Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/1/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Martes 20 de Enero de 2015

Artículo 2.- Otorgar eficacia retroactiva al acto, conforme lo previsto en el Artículo 32 - punto 3º de la Ley I N 18.ANEXO N I

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 1794

18-12-14

Artículo 1.- Transfórmase, a partir de la fecha del presente Decreto, los cargos encuadrados en la Ley I
N 74 al Convenio Colectivo de Trabajo N 13/14 para los Trabajadores del ministerio de Economía y Crédito Público de la Provincia del Chubut, de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 33 - Programa 7:
Conducción y Ejecución de la U.E.P. - Actividad 1: Conducción y Ejecución de la U.E.P.Artículo 2º.- Transfórmase, a partir de la fecha del presente Decreto, el Plantel Básico del Ministerio de Economía y Crédito Público - los cargos encuadrados en la Ley I N 74 - en la Unidad Ejecutora Provincial eliminándose: dos 2 cargos Nivel I - Agrupamiento Personal Profesional, un 1 cargo Nivel I y un 1 cargo Nivel IV, ambos del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, todos de Planta Temporaria y creándose un 1 cargo Clase XIII Personal Superior/Jerárquico, un 1 cargo Clase XII - Personal Profesional/Universitario y dos 2 cargos Clase V del Personal Administrativo en la citada Unidad Ejecutora, en Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo N 13/14.Artículo 3.- Incorpórase a partir de la fecha del presente Decreto, al señor BARTOLOMÉ, Ricardo M.I.
N 21.353.993 - Clase 1970 y a la señora CRESPO, Analía Isabel M.I. N 32.471.259 - Clase 1986 en los cargos Clase V - Personal Administrativo, a la profesional VOWE, María Ofelia M.I. N 27.257.875 - Clase 1979 cargo Clase XII - Personal Profesional/Universitario y a la Profesional SENDIN, María Cecilia M.I. N
28.870.360 - Clase 1981 cargo Jefe de Área Asuntos Legales - Clase XIII - Personal Superior/Jerárquico, todos los cargos de Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo N 13/14, en virtud a lo dispuesto en el Capítulo V - Artículo 6º del citado Convenio.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presenté Decreto, se imputará a la Jurisdicción 30:
Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF 33 Programa 7: Conducción y Ejecución de la U.E.P. - Actividad 1: Conducción y Ejecución de la U.E.P.-

Dto. Nº 1872

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y CRÉDITO
PÚBLICO
UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS
MISIÓN:
Supervisión y seguimiento de las etapas de selección, evaluación y ejecución de los proyectos que se llevan a cabo mediante la Unidad Ejecutora Provincial.
FUNCIONES:
a Conducir las actividades tendientes a confeccionar y evaluar los documentos correspondientes a la supervisión y seguimiento de los proyectos en sus distintas etapas.b Aplicar las normativas correspondientes a los proyectos según el Programa en el que se encuadran.c Coordinar y supervisar las actividades realizadas por las Direcciones de Proyectos de Fortalecimiento Institucional y de Proyectos de Inversión y de Planes operativos anuales.d Asistir a la Coordinación Ejecutiva en el área de su incumbencia como así también a los municipios y organismos provinciales durante las distintas etapas de los proyectos, en la confección de los Planes Operativos Anuales; y a los auditores de los Programas o de los Organismos facilitándoles la información correspondiente a su área de incumbencia. e Preparar y participar en la confección de Convenios a celebrarse entre la provincia y los municipios y/o entre la provincia y la Nación.e Proponer las normas que sean necesarias implementar para perfeccionar la tramitación de proyectos.f Monitorear la ejecución de los programas y sus respectivos proyectos, elaborando los informes que correspondan a efectos de ser elevados a la Coordinación Ejecutiva, informando el impacto de los mismos.REQUISITOS PARA CUBRIR EL CARGO:
Poseer Título Secundario y/o Terciario e idoneidad para cubrir el cargo.-

23-12-14

Artículo 1.- Modifícase a partir del 01 de noviembre de 2014, el Requisito para ocupar el cargo de Director General de Proyectos dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público, establecido por el Anexo III del Decreto N 125/14; el que quedará redactado de acuerdo al Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.-

Dto. Nº 1885

23-12-14

Artículo 1.- SUSPÉNDASE los efectos del Decreto N 1548/14.Artículo 2.- INSTRÚYASE a la Fiscalía de Estado a consignar judicialmente los aportes correspondientes al artículo 17 del Estatuto Provincial de Trabajadores del Estado.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/1/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date20/01/2015

Page count11

Edition count4368

Première édition07/01/2004

Dernière édition02/08/2024

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