Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2015

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 8

BOLETIN OFICIAL

Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N
413/07.

Res. N 1745

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES con 91/100
$9.263,91, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley Provincial XVIII N32, otorgado al Sr. Oscar Emilio SIMOS, D.N.I. N 7.821.286, mediante la Resolución N 737/10.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS CINCO con 41/100
$22.305,41, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de abril de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N737/10.-

Res. N 1746

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos DOCE
MIL TRES con 76/100 $ 12.003,76, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley Provincial XVIII N32, otorgado a la Sra. Gloria Ada SANTIBAÑEZ, D.N.I.
N6.701.208, mediante la Resolución N95/13.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos QUINCE MIL CIENTO SESENTA Y DOS con 40/100
$15.162,40, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de abril de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N95/13.-

Res. N 1747

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos VEINTE MIL QUINIENTOS SEIS con 73/100 $20.506,73, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley
Lunes 16 de Marzo de 2015

Provincial XVIII N 32, otorgado a la Sra. María Flor POLA, D.N.I. N 11.372.191, mediante la Resolución N700/12.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS
con 79/100 $35.966,79, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de mayo de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301113.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N 700/12.-

Res. N 1748

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS con 35/100 $866,35, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Docente Ley provincial N3923, otorgado a la Sra. Marta Mabel MACRI, L.C. N 6.438.608, mediante la Resolución N362/05.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO con 18/
100 $4.958,18, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de mayo de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N362/05.

Res. N 1749

10-12-14

Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos DOS
MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE con 26/100
$2.887,26, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Docente Ley provincial N3923, otorgado a la Sra. Isabel Laura MOSQUEIRA, D.N.I. N 10.473.8511, mediante la Resolución N 108/06 .
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos CATORCE MIL CUARENTA Y CUATRO con 57/100
$14.044,57, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de diciembre de 2013, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date16/03/2015

Page count56

Edition count4371

Première édition07/01/2004

Dernière édition07/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031