiento de la Serie LVII de Letras del Tesoro inclusive.
4. Convención de Intereses: días reales transcurridos considerándose siempre un año de 365 días.
n Tipo de cambio de integración: Tipo de Cambio Aplicable correspondiente al cuarto día hábil anterior a la fecha de emisión y liquidación $ 77,1033.
o Tipo de Cambio Aplicable: tipo de cambio dispuesto por el Banco Central de la República Argentina de conformidad con lo establecido por la Comunicación A 3.500.
p Moneda de pago: Pesos Argentinos convertidos al Tipo de Cambio Aplicable correspondiente al cuarto día hábil anterior a la fecha de vencimiento y/o pago de los intereses y/o amortización.
q Agente de cálculo: Dirección General de Coordinación y Financiamiento dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público de la Provincia del Chubut.
r Agente Financiero: Banco del Chubut S.A.
s Listado y Negociación: se negociarán en el Mercado Abierto Electrónico S.A. MAE, y podrán listarse y negociarse en Bolsas y Mercados Argentinos BYMA, y/o en cualquier otro mercado de valores autorizado en la República Argentina.
t Forma e Instrumentación de las Letras del Tesoro:
Estarán representadas por un certificado global permanente a ser depositado en Caja de Valores S.A. El tenedor renuncia al derecho de exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N 20.643
encontrándose habilitada la Caja de Valores S.A. para cobrar aranceles a los depositantes, que estos podrán trasladar a los tenedores.
u Liquidación: MAE - Clear y/o a través del Banco del Chubut S.A.
v Integración: Las Letras serán integradas mediante i la entrega de las Letras del Tesoro Serie LIV con vencimiento el 15 de octubre de 2020 considerándose una relación de canje equivalente a VN $1 de las letras Clase Serie LIV por cada VN $ 1,03709074490811 de la Letra del Tesoro Serie LVII a emitir convertido a dólares al Tipo de Cambio de Integración y ii los pesos y/o dólares necesarios.
w Agente Financiero: Banco del Chubut S.A.
x Organizador: Banco del Chubut S.A.
y Forma de Pago de los Servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut con derecho al cobro.
z Entidad Depositaria: Caja de Valores S.A.
aa Tratamiento impositivo: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. En cuanto a los impuestos provinciales, tanto estas Letras del Tesoro como el producido de las mismas están exentos del impuesto de sellos y a los ingresos brutos en la Provincia del Chubut.
ab Legislación Aplicable: República Argentina.
Artículo 2º.- Autorízase al Sr. Oscar Abel Antonena,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/10/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date28/10/2020

Page count20

Edition count4344

Première édition07/01/2004

Dernière édition28/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2020>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031