Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 24

BOLETIN OFICIAL

tino, nacido el 04 de enero de 1958, titular del Documento Nacional de Identidad numero 11.769.879 y del C.U.I.T.
20-11769879-4, divorciado de sus primeras nupcias de Liliana Gómez, domiciliado en calle Margarita Galeto de Abad número 535 del Kilometro 5 de ésta Ciudad; los Señores Florencio Cayuán y José Francisco Medrano en sus caracteres de únicos socios de la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación de MEV - CAP
S.R.L. EXPRESAN: I CESION DE CUOTAS.- El Señor José Francisco MEDRANO en adelante el Cedente por la presente CEDE Y TRANSFIERE al Señor Luis Norberto VEGA en adelante el Cesionario la totalidad del capital que tiene y le corresponde en la sociedad MEV -CAP S.R.L. y que se compone de cuarenta 40 cuotas partes de capital social de valor nominal Pesos Cien $ 100,00 cada una de ellas.- La presente cesión y transferencia se efectúa por el precio total y convenido de PESOS CUATRO MIL $ 4.000,00.-, que el Cedente declara haberlos recibido antes de este acto de manos del Cesionario en dinero efectivo y a su entera satisfacción, sirviendo la presente de suficiente recibo y carta de pago en forma.- En consecuencia el Cedente transfiere a favor del Cesionario todos los derechos y obligaciones que tiene y le corresponden sobre las cuotas sociales cedidas a los que renuncia sin limitación alguna, colocando al Cesionario en el mismo lugar grado y prelación que en la sociedad tenía y le correspondía por dicha suma, liberándose el Cedente de todas las obligaciones de socio.- El Cedente declara: a no encontrarse inhibido para disponer de sus bienes no habiéndose solicitado el Certificado correspondiente por razones de tiempo y a su expresa solicitud y que las cuotas cedidas no están embargadas ni afectadas por gravámenes; b que no habiendo existido actividad social, no existe pasivo social exigible o no exigible, corriente o no corriente por el cual deba responder al día de la fecha; c que en virtud de la presente cesión queda desvinculado de la sociedad y que no tiene reclamo alguno que formular a la misma por ningún concepto; y, d que asume la obligación de suscribir toda la documentación necesaria para cumplir con los recaudos exigidos por la Inspección General de Justicia y/o autoridad de contralor competente en todos los tramites y actos que fueren necesarios a fin de realizar las registraciones que correspondan para otorgar eficacia ante terceros a esta cesión y a las resoluciones sociales que como consecuencia de la misma pudieran corresponder.- Por su parte el Cesionario declara: a Que tiene pleno conocimiento de la inexistencia de actividades de la sociedad al día de la fecha, por lo que renuncia en forma irrevocable a favor del Cedente a la garantía de evicción por las cuotas objeto de ésta cesión y expresamente toma a su cargo los pasivos que pudieren existir y/o que resulten de la regularización societaria;
y, b Que a fin de cumplimentar las exigencias de la Resolución 225/04 en lo referente a las previsiones del Art. 238 de la Ley 24.522 y a dichos efectos Declara bajo juramento no encontrarse inhabilitado para ejercer el comercio ni impedido por ninguna causa para integrar sociedades comerciales.- En este estado, el Señor Florencio CAYUAN en su carácter de socio funda-

Martes 2 de Junio de 2015

dor deja expresa constancia de su acuerdo con la cesión instrumentada en la presente entre el señor Medrano y el señor Vega, liberando por este acto de toda responsabilidad y sin límites al Señor José Francisco Medrano en todo lo concerniente a su relación con la sociedad y con su socio fundador.- II MODIFICACION
DE CONTRATO SOCIAL.- Cambio de Denominación. Los Socios Florencio CAYUAN y Luis Norberto VEGA en sus caracteres de únicos integrantes de MEV-CAP
S.R.L. DICEN: Que conforme lo han convenido privadamente y en razón de la cesión formalizada precedentemente, en este acto RESUELVEN: MODIFICAR las Clausulas PRIMERA, TERCERA Y CUARTA del CONTRATO SOCIAL las que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: PRIMERA: Denominación y Domicilio. La Sociedad se denomina VE&CAN S.R.L. continuadora de MEV-CAP S.R.L. y tiene domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Departamento Escalante, Provincia del Chubut, sin perjuicio de las sucursales, agencias, filiales y/o representaciones que se podrán establecer en cualquier parte del país o del extranjero, fijándoles o no capital propio.- TERCERA:
Objeto. La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, tomando representaciones y comisiones, en cualquier lugar del país y/o del extranjero, a las siguientes actividades: A INDUSTRIAL: 1 Equipos de Seguridad y protección: Comercialización e intermediación de equipos para la protección de personal de la industria y protección contra incendios; tubos para gases comprimidos a alta presión; carga y servicie de equipos extinguidores de incendios; el asesoramiento en seguridad e higiene industrial, como así también toda actividad anexa, derivada o análoga vinculada con éstas actividades.- 2
Metalúrgica: Fundición de metales ferrosos y no ferrosos; laminación, explotación, industrialización, y elaboración de productos y subproductos metalúrgicos, mecánicos y de electrónica; fabricación de maquinarias, herramientas, motores y repuestos relacionados con la industria metalúrgica.- 3 Industrialización y/
o elaboración de productos y subproductos metalúrgicos; fabricación, montaje, reparación y/o reposición de maquinarias, motores, embarcaciones y toda clase de redados, aparatos y maquinarias de transporte, así como la instalación de astilleros, talleres, diques y toda instalación naval, instrumentos e implementos; instalaciones de establecimientos para la explotación minera, metalúrgica, química, eléctrica y/o equipos dispositivos de o para electricidad o de cualquier otra clase de energía.B CONSTRUCCION: 1 Constructora: mediante la realización de todo tipo de obras, públicas o privadas, civiles o militares, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, construcción de viviendas, puentes, caminos, infraestructuras de hormigón o metálicas, obras viales, mejoras y pavimentación de calles y rutas; la construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura; asimismo corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de mandatos.- 2 Fabricación y explotación de estructuras metálicas, tanques, vigas, puentes,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/6/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date02/06/2015

Page count30

Edition count4371

Première édition07/01/2004

Dernière édition07/08/2024

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