Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/6/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

la Resolución Nº 47/17 TC mediante la cual se conmina a los responsables de la Comuna Rural de Aldea Apeleg, Presidente: Sr. Marcos PRUESSING y Tesorero: Sr.
Mario ALBISTUR a presentar las rendiciones de cuentas correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del Ejercicio 2016.
Que a fojas 41/42 obran las constancias de notificación de la citada resolución.
Que habiéndose vencido el plazo otorgado, se corre vista del presente expediente al Contador Fiscal el cual se expide a fojas 43 mediante Dictamen Nº 083/17 C.F., solicitando la aplicación de una multa del 50% del módulo Dto. 163/14 al Presidente: Sr. Marcos PRUESSING.
Que en tal estado corresponde la aplicación de una multa de PESOS UN MIL QUINIENTOS $ 1.500, al responsable en los términos del art. 17º inc. n de la Ley V Nº 71.
Por todo ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Aplicar una multa de PESOS MIL QUINIENTOS $ 1.500 al Presidente de la Comuna Rural de Aldea Apeleg, Sr. Marcos PRUESSING DNI Nº 28.015.858, por no presentar las rendiciones de cuentas de los meses de septiembre a diciembre del Ejercicio 2016. Segundo: Emplazar al nombrado para que dentro del término de quince 15 días de notificado ingrese a la Tesorería de General de la Provincia o gire a su orden como perteneciente a este expediente, la suma fijada en el artículo primero, debiendo acreditar ante este Tribunal mediante constancia fehaciente efectuado que fuera - el pago de la multa aplicada.
Tercero: La multa dispuesta en el artículo primero que no se haya hecho efectiva en el término indicado, será descontada de los haberes del responsable, conforme lo dispuesto en el artículo 17º in fine de la Ley V
Nº 71, sin perjuicio de hacer uso, de resultar pertinente, de lo dispuesto en el art. 60º de la Ley citada.
Cuarto: Regístrese, notifíquese al responsable, remítase copia de la presente a la Tesorería General de la Provincia a los efectos registre la multa aplicada.
Cumplido, ARCHIVESE.
Pte. Dr. Tomás Antonio MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LORENA VIVIANA CORIA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Prosec. ROSA MARIA RISSO PATRON

RESOLUCION DEL TRIBUNAL NUMERO 96/17
Rawson Chubut, 31 de mayo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 35.781, año 2016, caratulado: MUNICIPALIDAD DE RIO MAYO S/RENDICIÓN DE CUENTAS EJERCICIO 2016, y CONSIDERANDO: Que a fojas 45 corre agregada la Resolución Nº 50/17 TC mediante la cual se conmina a los responsables de la Municipalidad de Rio Mayo, Intendente Interino: Sr. Gustavo Andrés HERMIDA des-

Lunes 26 de Junio de 2017

de 17/03/16, Secretaria de Hacienda: Sra. Liliana FRI y Secretaria de Obras Públicas: Sra. Alejandra Noemí FIGUEROA a presentar las rendiciones de cuentas correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del Ejercicio 2016.
Que a fojas 50/52 obran las constancias de notificación de la citada resolución.
Que habiéndose vencido el plazo otorgado, se corre vista del presente expediente al Contador Fiscal el cual se expide a fojas 54 mediante Dictamen Nº 096/17 C.F., solicitando la aplicación de una multa del 50% del módulo Dto. 163/14 al Intendente: Sr. Gustavo Andrés HERMIDA.
Que en tal estado corresponde la aplicación de una multa de PESOS UN MIL QUINIENTOS $ 1.500, al responsable en los términos del art. 18º inc. c de la Ley V Nº 71.
Por todo ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Aplicar una multa de PESOS MIL QUINIENTOS $ 1.500 al Intendente de la Municipalidad de Rio Mayo, Sr. Gustavo Andrés HERMIDA DNI Nº 27.198.148, por no presentar las rendiciones de cuentas de los meses de septiembre a diciembre del Ejercicio 2016.
Segundo: Emplazar al nombrado para que dentro del término de quince 15 días de notificado ingrese a la Tesorería de la Municipalidad de Rio Mayo o gire a su orden como perteneciente a este expediente, la suma fijada en el artículo primero, debiendo acreditar ante este Tribunal mediante constancia fehaciente efectuado que fuera - el pago de la multa aplicada.
Tercero: La multa dispuesta en el artículo primero que no se haya hecho efectiva en el término indicado, será descontada de los haberes del responsable, conforme lo dispuesto en el artículo 17º in fine de la Ley V Nº 71, sin perjuicio de hacer uso, de resultar pertinente, de lo dispuesto en el art. 60º de la Ley citada.
Cuarto: Regístrese, notifíquese al responsable, remítase copia de la presente a la Tesorería de la Municipalidad de Rio Mayo a los efectos registre la multa aplicada.
Cumplido, ARCHIVESE.
Pte. Dr. Tomás Antonio MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LORENA VIVIANA CORIA
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Cr. SERGIO SÁNCHEZ CALOT
Prosec. ROSA MARÍA RISSO PATRON

RESOLUCION DEL TRIBUNAL NUMERO 97/17
Rawson Chubut, 31 de mayo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 35.782, año 2016, caratulado: MUNICIPALIDAD DE RIO PICO S/RENDICIÓN
DE CUENTAS EJERCICIO 2016, y CONSIDERANDO: Que a fojas 52 corre agregada la Resolución Nº 48/17 TC mediante la cual se conmina a los responsables de la Municipalidad de Río Pico, Intendente: Sr. Marcos Gustavo MACHADO y Secretario de Hacienda: Sra. Sonia Raquel SOLIS a presentar las rendiciones de cuentas correspondientes a los meses de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/6/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date26/06/2017

Page count24

Edition count4363

Première édition07/01/2004

Dernière édition26/07/2024

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