Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/7/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Haberes Mínimos de las Prestaciones del Instituto de Seguridad Social y Seguros
Dto. Nº 947/15
Rawson, 03 de Julio de 2015
VISTO:
El Expediente N 2463/14 - I.S.S. y S.-, y el Decreto N 1137/14; y CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal se estableció el monto de los haberes mínimos de las prestaciones previsionales, que en el marco de la Ley XVIII - N 32
otorga el Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia;
Que desde esa última modificación, se han producido variaciones tanto en el costo de vida como en los salarios de los trabajadores del sector público;
Que atendiendo al principio de sustitutividad y razonable proporcionalidad que deben guardar las prestaciones previsionales, resulta necesario que los haberes mínimos previsionales se actualicen en concordancia con los incrementos salariales experimentados por dicho sector;
Que en razón de lo precedente, corresponde adecuar los montos mínimos de las prestaciones previsionales otorgadas y a otorgarse por el Organismo Previsional Provincial, a partir del 1º de julio de 2015;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 90
de la Ley Provincial XVIII - N 32 antes Ley N 3923, le compete al Poder Ejecutivo fijar los importes mínimos y máximos de las prestaciones que establece la normativa previsional;
Que ha tomado intervención legal el Asesor General de Gobierno.
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Fijar los haberes mínimos de las prestaciones otorgadas y a otorgarse por el Instituto de Seguridad Social y Seguros, en los montos y a partir de las fechas que a continuación se detallan:
1º JULIO 2015
Jubilación Régimen General, Policial, Docente, por Tarea Riesgosa, Régimen Aeronáutico y Régimen de Tarea Penosa Determinante de Vejez Prematura $ 6.100.00
Pensiones $ 4.570.00

Viernes 17 de Julio de 2015

Jubilación por Retiro Voluntario Decreto Ley Provincial N 2228
$ 4.570.00
Régimen por Discapacidad $ 5.950.00
Régimen Especial Ex-Combatientes $ 4.900.00
Artículo 2º.- Considéranse comprendidos dentro de los montos que se fijan por el Artículo 1º, los Adicionales Remunerativos que el Instituto de Seguridad Social y Seguros abonara a las distintas prestaciones previsionales.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en el Departamento de Economía y Crédito Público y de Coordinación de Gabinete.Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.Dr. MARTIN BUZZI
JUAN CARLOS GARITANO
Cr. PABLO DANIEL SCOCCA

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 599

11-05-15

Artículo 1º.- MODIFICAR el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F. 10 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Coordinación de Gabinete -Actividad 4 - Administración de Personal, Jurisdicción 5 - Fiscalía de Estado - SAF 5 - Fiscalía de Estado Programa 16 - Defensa de los Intereses Estatales -Actividad 1 - Defensa de los Intereses Estatales y Jurisdicción 20 - Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte - S.A.F. 20 - Inscripción, Registro y Fiscalización de Personas Jurídicas Actividad 1 IGJ - Sede Central.Artículo 2.- MODIFICAR el Plantel Básico de la Dirección General de Administración de Personal eliminándose un 1 cargo 1-011 - Clase I , un 1 cargo 3-004 Clase IV ambos Planta Permanente y un 1 cargo 3-004
- Clase IV Planta Temporaria y en la Inspección General de Justicia un 1 cargo Jefe de División - Planta Permanente e incrementándose dos 2 cargos Jefe Departamento - Categoría 16 y un 1 cargo Jefe División - Categoría 12 - Planta Permanente todos de la Fiscalía de Estado.Artículo 3.- Trasladar, a partir de la fecha del presente Decreto, el Sistema Administrativo Financiero 5 de la órbita del Ministerio de Economía y Crédito Público a la órbita de la Fiscalía de Estado.Artículo 4.- Modifícase, a partir de la fecha del presente Decreto, la estructura Orgánico funcional de la Fiscalía de Estado; aprobada mediante Decreto N 1500/
14, cambiando la denominación de la Dirección de Compras dependiente de la Dirección General Contable y del Departamento Compras dependiente de la citada Dirección, los que pasarán a denominarse: Dirección de Administración, Presupuesto, Compras y Rendicio-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/7/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date17/07/2015

Page count43

Edition count4351

Première édition07/01/2004

Dernière édition10/07/2024

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