Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/5/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 27 de Mayo de 2014

BOLETIN OFICIAL

ANEXO III
SECRETARIA DE TURISMO Y ÁREAS
PROTEGIDAS
Asiste al Gobernador en materia de planificación, desarrollo, promoción del turismo responsable y conservación de las Áreas Protegidas.
FUNCIONES:
a Formular, impulsar, ejecutar y controlar programas de desarrollo turístico responsable y la reglamentación del sector. Controlar la calidad de los servicios y la gestión, económica, y administrativa de las Áreas Naturales Protegidas, siendo autoridad de aplicación de la Ley XI Nº 18.
b Intervenir en la preservación y el manejo sustentable de los ámbitos naturales o culturales, que tengan por finalidad prioritaria, la potenciación de la oferta turística provincial, en coordinación con las áreas de gobierno competentes, y en colaboración con el sector público nacional y municipal, la sociedad civil y el sector privado.
c Intervenir en la elaboración de planes y programas para la promoción de inversiones en la actividad turística, en coordinación intermunicipal, interprovincial, regional, nacional e internacional.
d Entender en la promoción de sistemas de calidad y de una política de asistencia crediticia, que acompañe en tiempo y forma las particularidades del sector y de sus Áreas Protegidas.
e Intervenir en el manejo de Áreas Protegidas en general, Áreas Protegidas Naturales y Culturales Turísticas y Áreas Marinas Protegidas, en coordinación con la Secretaría de Cultura, Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, Secretaria de Pesca y otras instituciones provinciales o nacionales según correspondiere de acuerdo al objeto de conservación.
f Fiscalizar y auditar los emprendimientos, servicios y actividades turísticas qué requieran habilitación provincial o sean concesionados por la Provincia.
g Realizar y/o administrar por sí o por concesionarios, la infraestructura, equipamiento y servicios turísticos con propósito de fomento en concurrencia o reemplazo de la iniciativa privada.
h Percibir el cobro de los derechos de acceso a las Áreas Protegidas, cánones y otros ingresos cuya percepción no haya sido delegada, así como a lugares de desarrollo turísticos provinciales.
i Percibir las tarifas por permisos de filmaciones, fotografías, actividades autorizadas por Convenios de usos Permitidos, Custodio Rural y de otra índole dentro de las Áreas Protegidas y lugares de desarrollo turísticos provinciales.
j Crear e implementar un Sistema Provincial de Información Turística que incluya un inventario turístico actualizado y un Sistema Estadístico Provincial, en coordinación con Municipios y sector privado.
k Crear corredores, circuitos, actividades y productos turísticos y acordar su implementación con
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los municipios correspondientes, la sociedad civil y el sector privado.
I Convenir, con los organismos competentes, la conservación, recuperación o puesta en valor de monumentos, lugares históricos, folklore, flora, fauna, recursos marinos, recurso paleontológico y arqueológico y cualquier otro recurso o atractivo de valor turístico.
m Proponer la declaración de Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario, Áreas Protegidas y Áreas Marinas Protegidas.
n Promover, coordinar, asistir e informar a instituciones educativas en todos los niveles de la enseñanza pública o privada, formal y no formal para la formación capacitación y entrenamiento de profesionales, de personal idóneo y operativo en las actividades relacionadas con el turismo, la conservación y la hospitalidad.
o Orientar y promover la investigación científica y técnica para generar conocimiento para el manejo efectivo de las Áreas Protegidas, la conservación de los recursos vinculados a la actividad turística, los aspectos intrínsecos de un turismo responsable y la accesibilidad.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional Universitario preferentemente en disciplinas vinculadas al Turismo y/o Gestión, Administración o Ciencias Naturales, con amplia experiencia en Turismo y conservación de Áreas Protegidas.
SECRETARIA DE TURISMO Y ÁREAS
PROTEGIDAS
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
MISIÓN:
- Delinear, coordinar y llevar adelante la ejecución de políticas públicas, tendientes al fomento de la actividad turística en la provincia del Chubut.
FUNCIONES:
a Controlar y fiscalizar la calidad de los servicios turísticos.
b Promover y difundir los atractivos turísticos de la Provincia del Chubut en el mercado nacional e internacional, desarrollando nuevos mercados y nuevos atractivos.
c Proponer las políticas provinciales de la actividad turística con el fin de planificar, programar, promover, capacitar, preservar, proteger, generar inversión y fomentar el desarrollo Turístico Provincial.
d Atender todos los asuntos que le sean delegados o encomendados por el titular del área.
e Reglamentar las actividades, productos turísticos y los servicios públicos y privados vinculados al turismo.
f Controlar el cumplimiento de las normas y reglamentaciones de la actividad turística actualmente vigentes y promover su actualización en caso que se considere necesario.
g Promover la realización de espectáculos, con-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/5/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date27/05/2014

Page count46

Edition count4353

Première édition07/01/2004

Dernière édition12/07/2024

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