Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :

DECRETO PROVINCIAL
Poder Ejecutivo: Vétase parcialmente, Proyecto de Ley
Dto. Nº 956/16
Rawson, 04 Julio de 2016
VISTO:
El proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 09 de junio de 2016, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 052/
16 - P.HL., el día 13 de junio de 2016; y CONSIDERANDO:
Que es política de este Poder Ejecutivo velar por el pleno funcionamiento del Sistema Republicano de Gobierno establecido en el artículo primero de la Constitución Nacional y Provincial, y en tal sentido, proveer a la actuación independiente pero coordinada de los Poderes del Estado cuando expresan la voluntad pública;
Que en dicho marco institucional el Poder Legislativo ha sancionado un Proyecto de Ley mediante el cual se establece la obligatoriedad para los organismos públicos, privados y comerciales de toda la Provincia del Chubut de permitir el ingreso a sanitarios a personas que padezcan enfermedad intestinal inflamatoria, ya sea Colitis Ulcerosa o enfermedad de Crohn;
Que la mencionada enfermedad deberá certificarse con una credencial identificatoria realizada por médicos gastroenterólogos de los hospitales públicos y centros de salud de cada localidad;
Que según lo manifestado por el Ministerio de Salud mediante Nota N 109/16-SPS, no obstante compartir el espíritu de la Ley resulta aconsejable el veto parcial de la misma por los motivos que se establecen en el presente;
Que el artículo 5º dispone la certificación de la credencial referida anteriormente ante el Ministerio de Salud, la cual se acompaña como modelo en el ANEXO
A del proyecto;
Que en el mismo figura el logo de la Fundación Argentina de Ayuda a las Personas con Enfermedades de Crohn y Colitis Ulcerosa FUNDECCU, y no el del Ministerio de Salud;
Que por ello se considera improcedente el artículo mencionado, sugiriendo el veto parcial del proyecto y una modificación al ANEXO del mismo;
Que por los fundamentos expuestos, en uso de la facultad que otorga el artículo 142 de la Constitución Provincial y en virtud de la autonomía normativa de los restantes artículos, este Poder Ejecutivo considera necesario vetar el artículo 5º y el correspondiente ANEXO A del Proyecto de Ley sancionado;

Miércoles 20 de Julio de 2016

Artículo 1º.- Vetase parcialmente, específicamente en su artículo 5º y ANEXO A, el Proyecto de Ley mediante la cual se establece la obligatoriedad para los organismos públicos, privados y comerciales de toda la Provincia del Chubut de permitir el ingreso a sanitarios a personas que padezcan enfermedad intestinal inflamatoria, ya sea Colitis Ulcerosa o enfermedad de Crohn, sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 09 de junio de 2016, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N
052/16 - P.HL., el día 13 de junio de 2016.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.
Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.MARIO DAS NEVES
Cr. VICTOR H. CISTERNA

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONTROL DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

Res Nº XXIV-12

12-07-16

Artículo 1.- Déjase sin efecto, a partir de la fecha de la presente Resolución, la Resolución XXIV N 16/
10, de fecha 21 de mayo de 2010, por medio de la cual se otorga la Bonificación Especial remunerativa no bonificable contemplada en el Artículo 1 del Decreto N
1792/08, al agente Carlos MARTINELLI M.l. Nº 12.223.837 - Clase 1956, en razón de que dicho agente no continuará realizando tareas de manejo, fiscalización e inspección en contacto con residuos peligrosos, industriales y/o urbanos en forma habitual en cumplimiento de las funciones que le fueran asignadas en el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable.Artículo 2.- Asignar funciones en la Municipalidad de Trelew, al agente Carlos MARTINELLI M.I. N 12.223.837
- Clase 1956, quien revista en el cargo Técnico Laboratorista A - Código 3 - 142 - Clase I del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo de la Planta Permanente de la Dirección de Laboratorio Ambiental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive.Artículo 3.- El área de Personal de la Municipalidad de Trelew, deberá remitir en forma mensual un informe acerca del cumplimiento de las normas vigentes en ma-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date20/07/2016

Page count21

Edition count4349

Première édition07/01/2004

Dernière édition05/07/2024

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